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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (12/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 12 de abril de 2011 440794 Que, la Tercera Disposición Complementaria del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2010- PCM, establece que la inscripción de la adecuación de constitución de la mancomunidad municipal le otorga personería jurídica de derecho público a ésta; Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 036-2008-PCM/SD, se dispuso la inscripción de la “Mancomunidad Municipal Rural WIÑAY AYLLU”, integrada por las Municipalidades Distritales de Arapa, Caminaca, Chupa, de la Provincia de Azángaro y la Municipalidad Distrital de Pedro Vilca Apaza de la Provincia de San Antonio de Putina, en el Departamento de Puno; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley Nº 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales que, en su artículo 23º, establece el procedimiento de inscripción de la adecuación de constitución de la mancomunidad municipal; Que, mediante el Oficio de Vistos, el señor Presidente de la “Mancomunidad Municipal Rural WIÑAY AYLLU”, solicita la inscripción de la adecuación de constitución de ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales; Que, el Estatuto modifi cado de la “Mancomunidad Municipal Rural WIÑAY AYLLU” describe el siguiente objeto: a) Promover los servicios de infraestructura social: servicios de salud básica, desnutrición infantil y servicios de educación básica, b) Promover los servicios de infraestructura económica: infraestructura vial, servicios de saneamiento, electrifi cación rural, infraestructura agrícola, telecomunicación rural, desarrollo de capacidades para la gestión integral de cuencas y promover el turismo y desarrollo de capacidades; Que, asimismo, en el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Rural WIÑAY AYLLU” se describen los siguientes objetivos: a) Promover y ejecutar proyectos interprovinciales e interdistritales, b) Promover mejores niveles de efi ciencia y efi cacia en la gestión municipal para la prestación de servicios públicos locales e interprovinciales, c) Gestionar recursos fi nancieros para la ejecución de proyectos de desarrollo económico, productivo, cultural turístico y social a nivel de la mancomunidad, d)Implementar las normas de transparencia, rendición de cuentas y acceso a la información, e) Promover el desarrollo de importación y exportación de los productos de la zona.; Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de funciones específicas exclusivas: a) Implementar el servicio de limpieza pública determinando las áreas de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desechos, b) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del distrito, c) Facilitar y participar en los espacios de concertación y participación ciudadana para la planificación, gestión, y de protección; así como de apoyo a la población en riesgo. Adicionalmente, como delegación de funciones específicas compartidas: a) Administrar y reglamentar, directamente el servicio de agua potable, alcantarillado y desagüe, limpieza pública y tratamiento de residuos sólidos; Que, fi nalmente, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Rural WIÑAY AYLLU”, contiene información sobre su adecuación de constitución, personería jurídica, ámbito territorial, domicilio, plazo de duración, fi nes, objeto, objetivos, funciones delegadas, organización, regímenes económicos y de personal, modifi cación del Estatuto, sobre disolución – liquidación, transparencia y rendición de cuentas y disposiciones fi nales; su contenido se encuentra elaborado de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal y el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la adecuación de constitución de la “Mancomunidad Municipal Rural WIÑAY AYLLU”, la aprobación de su Estatuto y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Arapa, Caminaca, Chupa y Pedro Vilca Apaza, aprueban la adecuación de constitución de la “Mancomunidad Municipal Rural WIÑAY AYLLU”; ratifi cando el contenido de las actas de Adecuación de Constitución, el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 020-2011–PCM/SD-OGI- JLMM, en la elaboración de los documentos presentados para la inscripción del acto de adecuación de constitución, se han cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 23º del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la adecuación de constitución de la “Mancomunidad Municipal Rural WIÑAY AYLLU”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley Nº 29341; el Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063- 2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de Adecuación de Constitución Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la adecuación de constitución de la “Mancomunidad Municipal Rural WIÑAY AYLLU”; integrada por las Municipalidades Distritales de Arapa, Caminaca, Chupa, de la Provincia de Azángaro y de la Municipalidad Distrital de Pedro Vilca Apaza de la Provincia de San Antonio de Putina, en el Departamento de Puno; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal Rural WIÑAY AYLLU”, como sigue: - Presidente: Graciano Mendoza Ayamamani, alcalde de la Municipalidad Distrital de Arapa. - Director: Juan Apaza Yupa, alcalde de la Municipalidad Distrital de Caminaca. - Director: Walter Mamani Quispe, alcalde de la Municipalidad Distrital de Chupa. - Director: Cecilio Maldonado Cañapataña, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pedro Vilca Apaza. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Estatuto, el Acta de Adecuación y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Adecuación de Constitución de la “Mancomunidad Municipal Rural WIÑAY AYLLU”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe/sd. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO MATOS ZÚÑIGA Secretario de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros 626761-4