Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2010 (16/09/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

425893

al humo de tabaco, a fin de reducir dicho consumo y exposicion de manera continua y sustancial, asi como que los productos del tabaco MORDAZA comercializados de manera responsable, asegurando que su publicidad, promocion y comercializacion este dirigida solamente a mayores de edad, y que estas MORDAZA coherentes con el MORDAZA de que el consumo de tabaco debe ser una opcion solo para adultos informados de los riesgos de su consumo. Que, mediante Decreto Supremo N° 015-2008-SA, publicado el 05 de MORDAZA de 2008, se aprobo el Reglamento de la Ley N° 28705, a fin de proteger la salud de la persona, la familia y la comunidad contra las consecuencias sanitarias, sociales, ambientales y economicas del consumo del tabaco y de la exposicion al humo del tabaco. Asimismo, regula la comercializacion de los productos del tabaco, asegura que su publicidad, promocion y comercializacion este dirigida solo a personas mayores de edad, estableciendo los mecanismos de fiscalizacion y sancion administrativa. Por Decreto Supremo N° 0012010-SA se modifican articulos del Reglamento de la Ley N° 28705. Que, posteriormente, por Ley N° 29517, publicada el viernes 02 de MORDAZA de 2010, se modifica la Ley N° 28705, con la finalidad de proteger de la exposicion al humo de tabaco y mejorar las advertencias sobre el dano a la salud que produce el fumar, en cumplimiento del Convenio MORDAZA de la Organizacion Mundial de la Salud (OMS) para el Control del Tabaco. Que, la Primera Disposicion Transitoria de la Ley N° 29517 establece que "los productores, importadores y distribuidores de productos de trabajo deben adecuar sus cajetillas de cigarrillos y en general toda clase de empaque o envoltura de tabaco a las disposiciones establecidas en la presente Ley en un plazo de ciento ochenta (180) dias, a partir de su entrada en vigencia", situacion que no se encuentra regulada en el Regimen Municipal de Proteccion y Control del Consumo del Tabaco en el Distrito de Ate, aprobado por la Ordenanza N° 247-MDA. Que, por Ordenanza N° 247-MDA de fecha 24 de junio de 2010, se aprueba el Regimen de Proteccion y Control del Consumo de Tabaco en el Distrito de Ate, omitiendose otorgar un plazo para que los productores, importadores y distribuidores de productos de tabaco adecuen sus cajetillas de cigarrillos y en general toda clase de empaque o envoltura de tabaco a las disposiciones establecidas en la Ley N° 29517 en un plazo de ciento ochenta dias, a partir de la entrada en vigencia de la citada Ley. Que, en dicho sentido, se requiere dictar las disposiciones complementarias o reglamentarias para la correcta aplicacion de la Ordenanza N° 247-MDA. Que, mediante Proveido N° 3151-2010-MDA/GM el Gerente Municipal, senala que se proyecte el Decreto de Alcaldia correspondiente. Estando A Los Fundamentos Expuestos En La Parte Considerativa Y En Uso De Las Atribuciones Conferidas Por El Numeral 6) Del Articulo 20 De La Ley Organica De Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Articulo 1°.Precisar como disposicion complementaria del Regimen Municipal de Proteccion y Control del Consumo del Tabaco en el Distrito de Ate, aprobado por la Ordenanza N° 247-MDA, que los productores, importadores y distribuidores de productos de tabaco deben adecuar sus cajetillas de cigarrillos y en general toda clase de empaque o envoltura de tabaco a las disposiciones establecidas en la Ley N° 29517 en un plazo de ciento ochenta dias, a partir de la entrada en vigencia de la citada Ley. Articulo 2°.- Disponer se publique el presente Decreto en el Diario Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob. pe). Articulo 3°.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Comercializacion y demas areas pertinentes de esta Corporacion Municipal. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA 543261-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban MORDAZA Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 344-MDJM MORDAZA MORDAZA, 27 de MORDAZA del 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA Visto, en sesion ordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime de los senores regidores y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, el Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP, es un instrumento de gestion que contiene los cargos clasificados en base a la estructura organica prevista en su Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF, y a los objetivos y metas establecidas en sus planes institucionales de cada entidad; se formula en base a la estructura organica aprobada por la Ley de creacion y/o Ley Organica y modificatorias de ser el caso; Que, la actualizacion del Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP se debe basicamente a que la entidad MORDAZA ha creado recientemente nuevas unidades organicas, y a la vez se ha realizado modificaciones al Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF, por lo tanto se debe ajustar a las necesidades de las nuevas Sub Gerencias y a las modificaciones de la estructura organica de esta Corporacion MORDAZA, de tal forma que las nuevas unidades organicas consigan dar cumplimiento a las funciones asignadas, siendo favorable la opinion de la Gerencia de Asesoria Juridica y Registro Civil, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del CAP, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos publicos; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL MORDAZA CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL ­ CAP DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA Articulo Primero.- APRUEBASE el MORDAZA Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, el mismo que en Anexo adjunto constituye parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- PUBLICASE la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y el integro del Anexo a que se refiere el articulo anterior en el MORDAZA electronico de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Maria: www.munijesusmaria.gob.pe. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 543255-1

Establecen disposiciones para la MORDAZA de la Declaracion Jurada denominada "Informacion Complementaria", relativa a los Arbitrios Municipales
DECRETO DE ALCALDIA Nº 013-2010-MDJM MORDAZA MORDAZA, 13 de setiembre del 2010

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.