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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2010 (08/10/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de octubre de 2010 427248 REGIONAL – 2010 que consta de (648) procedimientos, y, como Anexos: ((a)) El listado de procedimientos, y, ((b)) El Formato TUPA que contiene compendiado los procedimientos. Artículo 2º.- Vigencia La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 3º.- Publicación Ofi cial y Electrónica DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, y el Diario de Avisos Judiciales “La República”; asimismo, SE ENCARGA a la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el Diario Ofi cial, inmediatamente, publique electrónicamente en la Página Web tanto el texto íntegro de la presente Ordenanza Regional, como sus Anexos de conformidad con lo regulado en el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Artículo 4º.- Difusión ENCARGAR a la Ofi cina Regional de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional, ejecute las acciones y/o medidas pertinentes a los efectos de cumplir con la difusión del TUPA aprobado en el Portal de “Servicios al Ciudadano y Empresa - PSCE”, y también, remitir electrónicamente el mismo al correo electrónico tupasgp@pcm.gob.pe, todo esto de conformidad con lo regulado en el artículo 19 y último párrafo del numeral 2) de la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los treinta días del mes de setiembre de 2010. CARMEN YAÑEZ FERNANDEZ Presidenta del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los cuatro días del mes de octubre del dos mil diez. ARON ABEL MALDONADO MONTOYA Presidente (e) del Gobierno Regional Arequipa 552505-1 GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Cajamarca ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2010-GRCAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL CAJAMARCA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: - Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Estado de 1993, modifi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, Título IV sobre Descentralización - Ley N° 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su artículo 192° inciso 1) dispone que los gobiernos regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; - Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 modifi cada por la Ley N° 27902, establece en su artículo 38° que las Ordenanzas Regionales norman la organización del Gobierno Regional; - Que, el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Cajamarca fue aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 238-2005-GR.CAJ/P; - Que, según el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, es un documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos, el mismo que contiene funciones generales de la entidad y las funciones específi cas de los órganos y unidades orgánicas, y a la vez establece sus relaciones y responsabilidades; - Que, mediante Resolución Ministerial N° 334-2008- MTC/01, de fecha 18 de abril de 2008, publicada el 01.05.08, el Ministerio de Trasportes y Comunicaciones declara la conclusión de proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Comunicaciones al Gobierno Regional Cajamarca; dando cumplimiento al artículo 57° de la Ley 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el marco del proceso de descentralización contenida en la Directiva N° 001-2007-PCM/SD: “Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 a los Gobiernos Regionales y Locales de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia”; - Que, es necesario incorporar las funciones en materia de telecomunicaciones en el Reglamento de Organización y Funciones ROF de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, en concordancia del literal c) del artículo 28° del Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones — ROF por parte de las entidades de la Administración Pública; - Que, la Gerencia General Regional, ha emitido el informe previo favorable sobre la base del respectivo informe técnico y legal, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 33° del Decreto Supremo aludido en el párrafo precedente; - Que, mediante Dictamen N° 001-2010-GR.CAJ- CR/COAJ-COI, de fecha 31 de agosto del año 2010, evacuado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Jurídicos e Infraestructura, se emite opinión favorable para la aprobación del Proyecto de Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Cajamarca, por los argumentos expuestos en el mismo y en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca en su Sesión Ordinaria de fecha 03 de setiembre del año 2010; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nºs 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 004-2008-GRCAJ-CR, con el voto unánime el Pleno aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Cajamarca, el mismo que consta de seis (06) títulos, once (11) capítulos, treinta y cinco (35) artículos, tres (03) disposiciones complementarias y transitorias y el organigrama estructural correspondiente. Documento que debidamente visado, en veintitrés (23) folios forma parte de la presente ordenanza regional. Segundo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno regional Cajamarca implemente las acciones necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional. Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Cuarto.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca la publicación del ROF en el portal