Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (09/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 64

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de abril de 2011 440656 Los participantes que incumplan con las disposiciones del presente reglamento y los lineamientos establecidos, se harán acreedores a una suspensión parcial o defi nitiva en sus derechos como Agente Participante. CAPÍTULO IV DE LAS INSTANCIAS DE ORGANIZACIÓN Artículo 9º.- El Alcalde y los miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital convocan a participar en el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2012. Artículo 10º.- El Equipo Técnico Municipal, tiene la misión de brindar soporte técnico, preparación de información, capacitación, desarrollo de talleres participativos, la evaluación técnica y presupuestal de las propuestas y la consolidación de resultados del Presupuesto Participativo. Artículo 11º.- El Equipo Técnico Municipal estará integrado por los siguientes funcionarios: a) Gerente de Planifi cación Coordinador b) Gerente de Desarrollo Social Miembro c) Gerente de Desarrollo Urbano Miembro d) Gerente de Desarrollo Económico Local Miembro e) Gerente de Servicios a la Ciudad. Miembro f) Gerente de Asesoria Legal Miembro g) Sub Gerente de Presupuesto Miembro Artículo 12º.- El Equipo Técnico Municipal tendrá las siguientes responsabilidades: 1. Brindar apoyo para la organización y ejecución del proceso. 2. Facilitar información para el desarrollo de los talleres de trabajo. 3. Realizar la evaluación técnica y económica de los proyectos propuestos. 4. Preparar y presentar la lista de proyectos que aprobaron la evaluación técnica y económica 5. Elaborar el documento fi nal del Presupuesto Participativo para el año 2012. Artículo 13º.- El Comité de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo 2012, es elegido por los agentes participantes en el Taller de Formalización de Acuerdos, será conformado por los agentes participantes que representan a la sociedad civil y debe ser reconocido formalmente por el Concejo Municipal. El Comité de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo 2012, será conformado por seis (06) Agentes Participantes como miembros elegidos por cada zona del distrito. El cargo en este comité es incompatible con la función de representante ante el Concejo de Coordinación Local Distrital (CCLD). El Comité de Vigilancia y Control tendrá vigencia hasta la culminación de los proyectos priorizados y ejecutados correspondientes al ejercicio fi scal para el que fueron elegidos. Su trabajo es ad-honorem, por tanto no reciben retribución pecuniaria alguna. Artículo 14º.- Son funciones y atribuciones del Comité de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo 2012 las siguientes: a) Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del Presupuesto Participativo. b) Informar al Concejo Municipal, Concejo de Coordinación Local Distrital y otras dependencias en caso de incumplimiento de los acuerdos. No podrán ser elegidos como miembros del Comité de Vigilancia y Control para el período del Presupuesto Participativo 2012, los miembros que pertenecen a Presupuestos Participativos anteriores que vienen cumpliendo actividades propias de su función. TÍTULO II CAPÍTULO I DE LA FORMULACION DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2012 Artículo 15º.- Las fases del proceso de Presupuesto Participativo 2012, son las siguientes: 1. Preparación, comprende las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identifi cación, y capacitación de los agentes participantes, (se realiza en la Actividad I Preparación, Comunicación y Sensibilización). 2. Concertación, comprende las actividades de identifi cación y evaluación técnica de los proyectos, así como de concertación para la priorización y la formulación de acuerdos y compromisos entre los agentes participantes (se realiza en la Actividad III Capacitación de Participantes). 3. Coordinación entre niveles de gobierno, implica las acciones de articulación y consistencia de proyectos entre el Gobierno Regional y Gobierno Local Provincial y Gobierno Local Distrital (se realiza en la Actividad IV Talleres de Trabajo). 4. Formalización, considera las actividades para la inclusión de las prioridades concertadas en el respectivo presupuesto institucional y la rendición de cuentas sobre la ejecución (se realiza en la Actividad V Formalización de Acuerdos). CAPÍTULO II DE LA PREPARACION Artículo 16º.- La fase de Preparación del Proceso estará a cargo del Equipo Técnico Municipal; en tanto que la Convocatoria estará a cargo del Alcalde en su calidad de presidente del Concejo de Coordinación Local Distrital, la convocatoria se inicia con la apertura del libro de agentes participantes, así como, la invitación respectiva para inscribirse y participar al proceso participativo, debiendo utilizarse los medios que aseguren la participación de los representantes de las distintas entidades del estado y de la sociedad civil de todos los sectores del distrito debidamente acreditadas. Cada organización podrá acreditar hasta dos (02) delegados (titular y alterno) al proceso, los cuales deberán presentar copia autenticada del acta de acuerdo de asamblea general u órgano directivo que los designe para tal fi n. Artículo 17º.- Los Agentes Participantes tienen como misión principal la discusión, la identifi cación y formulación de proyectos de inversión de impacto local, en el proceso de Presupuesto Participativo 2012, partiendo de la cartera de proyectos propuestas por el Alcalde Artículo 18º.- La Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores, aplicará las herramientas de comunicación adecuadas para la difusión del proceso y sensibilización de la población, a efectos de convocarlos a participar e informar de la importancia del Presupuesto Participativo. Asimismo, brindará la capacitación a los Agentes Participantes en materia de Presupuesto participativo, Sistema Nacional de Inversión Pública, Descentralización y otros temas de Desarrollo. CAPÍTULO III DE LA FASE DE CONCERTACION Artículo 19º.- El Alcalde, en calidad de Presidente del Concejo de Coordinación Local Distrital, convocará la realización de los talleres de trabajo a través de los cuales se desarrollaran las distintas acciones conducentes a la priorización de resultados, proyectos de inversión y compromisos del Estado y la sociedad civil. Artículo 20º.- El Equipo Técnico es el encargado de brindar apoyo para la realización de los talleres de trabajo, debiendo preparar la información necesaria y consolidar los resultados para la posterior evaluación de las propuestas de inversión resultantes del proceso para ser consideradas en el presupuesto institucional. Artículo 21º.- En la Etapa de Identifi cación y Priorización de Resultados, se presentará la visión, lineamientos y objetivos estratégicos contenidos en el PDC, su avance de ejecución y logro de resultados e impactos. Culminada la Primera parte del taller, el Equipo Técnico presentará el Diagnóstico del ámbito territorial por cada línea estratégica, incluyendo información disponible sobre los principales indicadores. Y procederá a informar sobre la Identifi cación y priorización de proyectos deseados de la localidad enmarcados en el Presupuesto por Resultados.