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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (02/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 87

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de abril de 2011 440331 CONSIDERANDO: Que, visto en sesión Ordinaria conjunta de la Comisión de Asuntos Legales y la Comisión de Administración, Planifi cación y Cooperación Técnica de fecha 21 de marzo de 2011, respecto a los acuerdos de concejo Municipal que trata sobre la Moción de Orden del Día, que establece el sueldo del señor Alcalde y la dieta para los señores Regidores para el período 2011 al 2014 en la Municipalidad de San Juan de Mirafl ores, para que se proceda a dar opinión y dictamen que corresponda. Que, revisando los actuados con el informe legal pertinente, y teniendo a la vista las normas legales que permiten opinar sobre el particular básicamente lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM, que dispone que la remuneración del señor Alcalde se debe fi ar de acuerdo a la población electoral del Distrito de San Juan de Mirafl ores y de este monto corresponderá el treinta por ciento (30%) para fi jar la dieta para los señores Regidores. Que, habiendo escuchado la participación y opinión de los señores Regidores asistentes miembros de la Comisión de Asuntos Legales y Comisión de Administración, Planifi cación y Cooperación Técnica y con el voto en mayoría por parte de los señores regidores ALLEN ORE FLORES, FELIX FIGUEROA ROJAS, ANA GONZALES LEALLE y LUIS MONTOYA CANCHIS con la abstención de los señores Regidores HIPOLITO TITO TITO y PAULINO PINARES ARAGON, en las Comisiones en conjunto de la Municipalidad del Distrito de San Juan de Mirafl ores; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo aprobó por unanimidad y con dispensa el trámite de aprobación del acta. ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la remuneración del señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores y la dieta para los señores Regidores para el período Enero de 2011 al 31 de Diciembre de 2014 se fi je de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Supremo 0025-2007-PCM. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Secretaría General, Gerencia de Administración y Gerencia de Planifi cación el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. Regístrese comuníquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 622410-2 Prorrogan fecha de vencimiento de Beneficios Tributarios y No Tributarios 2011 “Ponte al Día y Cumple con San Juan de Miraflores” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2011-MDSJM San Juan de Mirafl ores, 30 de marzo de 2011. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: El Informe Nº 114-2011-GR/MDSJM de fecha 18 de marzo de 2011 de la Sub Gerencia de Recaudación Tributaria, el Informe N° 032 -2011-GR/MDSJM, de fecha 18 de marzo de 2011 de la Gerencia de Rentas y el Informe Nº 109-2011-GAJ-MDSJM de fecha 29 de marzo de 2011, mediante los cuales se propone la prórroga de la fecha de vencimiento de los Benefi cios Tributarios y No Tributarios 2011 “Ponte al Día y Cumple con San Juan De Mirafl ores” aprobada con Ordenanza Nº 000185-2011 MDSJM, y CONSIDERANDO: Que, los Artículos 74º, 194º y los numerales 3) y 4) del Artículo 195º de la Constitución Política del Perú, reconocen a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga potestad para administrar sus bienes y rentas, estableciendo que mediante Ordenanzas pueda crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de su jurisdicción conforme a Ley, Que, el Artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por D.S. Nº 135-99-EF y sus modifi catorias, establece que los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general el interés moratorio y las sanciones, respecto a los tributos que administra; Que el Artículo 60º del Decreto Supremo 156-2004 EF, “Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal”, establece que las Municipalidades crean, modifican, suprimen tasas y contribuciones, y otorgan exoneraciones dentro de los límites que fija la Ley, disponiendo en el inciso a) La creación y modificación de tasas y contribuciones se aprueban por ordenanza, e inciso b) para la supresión de tasas y contribuciones las municipalidades no tiene ningún límite legal. Que, mediante Ordenanza N° 000185-2011- MDSJM, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 11 de febrero de 2011, se aprobó los Benefi cios Tributarios y No Tributarios 2011 “Ponte al Día y Cumple con San Juan De Mirafl ores” estableciendo un régimen de excepción para el pago voluntario y al contado de las deudas tributarias y no tributarias, a favor de los contribuyentes de San Juan de Mirafl ores, que comprende a las deudas generadas hasta el año 2011, que se encuentre en cualquier instancia del proceso de cobranza, así mismo, en su Segunda Disposición Final, faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación e implementación, así como para prorrogar su vigencia. Que, siendo política de la actual gestión facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y no tributarias, en especial a aquellos que por motivos económicos no lo efectuaron oportunamente, incentivar el cumplimiento voluntario y responsable de sus obligaciones, con la fi nalidad de sincerar la base tributaria y disminuir los índices de morosidad, facilitando su participación en los programas de premiación y reconocimiento al vecino puntual. Que, de acuerdo a los informes y reportes de ingresos, los benefi cios tributarios han tenido una gran aceptación entre los contribuyentes del distrito, pero debido a los elevados montos de las deudas, que se refl ejan en los altos índices de morosidad, vienen efectuando el pago de sus deudas por partes, solicitando que los benefi cios continúen a fi n de poder emitir cancelar totalmente su deuda; Que, mediante el Informe N° 032 -2011-GR/MDSJM, de fecha 18 de marzo de 2011 de la Gerencia de Rentas y el Informe Nº 109-2011-GAJ-MDSJM de fecha 29 de marzo de 2011 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, emitieron opinión favorable sobre la prórroga hasta el 30 de junio de 2011, la fecha de vencimiento de los Benefi cios Tributarios y No Tributarios 2011 “Ponte al Día y Cumple con San Juan De Mirafl ores” aprobada con Ordenanza Nº 000185-2011 MDSJM, que establece un régimen de excepción para el pago voluntario y al contado de las deudas tributarias y no tributarias, a favor de los contribuyentes de San Juan de Mirafl ores, que comprende a las deudas generadas hasta el año 2011, que se encuentre en cualquier instancia del proceso de cobranza. En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, Artículos 20°, 39° y 42º, así como lo dispuesto en la Ordenanza N° 000185-2011- MDSJM Segunda Disposición Final; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de junio de 2011, la fecha de vencimiento de los Benefi cios Tributarios y No Tributarios 2011 “Ponte al Día y Cumple