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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de abril de 2011 440325 EL INFORME CONCLUYE QUE EN AMBOS CASOS EN LOS SEGUIDOS EN LA INSTANCIA ADMINISTRATIVA Y JUDICIAL, EL DR OSCAR MARTIN ROMERO AQUINO, HA SIDO ABSUELTO Y DECLARADO INOCENTE DE TODA RESPONSABILIDAD EN EL USO Y MANEJO DE LOS FONDOS PUBLICOS EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES AL FRENTE DE LA GERENCIA MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA. QUE, ESTANDO A LO DISPUESTO POR LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO Y LEYES VIGENTES SOBRE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA QUE ESTABLECEN: La Constitución Política reconoce como derecho fundamental que “Toda persona es considerada inocente mientras no se haya declarado judicialmente su responsabilidad”, lo que se establece en el artículo 2°, inciso 24) numeral e) de dicha norma suprema. 2.- El derecho a la presunción de inocencia tiene los siguientes presupuestos: 1. -Solo la sentencia tiene la virtualidad de construir jurídicamente la culpabilidad del imputado; 2.- La responsabilidad implica la adquisición de un grado de certeza a través de la mínima actividad probatoria; 3.- El imputado no tiene que construir su inocencia; 4.-El imputado no pierde el estado de inocencia. POR ESTAS RAZONES Y AL HABERSE PUBLICADO, LA INSTAURACION DE DENUNCIA PENAL EN EL PRIMER CASO EN EL DIARIO OFICIAL “EL PERUANO” DE FECHA 26 DE MARZO DEL 2008 Y EL SEGUNDO CASO IGUALMENTE EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO DE FECHA LUNES 31 DE AGOSTO DE 2009, Y AL HABER SIDO ABSUELTO DE DICHAS IMPUTACIONES EN LOS AMBITOS ADMINISTRATIVO Y JUDICIAL, CORESPONDE: APROBAR EL DESAGRAVIO INSTITUCIONAL AL FUNCIONARIO ALUDIDO DR. OSCAR MARTIN ROMERO AQUINO, EX – GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA, POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS PERSONALES Y PROFESIONALES QUE PUDIERAN HABER AFECTADO SU REPUTACION Y BUEN NOMBRE; ORDENANDOSE LA PUBLICACION DE LA MISMA EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO. Que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 9º. y 41º. de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, con la votación por MAYORIA del Cuerpo de Regidores y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta; ACUERDA: Artículo Primero : APROBAR EL DESAGRAVIO INSTITUCIONAL AL FUNCIONARIO ALUDIDO DR. OSCAR MARTIN ROMERO AQUINO, EX – GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA, POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS PERSONALES Y PROFESIONALES QUE PUDIERAN HABER AFECTADO SU REPUTACION Y BUEN NOMBRE; ORDENANDOSE LA PUBLICACION DE LA MISMA EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO. Artículo Segundo: ENCARGAR a la Gerencia de administración y Finanzas la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Articulo Tercero: ENCARGAR a la Secretaria General notifi car el presente Acuerdo al interesado para su conocimiento y fi nes. Regístrese , comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSE ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde 622669-1 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Prorrogan plazo de vencimiento de primera cuota del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales de 2011 DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2011-A-MDC Cieneguilla, 29 de marzo de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO: El Informe Nº 038-2011-MDC/GR, de fecha 28 de Marzo del 2011 de la Gerencia de Administración Tributaria, el Proveído s/n de fecha 29 de marzo de 2011 de la Gerencia Municipal y el Informe Nº 127-GAJ-MDC, de fecha 29 de Marzo del 2011 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre ampliación de las fechas de vencimiento de los tributos 2011 y de la vigencia del Benefi cio Tributario de los Arbitrios del Ejercicio Fiscal 2011 en el distrito de Cieneguilla. CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972 los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 130-2011-MDC, se estableció un régimen de incentivos por el Pronto Pago, de los Tributos Municipales 2011, otorgando un descuento del 10% sobre el monto insoluto de la Tasa de Arbitrios Municipales del Ejercicio 2011, para los contribuyentes que paguen de forma adelantada del Total de los Arbitrios Municipales y el Impuesto Predial del presente ejercicio, hasta el vencimiento de la primera cuota, fi jándose el cronograma de pagos con vencimiento de la primera cuota el 31 de Marzo del presente ejercicio tanto para Impuesto Predial como para los Arbitrios Municipales; Que, el artículo sexto de la Ordenanza Nº 130-2011- MDC faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como disponer la prórroga de la misma de ser necesario; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en los artículos 20º inciso 6 y 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo Primero: PRORROGAR el plazo de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales del 2011, hasta el 30 de Abril del presente ejercicio. Artículo Segundo: APLICAR el artículo tercero de la Ordenanza Nº 130-2011-MDC hasta el vencimiento prorrogado de la primera cuota del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales. Artículo Tercero: ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Administración Tributaria, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, a Secretaría General disponga su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (www.municieneguilla.gob.pe), en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano. gob.pe) y a la Subgerencia de Relaciones Públicas y Registro Civil la difusión de la misma. Regístrase, comuníquese, publíquese, cúmplase. EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA Alcalde 622606-1 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Aprueban Política de Uso Racional del Agua en el distrito del Rímac ORDENANZA Nº 238 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC