NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (17/09/2010)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 54
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de setiembre de 2010 425952 Proceso de Programación Participativa del Presupuesto; como instrumento de política y a la vez de gestión, a través del cual las autoridades regionales y locales de la circunscripción, así como las organizaciones de la población debidamente representadas, defi nen en conjunto, cómo y, a qué se van a orientar los recursos, teniendo en cuenta los objetivos del plan de Desarrollo Estratégico o Institucional, según corresponda, los cuales están directamente vinculados a la visión y objetivos del Plan de Desarrollo Concertado. Que, la primera disposición fi nal del Reglamento de la Ley Nº 28056, establece textualmente que: “los Gobiernos Regionales y Locales, preparan y emiten disposiciones complementarias a lo dispuesto en el presente Reglamento y a las Directivas que emita la Dirección Nacional del Presupuesto Público con el propósito de facilitar el desarrollo del Presupuesto Participativo, a través de mecanismos que faciliten la participación de ciudadanos no organizados o no representados por organizaciones ya constituidas. Asimismo diseñan y emiten mecanismos para la discusión, resolución de disputas y tomas de decisiones, entre otros”. Que, mediante Decreto de Urgencia N° 005-2010, se dictan medidas extraordinarias para la atención de los daños producidos en diversas provincias del departamento del Cusco y medidas para la realización de actividades urgentes y oportunas en las zonas afectadas por desastres de gran magnitud, asimismo, mediante Decreto Supremo N° 0015-2010-PCM, se declara en Estado de Emergencia diversas provincias del departamento del Cusco, a raíz de los sucesos ocurridos como consecuencia de los fenómenos hidrometereológicos con graves consecuencias personales y materiales. Que, el Artículo 11-B de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modifi cada por la Ley Nº 27902, establece que es función del Consejo de Coordinación Regional la emisión de opinión consultiva concertando entre sí, sobre el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Anual. Que, el numeral 1 “Fase de Preparación”, del capítulo II de las “Fases del Proceso de Presupuesto Participativo” del Instructivo N° 001-2010-EF/76.01 aprobado por Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, para el Proceso de Presupuesto Participativo, precisa que antes del inicio de las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identifi cación y capacitación de los agentes participantes es necesaria la aprobación de la Ordenanza, que reglamente el Proceso de Presupuesto para el Año Fiscal, la misma que precisa el cronograma del proceso, la conformación del Equipo Técnico y los mecanismos de registro de los agentes participantes, entre otros que considere el Pliego. Que, asimismo, el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional en su Artículo 13º inciso c), establece que es atribución del Consejo, el aprobar el plan anual y el Presupuesto Participativo, en el marco del Plan de Desarrollo Regional Concertado. Que, conforme a ley se remite a este órgano normativo la propuesta normativa de Convocatoria y dar inicio al Proceso de Presupuesto Participativo 2011, para su aprobación correspondiente; proposición que conforme a Reglamento ha sido derivado a la Comisión Ordinaria de Planifi cación, Presupuesto y Administración, siendo dictaminado por Unanimidad de sus miembros en forma favorable, el mismo que fuera sometido a debate y aprobado por el pleno. Por lo que; el Consejo Regional de Cusco, en uso de la facultad conferida por el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno de Organización y Funciones. Ha dado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- CONVOCAR Y DAR INICIO al Proceso de Presupuesto Participativo en el Gobierno Regional Cusco, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2011. Artículo Segundo.- DECLÁRESE de necesidad pública e interés regional la priorización de los recursos presupuestales 2011 en la asignación de proyectos que se enmarquen en el proceso de Reconstrucción como consecuencia de los efectos hidrometereológicos producidos en la Región Cusco. Artículo Tercero.- APRUÉBESE el Reglamento para la Implementación del Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo de la Región Cusco para el año fi scal 2011, que en Anexo 01, forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- AUTORÍCESE a Presidencia Regional para que en coordinación con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, nomine específi camente a los integrantes de la Comisión Técnica Mixta para la formulación del Presupuesto Participativo, de acuerdo al Artículo 23° del Reglamento para la Implementación de Formulación del Presupuesto Participativo de la Región Cusco, para el año fi scal 2011. Artículo Quinto.- REPROGRÁMASE el Cronograma Regional articulado elaborado por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a partir de la fecha de aprobación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Sexto.- DISPÓNGASE que los asuntos no contemplados en la presente Ordenanza Regional, sean resueltos por la Presidencia Regional en coordinación con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. Artículo Sétimo.- La presente Ordenanza Regional, entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Cusco para su promulgación. Dado en Cusco, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil diez. CARLOS DARGENT HOLGADO Consejero Delegado del Consejo Regional de Cusco POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Cusco, a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil diez. HUGO EULOGIO GONZALES SAYAN Presidente Regional del Gobierno Regional de Cusco 543774-2 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Modifican el artículo 2º de la Res. Nº 121-2009-PATPAL-FBB/MML RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 246-2010-PATPAL-FBB/MML San Miguel, 9 de setiembre del 2010 VISTO: La Resolución de Dirección Ejecutiva N° 121-2009- PATPAL-FBB/MML, de fecha 31 de julio del 2009, la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 172-2010-PATPAL- FBB/MML, de fecha 08 de junio del 2010, y; CONSIDERANDO: Que, el Patronato del Parque de Las Leyendas - Felipe Benavides Barreda es un Organismo Público Descentralizado, adscrito a la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Ley Nº 28998, la misma que goza de autonomía técnica, económica, fi nanciera y administrativa, que tiene por fi nalidad proporcionar bienestar, esparcimiento, cultural, educación y recreación cultural a favor de la comunidad;