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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 10 de abril de 2011 440735 DEBE DECIR. Trazado de los cajones de estacionamientos con las medidas reglamentarias (mínimo 2.50m de ancho por 5.00m de largo, la distancia mínima entre los espacios de estacionamiento opuestos o entre la parte posterior de un espacio de estacionamientos y el lindero o pared de cierre opuesto será de 6.50ml). • Art. 17.3 Literal g DICE: En semisótanos se podrá utilizar para estacionamiento, la totalidad del área del terreno (con excepción de la zona afectada por el ochavo reglamentario, de encontrarse en esquina) pudiendo habilitar terrazas en el retiro sobre NPT. +1-50 mt. , el cerco frontal hacia la vía pública medido desde el nivel de piso terminado no deberá tener una altura mayor de 2.50 m. DEBE DECIR: En semisótanos se podrá utilizar para estacionamiento, la totalidad del área del terreno (con excepción de la zona afectada por el ochavo reglamentario, de encontrarse en esquina) pudiendo habilitar terrazas en el retiro sobre NPT. + 1-50mt. , el cerco frontal hacia la vía pública medido desde el nivel de vereda no deberá tener una altura mayor de 2.50 mt. • Art. 18.1, literal c. DICE: Residencial de densidad baja (RDM) DEBE DECIR. Residencial de densidad media(RDM) • Art. 23.6, literal e. DICE: Para las Urbanizaciones y otros lotes con áreas mayores a 1,000m2 aplicadas a Zonifi cación RDMB, se considerara lo siguiente. DEBE DECIR. Para las Urbanizaciones aplicadas a Zonifi cación RDMB, se considerara lo siguiente: • Art. 23.6, literal e.3 DICE: Retiro Posterior: 5.00 ml DEBE DECIR: Retiro posterior : 5.00 ml. (Para lotes mayores a 1,000m2) Retiro posterior : 3.00 ml. (Para lotes con área menor a 1,000m2) • Art. 23.6, literal e.4 DICE: En Calles y/o Jirones : 3.00 ml En Avenidas : 5.00 ml DEBE DECIR: En Calles y/o Jirones : 5.00 ml. (Para lotes mayores a 1,000m2) En Calles y/o Jirones : 3.00 ml. (Para lotes con área menor a 1,000m2) Avenidas : 5.00ml 626496-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE Aprueban Normas Complementarias para la Venta de Bienes Inmuebles mediante Subasta Pública DECRETO DE ALCALDÍA Nº 09-2011-MDL-ALC Lince, 28 de marzo del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE VISTOS: El Memorando Nº 054-2011-MDL-OAF de la Ofi cina de Administración y Finanzas y el Informe Nº 192-2011- MDL/OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece en su artículo 59º que la transferencia de propiedad de los bienes municipales, en este caso inmuebles, debe ser por subasta pública y conforme a Ley, entiéndase las disposiciones de la Ley del Sistema Nacional de Bienes Estatales – Ley Nº 29151y su Reglamento y el Código Procesal Civil, como normas supletorias. Que, el Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones de bienes muebles e inmuebles de la Municipalidad Distrital de Lince, aprobado por la Ordenanza Nº 208- MDL, establece en su Capítulo V, que los bienes que han sido dados de baja, incluyendo los inmuebles deberán ser vendidos mediante subasta pública estableciendo el marco general para llevar a cabo el referido procedimiento. Que de acuerdo a lo señalado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica resulta necesario para la venta de bienes inmuebles aprobar normas complementarias que establezcan los lineamientos para su consecución y rijan el procedimiento desde la formulación de Bases hasta el Otorgamiento de la Buena Pro, así como las responsabilidades de la Comisión como órgano competente. Que, conforme lo establecido en el Artículo Quinto de la Ordenanza Nº 208-MDL, las Normas Complementarias deben ser aprobadas por Decreto de Alcaldía. Estando a lo expuesto y de conformidad a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar las Normas Complementarias para la Venta de Bienes Inmuebles mediante Subasta Pública de la Municipalidad Distrital de Lince. Artículo Segundo.- Encárguese el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Ofi cina de Administración y Finanzas y a la Comisión de Venta de Bienes Inmuebles. Regístrese, publíquese y cúmplase. MARTÍN PRINCIPE LAINES Alcalde 625944-1 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Aprueban cesión en uso de camiones compactadores a favor de la Municipalidad, a ser empleados en el servicio de recojo de residuos sólidos ACUERDO DE CONCEJO Nº 022-2011/MM Mirafl ores, 31 de marzo de 2011