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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 28 de noviembre de 2010 429976 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan viaje de funcionarios para participar en el 48° período ordinario de sesiones de la CICAD que se llevará a cabo en los EE.UU. RESOLUCIÓN SBS Nº 15517-2010 Lima, 25 de noviembre de 2010 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La convocatoria cursada por la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) de la Organización de los Estados Americanos a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) con el fi n de atender al cuadragésimo octavo período ordinario de sesiones de la CICAD, la misma que se llevará a cabo entre el 6 y 8 de diciembre de 2010, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América; CONSIDERANDO: Que, el Centro Regional de Capacitación para el Control del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo es una iniciativa conjunta de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas de la Organización de los Estados Americanos (CICAD/OEA) y la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, cuyo objetivo central es fortalecer los sistemas nacionales de prevención y represión del lavado de activos en la región a través de la capacitación especializada y de alto impacto dirigida a todos los agentes de la cadena de valor involucrados en la lucha contra estos fenómenos delictivos; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones ha venido coordinando con la CICAD los términos de un Memorándum de Entendimiento para la creación de dicho centro de capacitación a fi n de brindar una alternativa de formación académica y de intercambio de experiencias para los agentes del sistema fi nanciero así como a los agentes reguladores del mismo; Que, fi nalizadas las coordinaciones señaladas y en el marco del cuadragésimo octavo período ordinario de sesiones de la CICAD, la Superintendencia ha sido invitada a presentar el programa de actividades relacionadas con el Centro Regional de Capacitación para el Control de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y a suscribir el Memorándum de Entendimiento que le da origen; Que, atendiendo la convocatoria cursada y por ser de interés para la Institución, se ha considerado conveniente designar a la Señorita Blanca Carmela Burmester Cortijo, Asesor de Alta Dirección y al Señor Jorge Yumi Taba, Gerente de Asuntos Internacionales y Capacitación de la SBS, para que en representación de esta Superintendencia, participen en el citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-13, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2010, estableciéndose en el Numeral 4.2.1., que se autorizarán los viajes al exterior para participar en eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros, o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus funcionarios, así como para el ejercicio de sus funciones o eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para participar en las indicadas reuniones, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos, así como Tarifa CORPAC, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2010; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2010, Nº SBS- DIR-ADM-085-13; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de Blanca Carmela Burmester Cortijo, Asesor de Alta Dirección y Jorge Yumi Taba, Gerente de Asuntos Internacionales y Capacitación de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones del 5 al 9 de diciembre de 2010 a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2010, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 2 752,88 Viáticos US$ 1 760,00 Tarifa CORPAC US$ 62,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 571520-1 Sustituyen artículos 6º y 7º del Reglamento para la Administración del Riesgo Cambiario RESOLUCIÓN SBS Nº 15536-2010 Lima, 26 de noviembre de 2010 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, el artículo 178° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus leyes modifi catorias, en adelante Ley General, establece que las empresas del sistema fi nanciero deben establecer un adecuado proceso de administración de activos y pasivos; Que, mediante Resolución SBS Nº 1455-2003 del 16 de octubre de 2003 y sus normas modifi catorias, se aprobó el Reglamento para la Administración del Riesgo Cambiario;