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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (02/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 75

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de abril de 2011 440319 Pasajes US$ 4117,10 (de los cuales el Banco de España reembolsará 500 Euros por participante) Viáticos complementarios US$ 546,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 623249-1 Autorizan viaje de funcionario a Argentina para participar en Visita de Alto Nivel RESOLUCIÓN SBS Nº 3867-2011 1 de abril de 2011 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada por el Grupo de Acción Financiera Internacional para Sudamérica (GAFISUD) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) para participar en la Visita de Alto Nivel a la República Argentina, la misma que se llevará a cabo los días 05 y 06 de abril de 2011 en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina; CONSIDERANDO: Que, en el último Pleno de Representantes del Grupo de Acción Financiera Internacional para Sudamérica (GAFISUD), se aprobó la conformación de una misión de alto nivel para sostener una serie de reuniones con autoridades argentinas para impulsar distintas iniciativas antilavado que adelanta la Unidad de Inteligencia Financiera de ese país; Que, atendiendo a la invitación cursada y por ser de interés para la institución contribuir al desarrollo y fortalecimiento de los sistemas nacionales de lucha contra el lavado de activos y fi nanciamiento del terrorismo en los países de la región, siendo además la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, la Coordinadora Nacional de la República del Perú ante el Grupo de Acción Financiera Internacional para Sudamérica (GAFISUD), resulta de importancia la participación de esta Superintendencia; Que, en consecuencia se ha considerado conveniente designar al señor Jorge Yumi Taba, Gerente de Asuntos Internacionales y Capacitación, para que integre la delegación de esta Superintendencia que participará en la citada visita; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-14, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2011, estableciéndose en el Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior para participar en eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros, o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus funcionarios, así como para el ejercicio de sus funciones o eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2011, Nº SBS- DIR-ADM-085-14; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Jorge Yumi Taba, Gerente de Asuntos Internacionales y Capacitación de la SBS, del 04 al 07 de abril de 2011 a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2011, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1 257,12 Viáticos US$ 600,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 623286-1 Modificaciones normativas referidas al D.S. Nº 104-2010-EF en relación a la introducción de productos previsionales ajustados a una tasa fija anual CIRCULAR Nº S-649-2011 Lima, 31 de marzo de 2011 CIRCULAR Nº S-649-2011 CIRCULAR Nº AFP-121-2011 -------------------------------------------- Ref.: Modifi caciones normativas referidas al Decreto Supremo N° 104-2010-EF en relación a la introducción de productos previsionales ajustados a una tasa fi ja anual -------------------------------------------- Señor Gerente General Sírvase tomar conocimiento que, en uso de las atribuciones que le confi ere el numeral 13 del artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus normas modifi catorias, en adelante Ley General, esta Superintendencia ha considerado pertinente establecer las siguientes disposiciones, cuya publicación se sujeta a lo dispuesto en el numeral 3.2 del artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS: