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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de octubre de 2010 427724 saneamiento que ejercen los Gobiernos Regionales en base a las políticas regionales, las cuales se formulan en concordancia con las políticas nacionales de dicha materia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, se aprobó el “Plan de Transferencia de Competencias Sectoriales, a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007”, en adelante el Plan, estableciéndose que al Sector Vivienda en el año 2007 le correspondería la transferencia de las funciones sectoriales establecidas en los incisos a), b), c), d), e), f) y h) del artículo 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, con Decreto Supremo Nº 001-2008-PCM se amplió el plazo para culminar la transferencia de competencias y funciones, programadas en el Plan hasta el 31 de marzo del 2008, plazo que fue ampliado hasta el 31 de diciembre del 2008, luego hasta el 31 de diciembre de 2009 y posteriormente hasta el 31 de diciembre de 2010, en mérito a lo dispuesto por los Decretos Supremos Nº 029-2008-PCM, Nº 083-2008-PCM y Nº 053-2010- PCM, respectivamente; Que, mediante Resolución de Secretaria de Descentralización Nº 003-2007-PCM/SD, se aprobó la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, denominada “Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 a los Gobiernos Regionales y Locales de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia”; Que, el literal g) del numeral 5.1.9 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, dispone que los Ministerios emitirán la respectiva Resolución Ministerial que formaliza la transferencia de las Funciones Sectoriales, especifi cando cada una de las funciones establecidas en la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Que, mediante la Resolución de la Secretaría de Descentralización Nº 044-2007-PCM/SD, se acreditó al Gobierno Regional del Cusco, a efectos que reciba las funciones específi cas establecidas en los incisos a), b), c), d), e), f) y h) del artículo 58 de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Que, de acuerdo con los Informes Finales de Transferencias de Funciones Sectoriales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y, a través de la suscripción de las Actas de Entrega y Recepción, se ha formalizado la transferencia del Sector en materia de vivienda y saneamiento a favor del Gobierno Regional del Cusco; Que, en consecuencia, resulta conveniente dar por concluido el proceso de transferencia de las funciones sectoriales en materia de vivienda y saneamiento al Gobierno Regional del Cusco, comprendidas en el Plan; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27867, la Ley Nº 27792, el Decreto Supremo Nº 036-2007- PCM, el Decreto Supremo Nº 001-2008-PCM, el Decreto Supremo Nº 029-2008-PCM, el Decreto Supremo Nº 083- 2008-PCM, el Decreto Supremo Nº 053-2010-PCM, el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM/SD y la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 044-2007-PCM/SD; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar concluido el proceso de efectivización de la transferencia al Gobierno Regional del Cusco en materia de vivienda y saneamiento de las funciones específi cas señaladas en los literales a), b), c), d), e). f) y h) del artículo 58 de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, consideradas en el “Plan Anual de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007”, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM. Artículo 2º.- Establecer que a partir de la fecha, el Gobierno Regional del Cusco es competente para el ejercicio de las funciones a que se refi ere el artículo anterior. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN SARMIENTO SOTO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 555936-1 ORGANISMOS EJECUTORES SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban transferencia financiera a favor de las unidades ejecutoras a nivel nacional por los servicios brindados por los establecimientos de salud a beneficiarios del Seguro Integral de Salud RESOLUCION JEFATURAL Nº 132- 2010/SIS Lima, 15 de octubre de 2010 VISTOS: El Informe Nº 132-2010-SIS-GF de la Gerencia de Financiamiento en el marco del Decreto de Urgencia Nº 068-2010, sobre la Programación de las Transferencias a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por los servicios que brindaron los establecimientos de salud a los benefi ciarios del Seguro Integral de Salud y el Informe Nº 281-2010-SIS/OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se establecen los principios, así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refi ere el artículo 11° de la Ley Nº 28112 - Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77º y 78º de la Constitución Política del Perú; Que, de acuerdo con el literal d) del numeral 75.4 del artículo 75° de la precitada Ley, las transferencias fi nancieras que efectúa el Seguro Integral de Salud (SIS), sólo se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 068-2010, se dictan medidas extraordinarias de carácter económico fi nanciero en el presupuesto del Sector Salud para el año fi scal 2010, para garantizar la prestación de servicios de salud, exonerándose al pliego Seguro Integral de Salud de lo dispuesto en el artículo 80º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autorizándole por única vez, a efectuar modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático hasta por la suma de SESENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 62’400,000.00), con cargo a los saldos pendientes de ejecución del Subprograma Funcional 0096 Atención Médica Básica, para el fi nanciamiento del Subprograma Funcional 0097 Atención Médica Especializada, con la fi nalidad de garantizar la continuidad de la atención de servicios de mayor complejidad; Que, mediante Resolución Sub Jefatural Nº 070- 2010/SIS/J de fecha 05 de octubre de 2010, se aprueba el Calendario de Compromisos del mes de octubre del Año Fiscal 2010, del Pliego Presupuestal 135: Seguro Integral de Salud, Grupo Genérico de Gasto y Fuente de Financiamiento 00: RO-Recursos Ordinarios y Fuente de Financiamiento 09: RDR-Recursos Directamente Recaudados, autorizado por la Dirección Nacional del Presupuesto Público; Que, a la fecha existe Crédito Presupuestario disponible para la atención de las transferencias fi nancieras informadas por la Gerencia de Financiamiento mediante el documento de vistos; Que, en tal sentido, es pertinente publicar en el Diario Oficial El Peruano, la distribución de los recursos que, en el marco de la Directiva Administrativa N° 112-2007/MINSA/SIS-V.01, aprobada por Resolución Ministerial Nº 422-2007/MINSA, se transfieren a las Unidades Ejecutoras vinculadas al Seguro Integral