TEXTO PAGINA: 9
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 12 de abril de 2011 440793 de inscripción de la adecuación de constitución de la mancomunidad municipal; Que, mediante el Ofi cio de Vistos, el señor Presidente de la “Mancomunidad Municipal Rural Frontera Binacional Sur Andino Collasuyo”, solicita la inscripción de la adecuación de constitución de ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales; Que, el Estatuto modifi cado de la “Mancomunidad Municipal Rural Frontera Binacional Sur Andino Collasuyo” describe el siguiente objeto: a) Construcción y mejoramiento de infraestructura vial, b) Promover la participación vecinal en el desarrollo local, y c) Promover proyectos de desarrollo social entre los sectores Educación, Salud y Agricultura; Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de funciones específi cas exclusivas: a) Concertar con instituciones, del sector público y privado, de su jurisdicción, sobre la elaboración y ejecución, de programas y proyectos, que favorezcan el desarrollo económico del distrito, y b) Facilitar y participar en los espacios de concertación y participación ciudadana para la planifi cación, gestión, y de protección y apoyo a la población en riesgo. Adicionalmente, como delegación de funciones específi cas compartidas: a) Realizar acciones, convenios y proyectos, principalmente entre las municipalidades que compartan cuencas hidrográfi cas, corredores viales, turísticos, económicos, zonas ecológicas comunes que involucren participación fi nanciera, técnica y de equipo para realizar proyectos determinados, b) Elaborar y gestionar proyectos ante las entidades nacionales e internacionales, públicas y privadas, que busquen y auspicien el desarrollo productivo, social y cultural de la mancomunidad; pudiendo para ello gestionar recursos fi nancieros, humanos y técnicos ante distintas fuentes, c) Promover y ejecutar proyectos de alcance interdistrital, y d) Gestionar recursos fi nancieros para la ejecución de proyectos de desarrollo económico, productivo, cultural y social; Que, fi nalmente, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Rural Frontera Binacional Sur Andino Collasuyo”, contiene información sobre su domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefi nida, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de municipalidades, requisitos para su modifi cación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la adecuación de constitución de la “Mancomunidad Municipal Rural Frontera Binacional Sur Andino Collasuyo”, la aprobación de su Estatuto y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Capaso, Desaguadero, Huacullani, Kelluyo y Pisacoma, aprueban la adecuación de constitución de la “Mancomunidad Municipal Rural Frontera Binacional Sur Andino Collasuyo”; ratifi cando el contenido de las actas de Adecuación de Constitución, el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 041-2011–PCM/SD-OGI- MIRA, en la elaboración de los documentos presentados para la inscripción del acto de adecuación de constitución, se han cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 23º del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la adecuación de constitución de la “Mancomunidad Municipal Rural Frontera Binacional Sur Andino Collasuyo”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley Nº 29341; el Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228- 2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de Adecuación de Constitución Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la adecuación de constitución de la “Mancomunidad Municipal Rural Frontera Binacional Sur Andino Collasuyo”; integrada por las Municipalidades Distritales de Capaso, en la Provincia de El Collao, y Desaguadero, Huacullani, Kelluyo y Pisacoma, en la Provincia de Chucuito, en el Departamento de Puno; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal Rural Frontera Binacional Sur Andino Collasuyo”, como sigue: - Presidente: Juan Carlos Aquino Condori, alcalde de la Municipalidad Distrital de Desaguadero. - Director: Gualberto Uruche Gutiérrez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Capaso. - Director: Braulio Morales Choquecahua, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huacullani. - Director: Paulo Miguel Hualpa Choque, alcalde de la Municipalidad Distrital de Kelluyo. - Director: Ramón Ticona Ticona, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pisacoma. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Estatuto, el Acta de Adecuación y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Adecuación de Constitución de la “Mancomunidad Municipal Rural Frontera Binacional Sur Andino Collasuyo”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO MATOS ZÚÑIGA Secretario de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros 626761-3 RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 252-2011-PCM/SD Lima, 8 de abril de 2011 VISTOS: El Ofi cio Nº 001-2011-MM”WIÑAY AYLLU”/PCD; la Ordenanza Municipal Nº 003-2011-MDA de la Municipalidad Distrital Arapa; la Ordenanza Municipal Nº 001-2011-MDC/ A de la Municipalidad Distrital Caminaca; la Ordenanza Municipal Nº 002-2011-MDPVA/CM de la Municipalidad Distrital de Pedro Vilca Apaza; la Ordenanza Municipal Nº 002-2011-MDCH/A de la Municipalidad Distrital Chupa; el Acta de Adecuación de Constitución; el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Rural WIÑAY AYLLU”; y el Informe Nº 020-2011–PCM/SD-OGI-JLMM; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley Nº 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5º, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal;