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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2010 (08/10/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de octubre de 2010 427234 para lo cual, programa, contrata, almacena y distribuye los bienes y servicios de esta institución. Asimismo, se encarga de la contratación de obras. Está a cargo de un Jefe de Unidad y cumple las siguientes funciones: a) Consolidar y coordinar los requerimientos de las áreas usuarias. b) Formular, ejecutar, evaluar, controlar y proponer modifi caciones al Plan Anual de Contrataciones de la institución previa coordinación con los órganos del Ministerio, en aplicación de los principios de la norma de Contratación Estatal. c) Ejecutar y controlar la programación y contratación de bienes y servicios en términos de calidad, cantidad y oportunidad, empleando los criterios de razonabilidad, efi ciencia, sostenibilidad ambiental y austeridad de acuerdo al presupuesto aprobado. d) Coordinar la formulación del Calendario de Compromisos, conforme a la programación de bienes, servicios y obras. e) Ejecutar y supervisar los procesos técnicos de recepción, almacenamiento y distribución de bienes, manteniendo los registros respectivos. f) Coordinar, supervisar y controlar todos los servicios que sean brindados a la institución. g) Establecer procesos permanentes para la mejora, modernización y economía de los servicios del Ministerio. h) Proponer y actualizar los manuales, directivas y normas administrativas, entre otros, que se requieran para el mejor desempeño de sus funciones. i) Coordinar con las áreas usuarias y proponer la designación de los miembros de los Comités Especiales. j) Coordinar con los Comités Especiales Permanentes y Comités Especiales Ad Hoc los procesos de selección a llevarse a cabo, así como ejecutar las acciones derivadas de sus decisiones. k) Otras que le correspondan de acuerdo a ley o le encargue el Director General de la Ofi cina General de Administración.” Artículo 2º.- Incorporar el numeral 5.5 en el artículo 5º de la estructura orgánica y regulación de los órganos de menor nivel jerárquico que se encuentran en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobada por Resolución Ministerial Nº 175- 2003-VIVIENDA, en los siguientes términos: “5.5. UNIDAD DE CONTROL PATRIMONIAL La Unidad de Control Patrimonial es el órgano encargado de la planifi cación, coordinación y ejecución de las acciones referidas al registro, administración, supervisión y disposición de los bienes de propiedad de la entidad y de los que se encuentren bajo su administración, manteniendo relaciones funcionales con la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales. Está a cargo de un Jefe de Unidad y cumple las siguientes funciones: a) Cautelar el patrimonio de la institución disponiendo las medidas pertinentes. b) Recibir, codifi car, registrar, distribuir, custodiar, controlar y supervisar el uso adecuado de los bienes del activo fi jo del Ministerio. c) Controlar el cumplimiento de las normas que regulan el uso de los bienes patrimoniales. d) Realizar y mantener actualizados los inventarios físicos de activos fi jos, bienes culturales y bienes por distribuir. e) Mantener actualizada la valuación y depreciación de los activos fi jos, en coordinación con la Unidad de Contabilidad. f) Procesar, controlar y mantener actualizadas las pólizas de seguros para los bienes muebles e inmuebles. g) Cumplir con remitir oportunamente la información requerida por los órganos del Ministerio y las entidades del Estado, en materia de su competencia. h) Mantenerse actualizada, en el ámbito de su competencia, respecto de la normatividad vigente y proponer a la Ofi cina General de Administración la emisión de documentos y directivas internas concordantes con las normas vigentes. i) Realizar y registrar el saneamiento de los bienes faltantes y sobrantes y de los muebles e inmuebles que lo requieran. j) Tramitar las altas, bajas, exclusiones, actos de disposición y de administración de los bienes patrimoniales de la institución. k) Registrar en el software Sistema Administrativo de Vivienda (SAV) los movimientos de ingresos y salidas de los bienes patrimoniales. l) Controlar los bienes del Ministerio cedidos en uso a otras entidades y de otras entidades al Ministerio. m) Otras que le correspondan de acuerdo a ley o le encargue el Director General de la Ofi cina General de Administración.” Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN SARMIENTO SOTO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 553244-1 Designan representante del Ministerio ante la Comisión de Adjudicación de Tierras del Proyecto Especial Pasto Grande RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 161-2010-VIVIENDA Lima, 7 de octubre de 2010 Visto, el Ofi cio Nº 423-2010-COFOPRI-SG/DE del Director Ejecutivo del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 8º del Reglamento para la venta de terrenos en el ámbito de los Proyectos Especiales Hidroenergéticos y/o de Irrigación - Leyes Nºs. 27887 y 28042, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004- VIVIENDA, establece que dentro de cada Proyecto Especial se constituirá una Comisión de Adjudicación, encargada de procesar las adjudicaciones, conforme a las funciones que se establecen en el mencionado Reglamento, la que estará integrada por un representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, entre otros; Que, en tal sentido, resulta necesario designar al representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante la Comisión de Adjudicación referida precedentemente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, y el Decreto Supremo Nº 002-2004-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Jefe de la Ofi cina Zonal de COFOPRI – Moquegua, como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante la Comisión de Adjudicación de Tierras del Proyecto Especial Pasto Grande, encargada de procesar las adjudicaciones, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 002-2004-VIVIENDA. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN SARMIENTO SOTO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 553244-2 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL Determinan que el documento “Marco Nacional de Prioridades para la Asistencia Técnica de la FAO al Perú 2010 - 2013” sea de observancia obligatoria para entidades públicas que integran el Sistema Nacional Descentralizado de Cooperación Internacional No Reembolsable RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA N° 087-2010/APCI-DE Mirafl ores, 5 de octubre de 2010