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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE OCTUBRE DEL AÑO 2010 (17/10/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 17 de octubre de 2010 427773 VISTOS: Los ofi cios Nº 276-2010-R-UJCM, de fecha 16 de julio de 2010 y Nº 287-2010-R-UJCM, de fecha 27 de julio de 2010; el informe Nº 127-2010-DGDAC, de fecha 21 de septiembre de 2010; el memorando Nº 850-2010-SE, de fecha 27 de septiembre de 2010; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 1423-2005-ANR, modifi cada por Resolución Nº 1560-2010-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores aprobó la creación y funcionamiento de la Escuela de Posgrado en la Universidad José Carlos Mariátegui, con sede en la ciudad de Moquegua; precisando que la creación y funcionamiento de nuevos programas de maestría y doctorado requiere el cumplimiento del requisito establecido por el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733; Que, mediante ofi cio Nº 276-2010-R-UJCM, el Rector de la Universidad José Carlos Mariátegui hace llegar la documentación correspondiente a la creación y organización de los siguientes Programas de Maestría y Segunda Especialización: Maestría en Derecho con mención en: • Derecho Constitucional • Derecho Laboral • Derecho Familiar • Derecho Diplomático y Consular Programas de Segunda Especialización en: • Evaluación y Acreditación Educativa • Programación y Evaluación Curricular • Psicopedagogía y Problemas de Aprendizaje • Educación Física y Psicomotricidad • Educación Laboral y Desarrollo Tecnológico • Gestión y Dirección Estratégica de Instituciones Educativas Que asimismo, con ofi cio Nº 287-2010-R-UNJCM, el Rector de la citada universidad remite la Resolución de Asamblea Universitaria Nº 005-2009-AU-UJCM, de fecha 18 de agosto de 2009, mediante la cual se acordó el cambio de denominación de la “Maestría en Ingeniería Ambiental con mención en Gestión y Evaluación Ambiental” por la de “Maestría en Ciencias con mención en Ingeniería Ambiental”, adjuntando el programa de Maestría respectivo; Que, mediante informe Nº 127-2010-DGDAC, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, propone expedir la resolución correspondiente para los Programas de Maestría y Segunda Especialización creados y organizados por la Universidad José Carlos Mariátegui; excepto para el programa de Maestría en Derecho Diplomático y Consular, por no reunir los requisitos académicos necesarios para su funcionamiento; Que, adicionalmente, con el informe citado, la Dirección de Desarrollo Académico y Capacitación expresa su conformidad respecto al cambio de denominación de la “Maestría en Ingeniería Ambiental con mención en Gestión y Evaluación Ambiental” por la de “Maestría en Ciencias con mención en Ingeniería Ambiental”, a partir de la vigencia de la Resolución de Asamblea Universitaria Nº 005-2009-AU-UJCM; Que, con memorando Nº 850-2010-SE, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores, dispone elaborar una resolución mediante la cual se declare que la creación de programas de Maestría y Segunda Especialización de la Universidad José Carlos Mariátegui cumplen con lo previsto en el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, de acuerdo al anteproyecto presentado por la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que la Universidad José Carlos Mariátegui con sede en la ciudad de Moquegua, cumple con lo previsto en el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, respecto de los siguientes Programas de Maestría y Segunda Especialización: Maestría en Derecho con mención en: • Derecho Constitucional • Derecho Laboral • Derecho Familiar Programas de Segunda Especialización en: • Evaluación y Acreditación Educativa • Programación y Evaluación Curricular • Psicopedagogía y Problemas de Aprendizaje • Educación Física y Psicomotricidad • Educación Laboral y Desarrollo Tecnológico • Gestión y Dirección Estratégica de Instituciones Educativas Artículo 2º.- Precisar que la “Maestría en Ingeniería Ambiental con mención en Gestión y Evaluación Ambiental”, aprobada por Resolución Nº 905-2007- ANR, se denominará “Maestría en Ciencias con mención en Ingeniería Ambiental” a partir de la vigencia de la Resolución de Asamblea Universitaria Nº 005-2009-AU- UJCM, de acuerdo a lo informado por la Universidad José Carlos Mariátegui. Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la institución. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 556221-2 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Designan Asesor 2 de la Jefatura Nacional de la ONPE RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 171-2010-J/ONPE Lima, 15 de octubre de 2010 VISTOS: Los Memoranda Nos. 455 y 459-2010-SG/ ONPE de la Secretaría General, el Memorando N° 1530- 2010-OGPP/ONPE de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando N° 1575-2010-OGA/ONPE de la Ofi cina General de Administración; así como el Informe N° 244-2010-OGAJ/ONPE de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 21° de la Ley N° 26487 – Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, establece que el vínculo laboral de sus trabajadores corresponde al régimen laboral de la actividad privada. Los puestos de trabajo, sean permanentes o temporales, serán cubiertos por concurso público, salvo aquellos califi cados como de confi anza conforme a las leyes vigentes, que no excederán del diez por ciento (10%) del total respectivo de trabajadores;