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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (12/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 12 de abril de 2011 440796 Visto el Memorándum Nº 083-2011-PROMPERU/DE de la Secretaria General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ; CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, PROMPERÚ participará en el primer “Foro Latinoamericano y del Caribe de Outsourcing y Offshoring”, organizado por el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, Tholons y la Agencia de Promoción de Inversiones y Exportaciones del Uruguay, evento que se llevará a cabo los días 14 y 15 de abril de 2011, en la ciudad de Montevideo República Oriental del Uruguay; Que, es importante la participación de PROMPERÚ, en el referido evento, porque permitirá conocer la tendencias globales en la industria de servicios, así como identifi car las oportunidades con que cuenta Latinoamérica y el Caribe para capturar este importante mercado; asimismo, en dicho evento se realizarán reuniones de negocios entre empresarios de Latinoamérica y el Caribe y Estados Unidos, Asia y Europa, con la fi nalidad de encontrar socios estratégicos para sus operaciones de outsourcing; Que, por tal razón, la Secretaria General de PROMPERÚ solicita que se autorice el viaje del señor Álvaro Antonio Gálvez Calderón, quien presta servicio en dicha institución, para que en representación de PROMPERÚ, participe en el referido evento con el fi n de realizar acciones de promoción de exportaciones peruanas, tomando en cuenta que el Banco Interamericano de desarrollo cubrirá el costo de pasajes aéreos; Que, la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Álvaro Antonio Gálvez Calderón, a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 12 al 16 de abril de 2011, para que en representación de PROMPERÚ, participen en el evento a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán efectuados con cargo al Pliego Presupuestal: 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: • Viáticos (US$ 200,00 x 3 días) : US$ 600,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Álvaro Antonio Gálvez Calderón, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a liberación o exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo Presidente del Consejo Directivo de PROMPERÚ 626989-1 DEFENSA Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos del Instituto Geográfico Nacional - IGN DECRETO SUPREMO Nº 003-2011-DE/ EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, regula, entre otras, las actuaciones de la función administrativa del Estado y el procedimiento administrativo común desarrollado en las entidades, así como establece las normas para la elaboración, contenido, aprobación y difusión, así como el plazo para la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, el Artículo 37º de la Ley del Procedimiento Administrativo General dispone la obligatoriedad para todas las entidades de la Administración Pública de aprobar y publicar sus correspondientes Textos Únicos de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, mediante Decreto Supremo Nº 079-2007- PCM, se aprobaron los lineamientos para la elaboración y aprobación del TUPA y se establecieron las disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM, se aprobó el Formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA en el cual se establecen precisiones que facilitan el proceso de elaboración de este documento de gestión por parte de las entidades públicas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2008-DE, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Instituto Geográfi co Nacional - IGN; Que, es necesario aprobar el nuevo TUPA del IGN a fin de determinar, entre otros, los procedimientos administrativos a su cargo y los servicios prestados en exclusividad por él, que permitan garantizar una mejor orientación y servicio al público usuario por parte de este organismo público adscrito al Ministerio de Defensa; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 29091 - Ley que modifi ca el párrafo 38.3 del Artículo 38º de la Ley Nº 27444 y establece la publicación de diversos dispositivos legales en el Portal del Estado Peruano y en los portales institucionales, y los Decretos Supremos Nº 079-2007-PCM y Nº 062-2009-PCM; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación del nuevo TUPA Apruébase el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Instituto Geográfi co Nacional - IGN que, como Anexo, forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Publicación del TUPA Publícase el presente Decreto Supremo en el Diario Ofi cial El Peruano y el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Instituto Geográfi co Nacional - IGN tanto en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PCSE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) como en el Portal Institucional del Instituto Geográfi co Nacional (www.ign.gob.pe). Artículo 3º.- Derogación del TUPA vigente Derógase el Decreto Supremo Nº 016-2008-DE, que aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Instituto Geográfi co Nacional - IGN. Artículo 4º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.