Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2011 (02/04/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 88

440332

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de MORDAZA de 2011

con San MORDAZA De Miraflores" aprobada con Ordenanza Nº 000185-2011 MDSJM, que establece un regimen de excepcion para el pago voluntario y al contado de las deudas tributarias y no tributarias, a favor de los contribuyentes de San MORDAZA de Miraflores, que comprende a las deudas generadas hasta el ano 2011, que se encuentre en cualquier instancia del MORDAZA de cobranza. Articulo Segundo.- PRECISAR que su implementacion se efectuara por etapas mensuales, de acuerdo a las necesidades de la recaudacion. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Gerencia de Rentas, el cumplimiento de la presente ordenanza, a la Gerencia de Informatica y Estadisticas su implementacion, a la Gerencia de Secretaria General su publicacion y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 622410-3

Prorrogan plazo para el pago de cuotas del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales del periodo 2011
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2011-MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 30 de marzo de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES VISTO: El Informe Nº 637-2011-SGAT/GR/MDSJM de fecha 17 de marzo de 2011, de la Sub Gerencia de Administracion Tributaria, el Informe Nº 031-2011-GR/MDSJM, de fecha 17 de marzo de 2011, por el cual la Gerencia de Rentas propone la prorroga de la fecha de vencimiento para el pago al contado y de la 1ra. Cuota del Pago Fraccionado del Impuesto Predial, y de la Primera Cuota de los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2011, el Informe Nº 110-2011-GAJ de fecha 29 de marzo de 2011, de la Gerencia de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su Articulo 194º, establece que los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley; Que, el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y sus modificatorias, en su MORDAZA IV: MORDAZA de Legalidad - Reserva de la Ley, establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley, y en su Articulo 41º sobre Condonacion, dispone que, excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; Que, los articulos 14º y 15º del TUO de la Ley de Tributacion Municipal, establece los plazos para presentar las declaraciones juradas y efectuar el pago del pago al contado y/o de forma fraccionada, pudiendo el Municipio establecer una prorroga. Que, la Ordenanza Nº 000186-2011-MDSJM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 11 de febrero

del 2011, en su Articulo 1º dispuso establecer como fechas de vencimiento para el pago al contado y de la 1ra. cuota del pago Fraccionado del Impuesto Predial, el 28 de Febrero del 2011, y el Articulo 2º establecio como fechas de vencimiento para la 1ra. Cuota Trimestral de los Arbitrios Municipales, el 31 de Marzo del 2011, asi mismo, en su MORDAZA Disposicion Final, faculto al Senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias para la implementacion de lo establecido, asi como para establecer su prorrogar, de ser necesario. Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 001-2011MDSJM, se dispone prorrogar hasta el 31 de marzo de 2011, el plazo para el pago al contado y de la primera cuota en el caso de pago fraccionado, del Impuesto Predial 2011. Que, es necesario otorgar las maximas facilidades a los contribuyentes, para que puedan efectuar el pago de sus tributos municipales, mas aun si se tiene en cuenta que no se ha concluido con la distribucion de la Cuponera 2011. Que, mediante el Informe Nº 031-2011-GR/MDSJM, de fecha 17 de marzo de 2011, Gerencia de Rentas y el Informe Nº 110-2011-GAJ de fecha 29 de marzo de 2011, de la Gerencia de Asesoria Juridica, emitieron opinion favorable sobre la prorroga hasta el 30 de MORDAZA de 2011, el plazo para el pago al contado y de la 1ra. Cuota en caso de pago fraccionado, del Impuesto Predial y de la 1ra. Cuota Trimestral de los Arbitrios Municipales correspondientes al periodo 2011. En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, Articulos 20º, 39º y 42, asi como lo dispuesto en la Ordenanza Nº 000186-2011MDSJM MORDAZA Disposicion Final, DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de MORDAZA de 2011, el plazo para el pago al contado y de la 1ra. Cuota en caso de pago fraccionado, del Impuesto Predial y de la 1ra. Cuota Trimestral de los Arbitrios Municipales correspondientes al periodo 2011. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Gerencia de Rentas, el cumplimiento de la presente ordenanza, a la Gerencia de Informatica y Estadisticas su implementacion, a la Gerencia de Secretaria General su publicacion y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 622410-4

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia de la Enmienda al Acuerdo entre Suiza y Peru relativo al Programa "Apoyo a la Micro y Pequena Empresa (APOMIPE)"
Entrada en vigencia del "Enmienda al Acuerdo entre la Confederacion Suiza, Representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperacion (COSUDE) y la Republica del Peru, Representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI) Relativo al Programa "Apoyo a la Micro y Pequena Empresa (APOMIPE)", suscrita el 9 de octubre de 2008, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru y ratificada por Decreto Supremo Nº 017-2011-RE de fecha 1 de febrero de 2011, publicado el 2 de febrero de 2011. Entro en MORDAZA el 16 de marzo de 2011. 623214-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.