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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de octubre de 2010 427247 Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, por la Resolución SBS N° 775-2008 y en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Scotiabank Perú S.A.A. la apertura de una agencia con la siguiente ubicación: • Manzana C3, Lote 18, urbanización Ex Zona Comercial e Industrial de Ventanilla, distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBEN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 552501-1 RESOLUCIÓN SBS N° 11881-2010 Lima, 29 de setiembre de 2010 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Scotiabank Perú S.A.A. para que esta Superintendencia autorice la apertura de una agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca la apertura de la agencia en mención; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, por la Resolución SBS N° 775-2008 y en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Scotiabank Perú S.A.A. la apertura de una agencia con la siguiente ubicación: • Avenida Antúnez de Mayolo N° 1243-1245, Manzana P, Lote 37, urbanización Covida, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBEN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 552502-1 Autorizan al Banco de la Nación la apertura de oficina especial en el distrito de Independencia, provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 11886-2010 Lima, 29 de setiembre de 2010 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de la Nación para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (1) Ofi cina Especial, según se indica en la parte resolutiva; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B” mediante el Informe Nº 176-2010- DSB “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de la Nación la apertura de una Ofi cina Especial ubicada en la Av. Alfredo Mendiola Nº 1400, distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 552598-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional de Arequipa 2010 ORDENANZA REGIONAL Nº 118-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, por el principio de “legalidad del procedimiento” regulado en el artículo 36 de la Ley Nº 27444 / Ley de Procedimiento Administrativo General, los procedimientos, requisitos y costos de los procesos administrativos del Gobierno Regional, se establecen y aprueban por medio de Ordenanza. Que, estos procedimientos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA). Que, en cada trámite, sólo corresponde exigir los requisitos que sean necesarios, aporten valor y/o suministren información indispensable al objetivo del trámite, esto, en aplicación de lo regulado en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM. Que, en atención a la sustentación jurídica y técnica señalada en el Informe Nº 149-2010-GRA/GGR, el Informe Nº 345-2010- GRA/ORAJ, el Informe Nº 067-2010-GRA/OPDI, el Informe Nro 319-2010-GRA/ORAJ, el Informe Nº 278-2010-GRA/ ORAJ, y, el Informe Nº 144-2010-GRA/OPDI, y, dado que en la elaboración del TUPA, las instancias administrativas del Ejecutivo Regional han cumplido con las disposiciones reguladas en la Ley Nº 27444, la Ley Nº 29060, el Decreto Supremo Nº 079- 2007-PCM, y, el Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM; entonces, por estas consideraciones, al amparo de lo regulado en la Ley Nº 27783 / Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Nº 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y, en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 055-AREQUIPA; SE ORDENA: Artículo 1º.- Disposición Aprobatoria APROBAR el Texto Unico de Procedimiento Administrativos del Gobierno Regional de Arequipa, TUPA