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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de octubre de 2010 427232 el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, entre otros, habiéndose previsto que las excepciones adicionales a lo dispuesto en el citado numeral serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, mediante OF. RE (IIR) Nº 2-15-B/648, el Director Nacional para Asuntos de IIRSA del Ministerio de Relaciones Exteriores comunica a la Autoridad Portuaria Nacional, que la segunda etapa de la Misión Técnica sobre Navegación Fluvial Perú Brasil, se llevará a cabo en Brasil, del 13 al 21 de octubre de 2010; Que, la participación del señor Elar Julio Salvador Granda, en dicha Misión Técnica, permitirá que se analice y evalúe el desarrollo fl uvial en la Amazonía brasilera, lo que conllevará a la celebración del Acuerdo de Cooperación en materia de Transporte Fluvial en los ríos que conforman la cuenca Amazónica entre Perú y Brasil; Que, mediante Acuerdo Nº 871-193-10/08/2010/D de fecha 10 de agosto de 2010, modifi cado por Acuerdo Nº 883- 195-24/08/2010/D del 24 de agosto de 2010, el Presidente del Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional, autorizó el viaje del señor Elar Julio Salvador Granda, profesional de la Dirección de Planeamiento y Estudios Económicos de la Autoridad Portuaria Nacional, con la fi nalidad que asista al Programa de Trabajo de la Misión Técnica de Transporte Fluvial Perú – Brasil, que se llevará a cabo del 13 al 21 de octubre de 2010; Que, la Dirección de Planeamiento y Estudios Económicos, con fecha 16 de agosto de 2010 y 15 de setiembre de 2010, emitió las Certifi caciones de Crédito Presupuestario Nºs. 300- 2010 y 351-2010, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 77 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley Nº 29465, Ley Nº 28411, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y a lo informado por la Autoridad Portuaria Nacional – APN, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Elar Julio Salvador Granda, profesional de la Dirección de Planeamiento y Estudios Económicos de la Autoridad Portuaria Nacional, a las ciudades de Brasilia, Manaus, Tabatinga, Santarém y Puerto Velho, República Federativa del Brasil, del 12 al 22 de octubre de 2010, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal de la Autoridad Portuaria Nacional - APN, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo US$ 3,190.84 Viáticos US$ 2,000.00 Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto US$ 31.00 Artículo 3º.- Dentro de los siete (07) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el profesional mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución Suprema, deberá presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el mencionado profesional deberá presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 553472-13 Autorizan a empresa Systech Peruana S.R.L., como Centro de Inspección Técnica Vehicular en el distrito de Subtanjalla, provincia y departamento de Ica RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 2725-2010-MTC/15 Lima, 28 de septiembre de 2010 VISTOS: Los expedientes con registros Nºs. 2010-0014192 y 2010-0014860 presentados por la empresa SYSTECH PERUANA S.R.L., a través del cual solicita autorización como Centro de Inspección Técnico Vehicular para operar tres (03) líneas: (02) tipo livianos y uno (01) tipo pesado, en el local ubicado en la Carretera Panamericana Sur Km. 297.2- distrito de Subtanjalla, provincia y departamento de Ica, y poder verifi car las condiciones, requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos livianos y pesados de acuerdo a la normatividad vigente; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modifi catorias, se aprobó el Reglamento Nacional de Vehículos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC/15 y sus modifi catorias se aprobó el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, cuya fi nalidad constituye certifi car el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehículos que circulan por las vías públicas terrestres a nivel nacional; así como, verifi car que éstos cumplan con las condiciones y requisitos técnicos establecidos en la normativa nacional, con el propósito de garantizar la seguridad del transporte y el tránsito terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, con el Informe Nº 1054-2010-MTC/15.03, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, concluye que la empresa SYSTECH PERUANA S.R.L., ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Artículo 37º, de El Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; siendo de aplicación, además, los principios de informalismo, de presunción de veracidad y de privilegio de los controles posteriores contenidos en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444; De conformidad con la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modifi catorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar por el plazo de cinco (05) años a la empresa SYSTECH PERUANA S.R.L., como Centro de Inspección Técnica Vehicular para operar tres (03) líneas de inspección: dos (02) tipo Liviano y uno (01) tipo Pesado, en la Carretera Panamericana Sur Km. 297.2- distrito de Subtanjalla, provincia y departamento de Ica. Artículo Segundo.- La empresa autorizada deberá obtener, dentro del plazo máximo de ciento veinte (120) días calendario a contarse a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral la “Conformidad de Inicio de Operaciones” expedido por esta Dirección General, la misma que será emitida luego de recepcionar los siguientes documentos: Certifi cado de Homologación de Equipos, Certifi cado de Inspección Inicial y la Constancia de Calibración de equipos emitidos todos ellos por una Entidad Supervisora autorizada o alguna empresa inspectora legalmente establecida en el país y cuya casa matriz esté asociada a la Internacional Federation Of Inspection Agencies-IFIA. Artículo Tercero.- Es responsabilidad de la empresa SYSTECH PERUANA S.R.L., renovar oportunamente