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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de octubre de 2010 427611 / Jardín, ubicado en la Manzana F, Lote 17, Sector Santa Bárbara del Asentamiento Humano Pueblos Unidos, Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima, y Asignarle el uso de Vivienda, en concordancia con la califi cación Residencial de Densidad Media – RDM, vigente y aprobada por Ordenanza Nº 1081-MML del 07 de octubre del 2007, que aprobó el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los Usos del Suelo del Distrito de San Juan de Lurigancho. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, 7 de octubre de 2010 MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía 554978-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Modifican procedimiento del TUPA denominado “Licencia Municipal de Establecimiento Comercial, Industrial y/o de Servicios, Definitivos, Temporales y Cesionarios” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 014-2010/MLV La Victoria, 11 de octubre del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA VISTOS: el Ofi cio Nº 0771-2010/INDECOPI-CEB de fecha 2 de septiembre del 2010; los Informes Nº 292- 2010-SGC-GDE/MLV del 13 de julio del 2010, Nº 372- 2010-SGC-GDE/MDLV y Nº 376-2010-SGC-GDE/MDLV del 14 y 15 de septiembre del 2010, respectivamente, emitidos por la Subgerencia de Comercialización; el Memorandum Nº 1129-2010-GPP/MLV del 15 de septiembre del 2010 de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 388-2010-SGC-GDE/ MDLV del 22 de septiembre del 2010 de la Subgerencia de Comercialización; los Memorandums Nº 420-10-GDE/ MDLV y Nº 405-2010-GDE/MDLV del 28 y 14 de septiembre del 2010, respectivamente, ambos de la Gerencia de Desarrollo Económico; el Informe Nº 270-2010-GAJ/MDLV del 5 de octubre del 2010 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28976 – Ley Marco de Licencia de Funcionamiento – publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 5 de febrero del 2007 se establece entre otros aspectos, el procedimiento, los requisitos y las facultades de las municipalidades distritales y provinciales para el otorgamiento de licencias de funcionamiento; concediendo un plazo de ciento ochenta (180) días para que las municipalidades adecuen su Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA – a las disposiciones contenidas en la citada norma; Que, en virtud de ello mediante Ordenanza Nº 029- 2007/MDLV publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 22 de diciembre del 2007 la Municipalidad de La Victoria aprobó el Reglamento para Otorgamiento de Licencias de Funcionamiento, acogiendo las disposiciones establecidas en la Ley Nº 28976 y disponiendo la modifi cación del TUPA de la entidad, el mismo que fue ratifi cado por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 335, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 27 de septiembre del 2009; Que, en mérito a lo expuesto y de la revisión del procedimiento Nº 5.01 del TUPA de la entidad se ha determinado que a fi n de cumplir estrictamente con la Ley Nº 28976 resulta pertinente suprimir diversos requisitos para la obtención de Licencia de Funcionamiento en el distrito, tal como autorizaciones sectoriales y/o Certifi cados de Inspección Técnica de Seguridad tanto de Detalle como Multidisciplinaria emitidos por INDECI – Instituto Nacional de Defensa Civil – toda vez que existen normas legales específi cas que regulan y obligan a los administrados a contar con estos requisitos antes de obtener su Licencia de Funcionamiento; Que, de acuerdo a lo indicado se debe tomar en cuenta que el artículo 38º numeral 5 de la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General – establece que toda modifi cación del TUPA que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos se debe aprobar, para este nivel de gobierno (gobiernos locales), mediante Decreto de Alcaldía; Estando a los fundamentos expuesto y las normas legales glosadas, de conformidad a los Ofi cios e Informes de vistos, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 20º numeral 6) y el artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades –; DECRETA: Artículo Primero.- Modifi car el procedimiento Nº 5.01 del TUPA de la Municipalidad de La Victoria denominado “Licencia Municipal de Establecimiento Comercial, Industrial y/o de Servicios, Defi nitivos, Temporales y Cesionarios”, conforme se detalla en el Anexo Nº 1 que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Tecnología de la Información la publicación del presente Decreto y su Anexo en el portal institucional www.munilavictoria.gob. pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE www.serviciosalciudadano.gob.pe, debiendo efectuar las acciones que corresponden a sus competencias y atribuciones. Artículo Tercero.- Encargar a las gerencias de Planeamiento y Presupuesto, y de Desarrollo Económico, y a la Subgerencia de Defensa Civil, el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 555280-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Modifican Ordenanza Nº 330-MPL que Reglamenta el Uso de Azoteas en Edificaciones Multifamiliares de la Zona No Monumental del distrito ORDENANZA Nº 347-MPL Pueblo Libre, 5 de octubre de 2010 EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesión Ordinaria Nº 22 de la fecha, de conformidad con el Dictamen Nº 009-2010-MPL/CPL-CPDDMA; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por el Artículo Único de la Ley Nº 28607, establece que las municipalidades son órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Orgánica de Municipalidades Nº 27972;