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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (17/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de setiembre de 2010 425955 d. Comité de Vigilancia y Control.-Son los responsables de vigilar la formulación y ejecución del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2011, supervisando los compromisos asumidos por los Agentes Participantes del Proceso Participativo. e. Talleres Participativos.- Es la reunión de los Agentes Participantes convocados por el Alcalde con el fi n de identifi car los problemas y las potencialidades del distrito, así como también proponer acciones que implantar. En los talleres se defi ne también los criterios de priorización para las acciones propuestas con el fi n de atenderlos en orden de prioridades de acuerdo a los recursos presupuestales. Artículo 6º.- Principios Rectores del Proceso El Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2011 y su articulación al Plan de Desarrollo Concertado, se sustenta en los siguientes principios: 1. Participación, que implica que los Gobiernos Locales promueven la participación de la sociedad civil en sus planes de desarrollo y en el presupuesto participativo. 2. Transparencia, que implica el acceso de la comunidad a información sufi ciente acerca de los asuntos públicos y colectivos que se deciden y ejecuten. 3. Igualdad de oportunidades, de la sociedad debidamente organizada para participar sin discriminación de carácter político, ideológico, religioso, racial, género o de otra naturaleza. 4. Tolerancia, garantía de reconocimiento y respeto a la diversidad de opiniones, visiones y posturas de quienes conforman la sociedad, como un elemento esencial para la construcción de consensos. 5. Inclusión social, que implica el acceso e involucramiento de grupos y sectores sociales que requieran ser atendidos de manera especial. 6. Efi ciencia y efi cacia, los gobiernos regionales y gobiernos locales optimizan los recursos presupuestarios orientados al logro de metas y objetivos del Plan de Desarrollo Concertado, los cuales signifi can soluciones a los problemas más relevantes de la jurisdicción. 7. Equidad, igual acceso a las oportunidades e inclusión de grupos y sectores sociales que requieran ser atendidos de manera especial. 8.Competitividad, los gobiernos regionales y gobiernos locales orientan su gestión hacia la competitividad, promoviendo la inversión privada y orientando las acciones públicas hacia la promoción del desarrollo. 9. Corresponsabilidad, entre el Estado (gobiernos regional y gobierno local, universidades, otros) y la sociedad civil (organizaciones de base, Colegios Profesionales, asociaciones civiles, empresariales, juveniles y otros), en la identifi cación de oportunidades, solución de los problemas de la comunidad; ambos relacionados a la priorización de proyectos de desarrollo, respetando los contenidos y alcances de los PDC y PP. 10. Solidaridad, la disposición de todo agente participante para asumir los problemas de otros como propios, sin intereses particulares. 11. Multisectorialidad, que implica la participación de los diferentes sectores presentes en el espacio local, vale decir sectores públicos, sector privado, sector académico, sociedad civil, etc., buscando la sintonía de sus visiones y la conciliación de sus intereses en el marco de la identifi cación de oportunidades y solución de los problemas de la comunidad, respetando los contenidos y alcances del PDC. 12. Respeto a los Acuerdos, la participación ciudadana en los asuntos públicos se fundamenta en el compromiso de llevar adelante, por parte de todos los actores, las decisiones concertadas. Estas decisiones no pueden ser modifi cadas unilateralmente. Artículo 7º.- Objetivos del Proceso a. Reforzar la relación entre el Estado y la Sociedad Civil, en el marco de un ejercicio creativo y complementario de mecanismos de democracia directa y representativa que genera compromisos y responsabilidades compartidas. b. Garantizar la participación de la Sociedad Civil durante todo el proceso propiciando la asunción de compromisos en torno al cumplimiento de los objetivos considerados en el Plan de Desarrollo Concertado Distrital. c. Promover la creación de condiciones económicas, sociales, ambientales y culturales que mejoren los niveles de vida de la población y fortalezcan sus capacidades como base del desarrollo local, posibilitando acciones concretas que refuercen los vínculos de la identidad, de pertenencia y las relaciones de confi anza. d. Fijar prioridades del gasto público, en materia de gastos de inversión garantizando la sostenibilidad de la inversión ya ejecutada, y estableciendo un orden de prelación para la ejecución de proyectos que se prioricen y sean declarados viables bajo las normas técnicas y procedimientos establecidos en la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión pública. e. Involucrar y comprometer a la sociedad civil y al sector privado en las acciones a desarrollar para el cumplimiento de los Objetivos Estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado Distrital, creando conciencia respecto de los derechos y las obligaciones que los ciudadanos tienen, como contribuyentes y como actores, en el funcionamiento del Estado y en el desarrollo sostenible del territorio donde habitan. f. Promover el mejoramiento de la competitividad local, a través de mejoras sustantivas en infraestructura, nivel de educación, cobertura de salud, seguridad jurídica, establecimiento de derechos de propiedad, adecuada regulación de estándares de calidad y sanidad, entre otros; contribuyendo a la superación de la pobreza en el ámbito distrital. g. Reforzar la transparencia, el seguimiento, la rendición de cuentas y la ejecución de las acciones concertadas en el Proceso Participativo; así como la vigilancia de la acción pública en general, fortaleciendo las capacidades locales para la ejecución del Presupuesto Participativo. h. Articular los procesos participativos entre las instancias distritales y regional, con participación y responsabilidad del Consejo de Coordinación Local Distrital de Ancón. TÍTULO II DESARROLLO DEL PROCESO PARTICIPATIVO CAPÍTULO I DE LA COORDINACIÓN Y EL EQUIPO TÉCNICO Artículo 8º.- De la Coordinación El Consejo de Coordinación Local Distrital es la instancia encargada de coordinar, concertar, monitorear y garantizar el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2011 procurando su respectiva articulación con el Plan de Desarrollo Concertado del distrito. Artículo 9º.- Conformación del Equipo Técnico El Equipo Técnico encargado de brindar apoyo a la realización de los talleres, preparación de la información, consolidación de resultados del proceso del Presupuesto Participativo estará conformado por los siguientes miembros: 1. Gerente de Desarrollo Económico Local y Turismo (Presidente). 2. Representante de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto (Miembro). 3. Gerente de Servicios a la Ciudad y Proyección Social (Miembro). 4. Gerente de Desarrollo Urbano y Transporte (Miembro). 5. Profesional propuesto por la Sociedad Civil (Miembro). Artículo 10º.- Funciones del Equipo Técnico Son funciones del Equipo Técnico: a. Elaborar y proponer la Metodología y programación para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2011 articulado al Plan de Desarrollo Concertado del distrito. b. Informar y capacitar a la población y a las organizaciones de la Sociedad Civil sobre el proceso objeto de la presente Ordenanza y de los mecanismos de participación. c. Facilitar los documentos de gestión del proceso y toda información necesaria, a fi n de garantizar la