Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2011 (02/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de MORDAZA de 2011

1. Modifiquese el numeral 18 del Cuadro 2 del Anexo de la Circular N° S-608-2004, AFP-042-2004 en los siguientes terminos: "Usar: (NSIPC) nuevos soles indexados; (NSTF) nuevos soles reajustados; (US$TF) dolares americanos reajustados; (US$) dolares americanos nominales." 2. Modifiquese el Anexo N° 4 Reservas Tecnicas Obligatorias del SPP ­ Renta Vitalicias de la Circular S-625-2007 "Informacion estadisticas de las reservas tecnicas de los seguros asociados al SPP", conforme a los anexos adjuntos que se publicaran en el MORDAZA electronico institucional (www.sbs.gob.pe), segun lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. 3. Modifiquese el Anexo de informacion de las tasas de cotizacion en el MORDAZA de rentas vitalicias del SPP de la Circular N° S-641-2010 y el Anexo MORDAZA de la Base de datos - Reservas Matematicas de la Circular N° S-628-2010, conforme a los anexos adjuntos que se publicaran en el MORDAZA electronico institucional (www.sbs.gob.pe), segun lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. 4. Modifiquese el numeral 3 de la Circular N° S643-2010, Venta de las inversiones a vencimiento por razones de calce de activos y pasivos, en los siguientes terminos: 3. "Criterios para determinar la venta por razones de calce Se considerara que las ventas anticipadas de inversiones a vencimiento se han realizado por razones de calce, unicamente si se cumplen todas las siguientes condiciones: a) Los Indices de Cobertura de todas las bandas temporales estimados bajo el Escenario Real (CPk), deberan ser como minimo igual a los Indices de Cobertura que se recalculan bajo el Escenario Hipotetico (CP*k), al cierre del mes que se analiza, tanto en nuevos soles indexados a la inflacion como reajustados, asi como en dolares americanos nominales y reajustados. Es decir:
CPk CP*k para las 10 bandas temporales en cada una de las monedas (k varia de 1 hasta 10)

UNIVERSIDADES
Autorizan viatico a favor de docente de la Universidad Nacional Agraria La MORDAZA para participar en curso sobre reparacion y diagnostico de computadoras automotrices, a realizarse en Costa Rica
UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MORDAZA RESOLUCION N° 0225-2011-UNALM La MORDAZA, 25 de marzo del 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion FIA Nº 056-2011 del 18 de marzo del 2011, la Facultad de Ingenieria MORDAZA otorga Comision de Servicios a favor del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del 04 al 08 de MORDAZA del 2011, para participar en el Curso: "Reparacion y Diagnostico de Computadoras Automotrices Nivel I y II", en la MORDAZA de San MORDAZA ­ Costa Rica; Que, mediante Comunicacion N° 246/11 VR.AC. del 21 de marzo del 2011, el Vicerrector Academico solicita se emita una resolucion por viaticos a favor del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Docente de la Facultad de Ingenieria MORDAZA, para que participe en el Curso: "Reparacion y Diagnostico de Computadoras Automotrices Nivel I y II", en la MORDAZA de San MORDAZA ­ Costa Rica, del 04 al 08 de MORDAZA del 2011; Por lo expuesto y estando a las atribuciones conferidas al senor Rector, como Titular del Pliego; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viatico por S/.1,662.00 (Mil Seiscientos Sesenta y Dos con 00/100 nuevos soles), a favor del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Docente de la Facultad de Ingenieria MORDAZA, para que participe en el Curso: "Reparacion y Diagnostico de Computadoras Automotrices Nivel I y II", en la MORDAZA de San MORDAZA ­ Costa Rica, del 04 al 08 de MORDAZA del 2011. Articulo Segundo.- Dicho egreso sera atendido con el dinero presupuestado por el Vicerrectorado Academico. Articulo Tercero.- El mencionado docente se compromete a rendir cuenta del dinero entregado a su retorno en un plazo de quince (15) dias; asimismo, debera presentar ante el Vicerrectorado Academico un informe de las acciones realizadas durante su participacion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARCACUZCO Rector 623209-1

b) Al menos en una de las bandas temporales, para la moneda en la cual se ha realizado la compra, el Indice de Cobertura estimado en el Escenario Real (CPk) debera ser mayor al Indice de Cobertura recalculado bajo el Escenario Hipotetico (CP*k), al cierre del mes que se analiza. Es decir: CPk > CP*k para al menos una de las 10 bandas temporales en la moneda en la que se ha realizado la compra (k varia de 1 hasta 10)."

5. Modifiquese el Anexo Nº 1: Determinacion de los indices de cobertura ­ escenario real y Anexo Nº 2: Determinacion de los indices de cobertura ­ escenario hipotetico, conforme a los anexos adjuntos que se publicaran en el MORDAZA electronico institucional (www. sbs.gob.pe), segun lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. 6. La presente circular entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo de aplicacion para la informacion que se genere a partir del mes de MORDAZA de 2011. Atentamente, MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 622416-1

Autorizan viatico a favor de docente de la Universidad Nacional Agraria La MORDAZA para asistir al IX Congreso Internacional de Pastizales que se llevara a cabo en MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MORDAZA RESOLUCION N° 0233-2011-UNALM La MORDAZA, 31 de marzo del 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 8485/FZ-11 del 25 de marzo del 2011, la Facultad de Zootecnia otorga

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