NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (17/09/2010)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de setiembre de 2010 425958 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Aprueban recepción de obras de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito RESOLUCION SUB GERENCIAL N° 111-2010-MDSJL-GDU/SGHU San Juan de Lurigancho, 16 de julio de 2010 LA SUB GERENCIA DE HABILITACIONES URBANAS DE LA GERENCIA DE DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: El Expediente Nº 34643-I1-2010 de fecha 06 de julio del 2010, promovido por el Sr. Ángel Quispe Huamán en calidad de Representante de la INMOBILIARIA CARVINI S.A., quien solicita la Recepción de Obras de Habilitación Urbana del terreno de 29,100.00 m2, denominado Urbanización Los Ángeles, ubicado en el Segundo Sector de la Unidad D de la Urbanización Las Flores, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Sub Gerencial Nº 038-2010- MDSJL-GDU/SGHU de fecha 14 de abril del 2010, expedida por la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, se resolvió Aprobar el Proyecto de Habilitación Urbana Ejecutada en Vía de Regularización para uso Residencial de Densidad Media – RDM, del terreno de 29,100.00 m2, denominado Urbanización Los Ángeles, ubicado en el Segundo Sector de la Unidad D de la Urbanización Las Flores, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. De conformidad con el Plano de Lotización y el Plano de Ubicación y Localización, signados para efectos de Registros como Plano Nº 009- 2010-HU-SGHU-GDU/MDSJL y Nº 010-2010-HU-SGHU- GDU/MDSJL, solicitada por el Sr. Ángel Quispe Huamán en calidad de Representante de la Inmobiliaria Carvini S.A.; Que, a través del Expediente Nº 34643-I1-2010 de fecha 06 de julio del 2010, seguido por el Sr. Ángel Quispe Huamán en calidad de Representante de la INMOBILIARIA CARVINI S.A., solicita la Recepción de Obras de Habilitación Urbana del terreno de 29,100.00 m2, correspondiente al predio denominado Urbanización Los Ángeles, ubicado en el Segundo Sector de la Unidad D de la Urbanización Las Flores, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, el mismo que está inscrito en la Ficha Nº 76813 y continua en la Partida Nº 42841463, del Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, publicada el 25 de setiembre del 2007, señala que los procedimientos administrativos, regulados en la presente Ley, son únicos y de aplicación obligatoria a nivel nacional, además determinan las responsabilidades de los sujetos implicados en los procedimientos de habilitación urbana y de edifi cación; Que, en la Novena Disposición Final de la Ley Nº 29090, precisa que la presente Ley entra en vigencia al día siguiente de la publicación de los Reglamentos (Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edifi cación, Reglamento de los Revisores Urbanos y Reglamento de Verifi cación Administrativa y Técnica); Que, mediante Decreto Supremo Nº 024-2008- VIVIENDA, Nº 025-2008-VIVIENDA y Nº 026-2008- VIVIENDA, publicados el 27 de setiembre del 2008, se aprueban el Reglamento de Licencias de Habitación Urbana y Licencias de Edifi cación, Reglamento de los Revisores Urbanos y Reglamento de Verifi cación Administrativa y Técnica, respectivamente; Que, de acuerdo a lo establecido en el Numeral 9 del Artículo 4º de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, las municipalidades distritales en el ámbito de su jurisdicción, tienen competencia para la aprobación de proyectos de habilitación urbana y de edifi cación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, en el Numeral 16.1 del Artículo 16º del Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edifi cación - Decreto Supremo Nº 024-2008- VIVIENDA, refi ere que el procedimiento administrativo de habilitación urbana contempla dos etapas: Aprobación del Proyecto y Recepción de las Obras; Que, mediante, Resolución Gerencial Nº 00077-2006- GDU-MDSJL de fecha 08 de agosto del 2006, se aprobó la valorización de aportes reglamentarios correspondiente a Recreación Pública debiendo el administrado presentar la Minuta de sesión de aportes a favor de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, asimismo, redimir en dinero el défi cit por el aporte correspondiente a Públicos siendo este un área de 582.00 m2, aporte establecidos por el proceso de Habilitación Urbana en Vía de Regularización del terreno de 29,100.00 m2., ubicado en el Segundo Sector de la Unidad D de la Urbanización Las Flores, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Dicha valorización fue cancelada a la Tesorería de la Municipalidad Distrital con Recibo de Pago Nº 0586229 (código 7237231) de fecha 09 de agosto del 2006; Que, con Constancia de cancelación de Aporte por Renovación Urbana de fecha 20 de diciembre del 2006, emitida por la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima S.A. – EMILIMA S.A., pone en conocimiento a la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, que la Empresa Inmobiliaria Carvini S.A., ha cumplido con cancelar el pago de aporte por Renovación Urbana del terreno de 291.00 m2., cuyo importe asciende a $ 17,460.00 (Diecisiete mil cuatrocientos sesenta con 00/100 Dólares Americanos). Que, con Resolución de Gerencia General Nº 092- 2001 de fecha 02 de febrero del 2001, expedida por el Servicio de Parques de Lima – SERPAR LIMA, de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se resolvió aprobar la valorización del área de 582.00 m2, correspondiente al aporte para Parques Zonales por la Habilitación Urbana, para Uso Residencial de Densidad Media R-4, del terreno de 29,100.00 m2, constituido por parte del Segundo Sector de la Unidad D de la Urbanización Las Flores, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, ascendente a la suma de S/. 17,083.90 (Diecisiete mil Ochenta y tres y 90/100 nuevos soles); la cual fue cancelada; Que, a través de la Resolución Jefatural Nº 1434- 2006-ED de fecha 22 de setiembre del 2006, emitida por el Ministerio de Educación se resolvió aprobar la valorización ascendente a la suma de S/. 22,999.88 (Veintidós mil novecientos noventa y nueve y 88/100 nuevos soles), correspondiente al défi cit de aporte para el Ministerio de Educación, por el proceso de Habilitación Urbana, para uso de Densidad Media – R4, del terreno de4 29,100.00 m2, constituido por el Segundo Sector de la Unidad D de la Urbanización Las Flores, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Dicha valorización fue cancelada con Boleta de Venta Nº 001-000043 de fecha 25 de setiembre del 2006; Que, mediante Carta: ADAC-SPE-001-02 de fecha 03 de enero del 2002, EDELNOR, deja constancia que luego de la evaluación comercial y técnica efectuada, mi representada ha aprobado el Proyecto Eléctrico Defi nitivo. Que, mediante Carta Nº 1216-2002/ET-C de SEDAPAL, se hace referencia que la Urbanización Los Ángeles, cuenta con la Recepción de Obras de Agua Potable y Alcantarillado ejecutadas en su habilitación; Que, el administrado ha cumplido con acompañar los documentos establecidos en las normas vigentes para el presente procedimiento del terreno materia de trámite; Que, de acuerdo a lo expuesto en el informe Nº 250- 2010-MDSJL-GDU/AL de la Asesoría Legal de la Gerencia de Desarrollo Urbano y; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el Inciso 3.6.1 del Capítulo II del Artículo 79º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, conforme a las disposiciones de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación