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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de octubre de 2010 427726 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Disponen registro por variación fundamental del Prospecto Marco correspondiente al “Quinto Programa de Emisión de Valores de Refinería La Pampilla S.A.A. - Bonos Corporativos” en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE EMISORES Nº 076-2010-EF/94.06.3 Lima, 30 de setiembre de 2010 VISTO: El expediente Nº 2010030780 presentado por Refi nería La Pampilla S.A.A. y el Informe Interno N° 602-2010- EF/94.06.3, del 29 setiembre de 2010, de la Dirección de Emisores. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral de Emisores Nº 069-2010-EF/94.06.3, de 01 de setiembre de 2010, se aprobó el trámite anticipado, se inscribió el “Quinto Programa de Emisión de Valores de Refi nería La Pampilla S.A.A. - Bonos Corporativos” hasta por un monto máximo en circulación de US$ 100 000 000,00 (cien millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional; y se dispuso el registro del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 29 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, cualquier modifi cación que se efectúe al prospecto informativo deberá ser presentada a CONASEV, acompañando la documentación e información pertinente, con anterioridad a su entrega a los inversionistas, debiendo suspenderse la colocación o venta hasta que se hubiere registrado la modifi cación; Que, el 27 de setiembre de 2010, Refi nería La Pampilla S.A.A. celebró con el Banco Continental, en su calidad de Representante de los Obligacionistas del “Quinto Programa de Emisión de Valores de Refi nería La Pampilla S.A.A. - Bonos Corporativos”, las modifi caciones a varias cláusulas Contrato Marco de Emisión de Bonos, constituyendo dichas modifi caciones variaciones fundamentales previstas en la Resolución Gerencia General N° 083-2007-EF/94.01.2: Que, Refi nería La Pampilla S.A.A. ha cumplido con presentar la información requerida por el Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores; el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas complementarias, para el caso de inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores de prospectos informativos en el supuesto de variaciones fundamentales; Que, el artículo 2, numeral 2), de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de valores mobiliarios y/o prospectos informativos en el Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano y de la página de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53 y siguientes del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores así como a lo dispuesto por el artículo 36 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores – CONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2007- EF, que faculta a la Dirección de Emisores para resolver solicitudes vinculadas a las ofertas públicas primarias y todo trámite vinculado a éstas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer el registro, por variación fundamental, del Prospecto Marco correspondiente al “Quinto Programa de Emisión de Valores de Refi nería La Pampilla S.A.A. - Bonos Corporativos” en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página de CONASEV en internet. Artículo 3º.- Transcribir la presente resolución a Refi nería La Pampilla S.A.A., en su calidad de emisor; al Banco de Crédito del Perú en su calidad de entidad estructuradora; a Credibolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A., en calidad de agente colocador; a Banco Continental, en su calidad representante de los obligacionistas; a Cavali S.A. ICLV; y, a la Bolsa de Valores de Lima S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. YVONKA HURTADO CRUZ Directora de Emisores 552156-1 INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO Disponen la publicación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de setiembre de 2010 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 131-2010-INGEMMET/PCD Lima, 12 de octubre de 2010 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 008-2007-EM se aprueba la fusión del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC con el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET, correspondiéndole al Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET la calidad de entidad incorporante; Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM del 5 de julio del 2007, se aprobó el Reglamento de Organizaciones y Funciones del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC (hoy INGEMMET), publicará mensualmente en el Diario Ofi cial El Peruano, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visación de la Dirección de Concesiones Mineras y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92- EM; y, el artículo 24° del Decreto Supremo Nº 018- 92-EM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Publíquese en el Diario Ofi cial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de Septiembre de 2010, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen