Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2011 (02/04/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 86

440330

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de MORDAZA de 2011

a seguir para aplicar provisionalmente las medidas complementarias cuando estas MORDAZA de ejecucion anticipada, estando a lo establecido en los Articulos 25º numeral 2) y 32º numeral 32.1) de la Ordenanza N° 234MDR; De conformidad con el numeral 6) del articulo 20°; articulo 42 de la Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades; Ordenanza N° 234-2011-MDR; Estando, a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Ley N° 27972; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR el reglamento para la aplicacion de medidas complementarias de ejecucion Anticipada y ejecucion posterior de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, el cual consta de cuatro (04) capitulo, veintisiete (27) que en anexo forma parte integrante de la presente norma. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Subgerencia de Fiscalizacion Administrativa. Dado en el Local de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, a los 29 dias de marzo del ano 2011. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA PERAMAS MORDAZA MORDAZA 622643-1

a sus vecinos para que regularicen su estado civil mediante la celebracion del matrimonio comunitario y con ello contribuir al fortalecimiento de la unidad familiar como celula basica de la sociedad; Que, mediante Informe Nº 019-2011-MDSJM-GMRRCC, el Sub Gerente de Registro Civil MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, informa que en cumplimiento al Plan de Trabajo de la Sub Gerencia de Registro Civil se ha programado la realizacion del MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2011, a realizarse el Sabado 07 de MORDAZA de 2011. Que, estando a los fundamentos anteriores, y de conformidad con lo establecido por la Ley Organica de Municipales Nº 27972; el Concejo Distrital de San MORDAZA de Miraflores, aprobo por UNANIMIDAD, lo siguiente DISPONEN LA REALIZACION DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO DEL ANO 2011 EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES Articulo Primero.- AUTORICESE la celebracion del "MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2011" para el dia 07 de MORDAZA de 2011, estableciendose las Inscripciones desde el viernes 1 de MORDAZA al 4 de MORDAZA de 2011. Articulo Segundo.- ESTABLECER como Requisitos los siguientes: CONVIVIENTES: · Partida de nacimiento actualizada de ambos contrayentes. · MORDAZA Simple del documento de identidad de contrayentes. · MORDAZA Simple del documento de identidad de dos (02) testigos. · Partida de nacimiento de uno de los hijos. · Pliego Matrimonial S/. 100 nuevos soles. NO CONVIVIENTES: · Partida de nacimiento actualizada de ambos contrayentes. · MORDAZA Simple del documento de identidad de contrayentes. · MORDAZA Simple del documento de identidad de dos (02) testigos. · Examen medico Pre-Nupcial Costo: S/. 20.00 · Pliego Matrimonial S/. 100 nuevos soles. · Si uno de los contrayentes reside fuera del distrito debera presentar su Certificado de Solteria. Articulo Segundo.- ENCARGUESE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administracion, la Sub Gerencia de Registro Civil y a la Gerencia de Imagen Institucional, quienes deberan realizar las acciones necesarias para cumplir con la presente disposicion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 622410-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Disponen la realizacion de matrimonio civil comunitario
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 190-2011-MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 30 de marzo de 2011 VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 30 de marzo de 2011 el Informe Nº 019-2011-MDSJM-GM-RRCC de fecha 16 de marzo de 2011; el Informe Nº 091-GAJ-2011MDSJM y el Informe Nº 042-2011-SGPR-GP/ MDSJM de fecha 24 de marzo de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 28607, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, senala que los Organos de Gobierno Local son las Municipalidades Provinciales y Distritales, las cuales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomia que debe ser ejercida con sujecion al ordenamiento juridico imperante. Que, el Articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru senala que la comunidad y el Estado protegen especialmente al MORDAZA, al adolescente, a la MORDAZA y al anciano en situacion de abandono. Asimismo, precisa que protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos ultimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, por su parte el numeral 9) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece como una de las atribuciones del Concejo Municipal el crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley; Que, las Municipalidades dentro de su politica de tratamiento social con su comunidad brindan facilidades

Aprueban monto de remuneracion del MORDAZA y dieta de Regidores
ACUERDO DE CONCEJO Nº 020 - 2011/MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 30 de marzo de 2011 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES: VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 30 de marzo de 2011, el Dictamen Nº 001-2011-CAL-MDSJM de fecha 21 de marzo de 2011, y;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.