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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (10/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 73

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 10 de abril de 2011 440737 Que, de conformidad con el Artículo 46º y 49º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar, siendo que mediante ordenanza se determina el régimen de sanciones administrativas por la infracción a sus disposiciones estableciendo las escalas de multas en función de la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias; y asimismo, que las sanciones que aplique la autoridad municipal podrán ser las de multa, suspensión de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso, retenciones de productos y mobiliario, retiro de elementos antirreglamentarios, paralización de obras, demolición, internamiento de vehículos, inmovilización de productos y otras; Que, en virtud del Artículo 229º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, se faculta a cualquiera de las entidades de la administración pública de establecer infracciones administrativas y las consecuentes sanciones a sus administrados; Que, a la fecha se encuentra vigente la Ordenanza Nº 008-2004-MDSL y modifi catorias, por la cual se aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones Administrativas (CIS) de la Municipalidad Distrital de San Luis, la misma que es necesaria actualizar en mérito a las nuevas disposiciones legales vigentes a la fecha, Que, en tal sentido la Gerencia Municipal mediante Informe Nº 042-2011-GM-MDSL, propone la aprobación del Nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones – RAS, así como el Cuadro de Infracciones y Sanciones - CIS de la Municipalidad Distrital de San Luis; De conformidad a lo estipulado en los artículos 2º inciso 22) y 191) de la Constitución Política del Estado, artículo 20º numeral 5), artículo 39º, 40º y 46º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 9º numeral 8) de la norma antes citada, el Concejo Municipal: con la dispensa de la lectura y del trámite de aprobación del Acta, por Unanimidad, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL NUEVO REGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES - RAS Y CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES – CIS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS Artículo Primero.- APROBAR el Nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) y el Cuadro de Infracciones y Sanciones (CIS) de la Municipalidad Distrital de San Luis, los mismos que como Anexo I forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR al superior jerárquico del Órgano de Fiscalización, la formulación y aprobación de los formatos y actas necesarios para la efectiva y correcta implementación del Reglamento de Aplicación de Sanciones (RAS), los mismos que serán de uso obligatorio, quedando facultado el Órgano de Fiscalización a adecuar las mismas cuando las circunstancias lo requieran. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Subgerencia de Informática y Estadística, la publicación del texto íntegro del Régimen de Aplicación de Sanciones - RAS y el Cuadro de Infracciones y Sanciones – CIS de la Municipalidad Distrital de San Luis (Anexo I), al que se refi ere el artículo primero, en la página web de la Municipalidad de San Luis (http:// www.munisanluis.gob.pe) y en el portal de Servicios del Ciudadano y Empresas (http://www.serviciosalciudadano. gob.pe), dentro de los plazos establecidos en la Ley Nº 29091 y el Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, conforme a lo regulado por dichas normas. Artículo Cuarto.- ENCARGAR al Órgano de Fiscalización, Gerencia de Rentas y áreas involucradas, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a los treinta (30) días calendarios contados a partir de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RICARDO CASTRO SIERRA Alcalde ANEXO 01 ORDENANZA QUE APRUEBA EL RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES (RAS) Y CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CIS) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS TÍTULO PRELIMINAR Artículo I.- BASE LEGAL PARA LA APLICACIÓN DEL PRESENTE RÉGIMEN El presente Régimen y el Cuadro de Infracciones y Sanciones – CIS, se regulan por las disposiciones de la Ordenanza que lo aprueba, y en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444, la Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva Nº 26979, y demás normas complementarias emanadas por los sectores correspondientes. Artículo II.- PRINCIPIOS DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR El procedimiento sancionador se sustenta en los principios de la potestad sancionadora administrativa establecida en el Artículo 230º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444. Sin perjuicio de lo señalado también se aplicarán al procedimiento sancionador los principios del procedimiento administrativo, regulados en el Artículo IV del Título Preliminar de la norma precitada. TITULO I DISPOSICIONES GENERALES DEL RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- OBJETO Y FINALIDAD El presente Régimen tiene por objetivo establecer las normas y condiciones generales que sustenten el procedimiento administrativo sancionador, garantizando al vecino la correcta aplicación de sanciones ante el incumplimiento de las normas municipales o de leyes, que establezcan infracciones cuya sanción se encuentre reservada a los gobiernos locales. Asimismo, tiene por finalidad crear una actitud cívica orientada al respeto y cumplimiento de las disposiciones municipales por parte de particulares, empresas e instituciones, que permitan la convivencia en comunidad y propicien el desarrollo integral y armónico del distrito de San Luis. Artículo 2º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN El presente Régimen será de aplicación en la jurisdicción del distrito de San de Luis, siendo de estricto cumplimiento para todas aquellas personas naturales o jurídicas que cometieran una o más infracciones dentro de esta jurisdicción, aun si su domicilio se ubique fuera del distrito de San Luis. Artículo 3º.- ORGANOS COMPETENTES a) Órgano de Fiscalización: La Subgerencia de Fiscalización Tributaria es la competente para la aplicación del presente Régimen; asimismo, es el único órgano responsable y encargado de establecer las infracciones y sus correspondientes multas y medidas complementarias, que correspondan en el Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad (ello a través de la respectiva Resolución de Sanción). De igual modo, tiene como función resolver las solicitudes de prescripción de sanciones, así como, resolver en primera instancia los recursos interpuestos contra las resoluciones emitidas en el procedimiento sancionador. La Subgerencia de Fiscalización Tributaria, a través del Cuerpo de Inspectores, es el encargado de llevar a cabo todas aquellas inspecciones o acciones que conduzcan a verifi car el cumplimiento de las normas municipales o de leyes vigentes que establezcan infracciones, cuya sanción se encuentre reservada a los gobiernos locales, todo ello a