Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2010 (30/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, martes 30 de noviembre de 2010

NORMAS LEGALES

430069

La renovacion debera solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado articulo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 11º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, el titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al canon anual, caso contrario, la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 12º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Articulo 13°.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 571569-1 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 871-2010-MTC/03 MORDAZA, 5 de noviembre de 2010 VISTO, el Expediente Nº 2010-001123 presentado por la senora MORDAZA CESARINA MORDAZA MORDAZA, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en el distrito de Hualhuas, provincia de Huancayo, departamento de Junin; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14° de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Television indica que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicho articulo se detallan; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 412-2005MTC/03 y ratificada con Resolucion Viceministerial Nº 7462008-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de OM para diversas localidades del departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de Huancayo ­ Jauja ­ MORDAZA ­ Chupaca, la misma que incluye al distrito de Hualhuas, provincia de Huancayo, departamento de Junin; Que, con Informe Nº 4037-2010-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones senala que se considera viable otorgar la autorizacion solicitada por la senora MORDAZA CESARINA MORDAZA

MORDAZA para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Onda Media (OM) en el distrito de Hualhuas, provincia de Huancayo, departamento de Junin; De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y modificado por Resoluciones Ministeriales Nº 644-2007-MTC/01 y Nº 846-2009-MTC/01, el Decreto Supremo N° 0382003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 0382006-MTC, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda OM para la localidad de Huancayo ­ Jauja ­ MORDAZA ­ Chupaca, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 412-2005-MTC/03 y ratificado con Resolucion Viceministerial Nº 7462008-MTC/03, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a la senora MORDAZA CESARINA MORDAZA MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Huancayo ­ Jauja ­ MORDAZA ­ Chupaca, departamento de Junin; de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion: Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad Caracteristicas Tecnicas: Indicativo : OCU-4Z Emision : 10K0A3EGN Potencia Nominal del Transmisor : 2.5 Kw. Clasificacion de Estacion :C Ubicacion de la Estacion: Estudio Coordenadas Geograficas Planta Transmisora : Jr. MORDAZA Nº 297, distrito y provincia de Huancayo, departamento de Junin. : Longitud Oeste : 75º 12' 32'' Latitud Sur : 12º 03' 34'' : MORDAZA Hualhuas; distrito de Hualhuas, provincia de Huancayo, departamento de Junin. : Longitud Oeste : 75º 15' 23'' Latitud Sur : 11º 58' 51'' : El area comprendida dentro del contorno de 62 dB V/m. : RADIODIFUSION EN OM : 1560 KHz. : COMERCIAL SONORA

Coordenadas Geograficas MORDAZA de Servicio

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. De acuerdo con lo establecido en el articulo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, para el caso de los enlaces auxiliares se requiere de autorizacion previa otorgada por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. El plazo de la autorizacion y permiso concedidos se computara a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion, la cual, ademas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2°.- En caso alguna infraestructura, utilizada para el despegue y aterrizaje de aeronaves, sea instalada con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente autorizacion y la estacion radiodifusora se encuentre dentro de las Superficies Limitadoras de Obstaculos o su operacion genere interferencias a los sistemas de radionavegacion, la titular debera obtener el permiso respectivo de la Direccion General de Aeronautica Civil o reubicar la estacion, asi como

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