Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2011 (12/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, martes 12 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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articulo 6º del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emision de la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion, que dispone la inscripcion de la constitucion de la "Mancomunidad Municipal Larapacce - MANLARAPACCE", en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley Nº 29341; el Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 0632007-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Formalizacion de Inscripcion de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la "Mancomunidad Municipal Larapacce - MANLARAPACCE"; integrada por las Municipalidades Distritales de Chavina y Sancos, en la Provincia de Lucanas, en el Departamento de Ayacucho; reconociendosele, a partir de dicho acto, la condicion de persona juridica de derecho publico, como entidad publica. Articulo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal Larapacce - MANLARAPACCE", como sigue: - Presidente: MORDAZA MORDAZA Quillca MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Chavina. - Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Sancos. Articulo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Tecnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitucion y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitucion de la "Mancomunidad Municipal Larapacce - MANLARAPACCE", en el Registro de Mancomunidades Municipales. Articulo 4º.- Publicacion Disponer la publicacion de la presente Resolucion de Secretaria de Descentralizacion en el Diario Oficial El Peruano, y en la pagina web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe/sd. Articulo 5º.- Vigencia La presente Resolucion rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario de Descentralizacion Presidencia del Consejo de Ministros 626761-1 RESOLUCION DE SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Nº 250-2011-PCM/SD MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2011 VISTOS: El Oficio Nº 007-2011-PCD-MANPCEA/AYAC; el Informe Tecnico de Viabilidad S/N; la Ordenanza Municipal Nº 002-2011-MPC de la Municipalidad Provincial Cangallo; la Ordenanza Municipal Nº 019-2011-MPHS de la Municipalidad Provincial MORDAZA Sancos; la Ordenanza Municipal Nº 020-2011-MPS de la Municipalidad Provincial Sucre; la Ordenanza Municipal Nº 005-2011-MPF-H/A de la Municipalidad Provincial MORDAZA Fajardo; la Ordenanza Municipal Nº 002-2011-MPVH de la Municipalidad Provincial MORDAZA Huaman; el Acta de Constitucion y el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal Provincial del

Centro de MORDAZA - MANPCEA"; y el Informe Nº 0392011­PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley Nº 29341, en el articulo 2º, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o mas municipalidades, colindantes o no, con la finalidad de llevar a cabo la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras; promoviendo el desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el articulo 5º, senala que la inscripcion en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personeria juridica de derecho publico a la mancomunidad municipal; Que, el articulo 11º del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitucion de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley Nº 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobandose el MORDAZA Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Oficio de Vistos, el Senor MORDAZA y Presidente de la "Mancomunidad Municipal Provincial del Centro de MORDAZA - MANPCEA" solicita la inscripcion de esta, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Provinciales de Cangallo, MORDAZA Sancos, Sucre, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, en el Departamento de Ayacucho; Que, el Informe Tecnico de Viabilidad de Vistos contiene informacion sobre: Caracterizacion de la Mancomunidad Municipal: ubicacion y extension territorial, recursos y condiciones naturales; Diagnostico social demografico: poblacion, servicios basicos de la vivienda, indicadores de empleo, y actividad economica; Gestion estrategica: vision, mision, eje priorizado, fines, objeto y objetivos; y Gestion descentralizada: estructura organica y funciones a delegarse; Que, el Estatuto senala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Ejecucion, construccion, ampliacion y mejoramiento de los proyectos, planes y programas para el desarrollo economico local, social, medio ambiente y fortalecimiento institucional, b) Fomento de la cultura, y rescate de la identidad cultural, c) Promocion de la participacion vecinal en el desarrollo local con el enfoque del territorio mancomunado, y d) Fomento de la inversion privada y promocion del empleo; Que, en el ambito de las funciones, el Estatuto establece como delegacion de funciones especificas exclusivas: a) Planificar y concertar el desarrollo social en su circunscripcion en MORDAZA con las politicas y planes, regionales y provinciales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza, b) Ejecutar actividades de apoyo, directo e indirecto, a la actividad empresarial en su jurisdiccion sobre informacion, capacitacion, acceso a mercados, tecnologia, financiamiento y otros MORDAZA, a fin de mejorar la competitividad, c) Concertar con instituciones, del sector publico y privado, de su jurisdiccion sobre la elaboracion y ejecucion, de programas, planes y proyectos, que favorezcan el desarrollo economico del distrito, d) Promover las condiciones favorables, para la productividad y competitividad, de las zonas urbanas y rurales del distrito, e) Fortalecer y desarrollar MORDAZA productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 28846, y f) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo senalado en la Ley Nº 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 192-2009EF. Adicionalmente, como delegacion de funciones especificas compartidas: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecucion de las obras de infraestructura, MORDAZA o rural, que MORDAZA indispensables para el desenvolvimiento de la MORDAZA del vecindario, la produccion, el comercio, el transporte y la comunicacion en el distrito; tales como pistas o calzadas, vias, puentes, parques, mercados, MORDAZA de irrigacion, locales comunales, electrificacion y obras similares, en coordinacion con las

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