Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2010 (17/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

425961

Articulo Cuarto.- ESTABLECER que dentro de los quince dias posteriores al retorno del viaje autorizado en los articulo anteriores, del senor MORDAZA, los Regidores y el funcionario citado, individualizados en los articulos primero y MORDAZA, deberan presentar a la Municipalidad Provincial de MORDAZA un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones que asistiran, asi mismo, deberan presentar la rendicion de cuentas, de acuerdo a ley. Articulo Quinto.- ESTABLECER que el presente acuerdo no MORDAZA derecho a exonerar o liberar del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Oficina de Comunicaciones y Relaciones Institucionales la publicacion del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano; a la Gerencia Municipal, y a las Oficinas de Administracion y Planeamiento el cumplimiento del presente acuerdo, dentro de lo establecido en la normatividad vigente. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial 543768-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI
Ratifican la Ordenanza Nº 008-2009MDSM-PH que aprobo el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 018-2010/CM-MPH-M Matucana, 28 de MORDAZA del 2010 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI - MATUCANA POR CUANTO: El Expediente Nº 0975-10 de fecha 15/03/2010 de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA donde solicita la ratificacion de la Ordenanza Nº 008-2009-MDSM-PH de fecha 05/08/09 donde se aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, y los informes legales detallados en su referencia y anexados en el expediente, en relacion a la solicitud de ratificacion de dicha Ordenanza, Dictamen Nº 002-2010-CREDA/MPH-M de fecha 25/03/2010 de la Comision Especial del CREDA, Dictamen de la Comision de Regidores de Economia, Administracion y Presupuesto (Rentas, Contabilidad Administracion) y la Sesion Ordinaria del Concejo del 27/05/2010 vinculado a los documentos mencionados parrafos arriba, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo II Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades aprobado por la Ley Nº 27972, senala que las municipalidades gozan de autonomia politica economica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual esta concordado en lo establecido en el articulo Nº 194° de la Constitucion Politica del Estado; Que, en la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972 en su articulo 9º numeral 9) establece las facultades del Concejo Municipal para crear, modificar, suprimir o exonerar los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por Ley. En tal sentido, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales estan obligadas a someter a ratificacion, por la Municipalidad Provincial de su circunscripcion, conforme se senala en el articulo 40º del cuerpo legal MORDAZA glosado; Que, conforme lo expresa la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 en su articulo

37º y 38º, senala que todas las entidades elaboraran y aprobaran su Texto Unico de Procedimiento Administrativo ­ MORDAZA, la misma que debe ser aprobado por Ordenanza Municipal cada dos anos, de la misma forma el referido instrumento de gestion debera establecer expresamente en los supuestos en que procede el pago de derechos de tramitacion, con indicacion de su monto y forma de pago. El monto de los derechos se expresara con relacion a la UIT; Que, el Regimen Juridico en materia de autos, se rige por lo senalado por la Constitucion Politica del Estado de su articulo 74º, Ley Organica de Municipalidad aprobado por la Ley Nº 27972 articulo 40º, el TUO de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por el D.S Nº 156-2004/ EF en su articulo 69º, Ordenanza Municipal Nº 038-2004/ CM-MPH-M que regula; "Procedimientos de ratificacion de Ordenanzas Distritales de la Provincia de Huarochiri", Ordenanza Nº 036-2005/CM-MPH-M, Sentencias del Tribunal Constitucional contenidas en los Expedientes Nº 0053-2004-AI/TC y Nº 0041-2004/AI/TC, Ley Nº 29060 "Ley del Silencio Administrativo", Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento Ley Nº 28976, D.S Nº 079-2007PCM "Reglamento que aprueba los Lineamientos de Elaboracion de MORDAZA en la entidades del Sector Publico", Ley Nº 29090 Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, D.S Nº 024-2008-VIVIENDA; "Reglamento de la Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones", Normas Tecnicas del INDECOPI de la Comision de Acceso al MORDAZA sobre Barreras Burocraticas; Que, conforme al Dictamen Nº 002-2010/CREDAMPH-M de fecha 25/03/2010 de la Comision de Revision y Evaluacion de Documentos Administrativos de los Concejos Distritales (CREDA), ha evaluado el expediente Nº 0975-10 de fecha 15/03/2010 de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, quien solicita la ratificacion de su Ordenanza Nº 008-2009-MDSM-PH de fecha 05/08/09 donde se aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ TUPA. En ese sentido la Comision ha evaluado dicho expediente considerando los procedimientos establecidos en la Ordenanza Nº 038-2004/CM-MPH-M de la Municipalidad Provincial de Huarochiri y los lineamientos senalados en los expediente Nº 00041-2004-AI/TC y 00053-2004 del Tribunal Constitucional en materia tributaria; Que, de acuerdo al Dictamen del CREDA MORDAZA referido, senala que la ordenanza distrital y la ratificacion de las estructuras de costos mencionadas parrafos arriba, cumple con las exigencias formales y requisitos tecnicos, conforme lo expresan en su Dictamen Nº 0022010/CREDA-MPH-M, y el Dictamen de la Comision de Regidores de Economia, Administracion y Presupuesto (Rentas, Contabilidad Administracion), asimismo en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 27/05/2010 se aprueba dicha solicitud; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, la Ordenanza Nº 038-2004/ CM-MPH-M y los lineamientos del Tribunal Constitucional en materia tributaria, el Concejo Provincial por unanimidad aprobo la siguiente: ORDENANZA: Articulo Primero.- RATIFICAR la ORDENANZA Nº 008-2009-MDSM-PH DE FECHA 05/08/09 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA, DONDE APRUEBAN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ­ MORDAZA de dicha municipalidad, al haber cumplido con los requisitos tecnicos y formales segun el Dictamen Nº 002-2010/CREDA-MPH-M. Articulo Segundo.- DISPONER la Publicacion de la presente Ordenanza a la municipalidad distrital, conforme al articulo 44º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. POR LO TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA G. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 543733-1

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