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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2010 (15/10/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de octubre de 2010 427607 Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Arequipa, lo cual ha determinado la creación de la Gerencia Regional de Energía y Minas conforme el artículo 83º de la norma antes acotada, el cual establece su naturaleza y funciones; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 677- 2007-GRA/PR de fecha 27 de agosto de 2007, se delegó en el Gerente Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Arequipa la competencia de otorgamiento de concesiones para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional; Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 179- 2006-EM/DM y Nº 121-2008-EM/DM se declaró entre otros, que el Gobierno Regional de Arequipa concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de energía y minas, siendo a partir de la fecha de sus publicaciones competente para ejercer entre otras, la función de otorgar concesiones mineras para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance regional. De conformidad con el artículo 124º del D.S. 014-92- EM – TUO de la Ley General de Minería, el artículo 24º del D.S. 018-92-EM – Reglamento de Procedimientos Mineros y el inciso n) del artículo 10º del Decreto Supremo 084-2007-EM; Con la visación de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- PUBLÍQUESE en el diario ofi cial “El Peruano” las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de septiembre de 2010, de acuerdo a la Nomenclatura siguiente: A) NOMBRE DE LA CONCESIÓN; B) CÓDIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NÚMERO Y FECHA DE LA RESOLUCIÓN; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM DE LOS VÉRTICES EXPRESADOS EN KILÓMETROS; siendo estas las siguientes: 1.-A) FENIX CARICARI B) 540002009 C) VILCA CASTRO HECTOR NOE D) 114-2010-GRA/ GREM 30/09/2010 E) 19 F) V1:N8190 E247 V2:N8189 E247 V3:N8189 E245 V4:N8190 E245 2.-A) BRICEIDA 01 B) 540003109 C) MINERA AURIFERA BRICEIDA LA QUEBRADA S.A.C. D) 115-2010-GRA/GREM 30/09/2010 E) 18 F) V1:N8234 E650 V2:N8233 E650 V3:N8233 E647 V4:N8234 E647 3.-A) ASPPMACSU-3 B) 540006109 C) GUTIERREZ MARTINEZ CESAR EDGARDO D) 116- 2010-GRA/GREM 30/09/2010 E) 18 F) V1:N8238 E695 V2:N8237 E695 V3:N8237 E694 V4:N8238 E694 4.-A) EL NIÑO I B) 540006410 C) TONE MURILLO BENITO D) 126- 2010-GRA/GREM 30/09/2010 E) 19 F) V1:N8187 E197 V2: N8186 E197 V3:N8186 E198 V4:N8185 E198 V5:N8185 E194 V6:N8186 E194 V7:N8186 E196 V8:N8187 E196 5.-A) ENRIQUETA 2009 B) 540009909 C) ALE FLORES JOSE ROLANDO D) 117-2010-GRA/GREM 30/09/2010 E) 19 F) V1:N8110 E220 V2:N8107 E220 V3:N8107 E218 V4: N8106 E218 V5:N8106 E217 V6:N8110 E217 6.-A) JOSUE AARON I B) 540010709 C) COMPAÑIA CONTRATISTAS AARON E.I.R.L. D) 118-2010-GRA/GREM 30/09/2010 E) 18 F) V1:N8255 E652 V2:N8253 E652 V3:N8253 E653 V4:N8252 E653 V5:N8252 E650 V6:N8255 E650 7.-A) ROHINA B) 540013609 C) TORREBLANCA LUCANO EDGAR RICARDO D) 119-2010-GRA/GREM 30/09/2010 E) 18 F) V1:N8119 E814 V2:N8118 E814 V3:N8118 E811 V4:N8119 E811 8.-A) MINERA CRUCERO DEL PERU B) 540014209 C) PALLI PALLI ESTEBAN D) 120-2010- GRA/GREM 30/09/2010 E) 18 F) V1:N8267 E621 V2: N8266 E621 V3:N8266 E620 V4:N8267 E620 9.-A) BLAS Y MENESES 1 B) 540016809 C) MENESES MARTINEZ VICTOR RICARDO D) 123-2010-GRA/GREM 30/09/2010 E) 19 F) V1:N8199 E226 V2:N8198 E226 V3:N8198 E231 V4:N8197 E231 V5:N8197 E225 V6:N8199 E225 10.-A) CLAUDIA ELIZABETH B) 540018509 C) ROJAS ARREDONDO HENRY LEONARDO D) 122-2010-GRA/ GREM 30/09/2010 E) 18 F) V1:N8264 E634 V2:N8263 E634 V3:N8263 E631 V4:N8264 E631 11.-A) GIRASOL DE ORO 2 B) 540018709 C) CONDORI ZAPATA NORMA NORIS D) 121-2010-GRA/GREM 30/09/2010 E) 18 F) V1: N8242 E693 V2:N8241 E693 V3:N8241 E692 V4:N8242 E692 12.-A) UNIVERSAL II B) 540018809 C) EL DORADO REPRESENTACIONES S.A.C. D) 124-2010-GRA/GREM 30/09/2010 E) 18 F) V1:N8239 E710 V2:N8238 E710 V3: N8238 E709 V4:N8239 E709 13.-A) DELFIN SEIS B) 540019009 C) BERTINI VINCI EUGENIO D) 125-2010- GRA/GREM 30/09/2010 E) 18 F) V1:N8280 E814 V2: N8275 E814 V3:N8275 E812 V4:N8280 E812 Regístrese y publíquese. ALBERTO BUTRON FERNÁNDEZ Gerente Regional Gerencia Regional de Energía y Minas 554775-1 GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO Aprueban la integración y adecuación al TUPA del Gobierno Regional Huánuco, de los procedimientos emitidos por los diversos Ministerios ORDENANZA REGIONAL N° 098-2010-CR/GRH EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL – HUÁNUCO POR CUANTO: Que, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley N° 27680; Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, sus modifi catorias - Ley N° 27902; Ley N° 28013; Ley N° 28926; Ley Nº 28961; Ley N° 28968 y Ley N° 29053, en Sesión Ordinaria de fecha 22 de Octubre del 2009; que establece la autonomía, atribuciones y competencias de los Gobiernos Regionales, en sesión Ordinaria de fecha 25 de mayo del 2010, se aprobó por unanimidad el Dictamen Nº 21-2010-GRH-CR/ CPPPATAL; CONSIDERANDO: Que, el articulo 188º de la Constitución Política del Perú, señala que la descentralización constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del País, y qu se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia a los gobiernos regionales; Que, el artículo 35º de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales y Locales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las Leyes Anuales de Presupuesto; y los Artículos 2º, 4º, 5º de la Ley 27867 – Orgánica de los Gobiernos Regionales señala que estos emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho publico con autonomía política, económica y administrativa, tienen por misión organizar y conducir la gestión publica regional de acuerdo a sus competencia exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de la políticas nacionales y sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplifi cación administrativa; Que, la razón de ser de los Gobiernos Regionales como parte del estado, es la de poner al servicio de la ciudadanía, servicios de calidad que lleguen a todos en el menor tiempo posible, por lo tanto sus instrumentos de gestión deben tener la consistencia técnica y legal y mas que todo tenga impacto directo en la organización