Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2011 (13/04/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

440897

Sancionan con destitucion a servidor judicial del Primer Juzgado Especializado Civil de la Corte Superior de Justicia de Tumbes
INVESTIGACION ODECMA N° 024-2010-TUMBES MORDAZA, doce de enero de dos mil once.VISTA: La Investigacion ODECMA numero veinticuatro guion dos mil diez guion Tumbes seguida contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por su actuacion como servidor del Primer Juzgado Especializado Civil de la Corte Superior de Justicia de Tumbes, a merito de la propuesta de destitucion formulada por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, mediante resolucion numero veintiuno expedida con fecha veintiseis de MORDAZA de dos mil diez, obrante de folios cuatrocientos ocho a cuatrocientos treinta; y, CONSIDERANDO: Primero: Que la presente investigacion por inconducta funcional se inicio con el informe de fojas dos su fecha diecinueve de MORDAZA de dos mil nueve, presentado por la Jueza del Primer Juzgado Especializado Civil de la Corte Superior de Justicia de Tumbes, doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien adjunta a su vez los informes de fojas seis, ocho y diez, de fechas catorce, dieciocho y veinte de MORDAZA de dos mil nueve, suscritos por la Secretaria Judicial MORDAZA Lip MORDAZA, con el que se da cuenta al Presidente de la Corte Superior de Justicia de las constantes irregularidades funcionales en las que ha incurrido el servidor judicial MORDAZA MORDAZA MORDAZA Diaz; referidas a que traspapela los escritos, no confecciona oportunamente las cedulas de notificacion, no compagina los escritos en sus respectivos expedientes, compagina incorrectamente los actuados judiciales y no cumple con enviar las cedulas de notificacion a la Central de Notificaciones; ademas de tener una actitud insolente no solo con la referida magistrada, sino tambien con la Secretaria Judicial Lip MORDAZA, inmediata superior en el cargo del senor MORDAZA Diaz; Segundo: Que al ser investigados los hechos por la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Tumbes se realizo una visita al despacho judicial en el que laboraba el investigado MORDAZA MORDAZA, se recabo el escrito de descargo que este presento, ademas de elementos de prueba (documentales) que estan detallados en la resolucion numero veintiuno de folios cuatrocientos ocho a cuatrocientos treinta. De ello resulta que son varios los hechos que se imputan a dicho servidor judicial, a saber: a) Cuando se desempeno como notificador judicial no devolvio trescientas treinta y cuatro cedulas de notificacion, las cuales le correspondia entregar debidamente diligenciadas, tampoco el certificado del Seguro Obligatorio contra Accidentes de MORDAZA de la motocicleta que tuvo asignada para realizar sus labores de notificador; b) Lo mismo sucedio con la tarjeta de propiedad, casco, bateria y placa de rodaje de la motocicleta, esto segun se aprecia del Informe numero dieciseis guion dos mil nueve guion CN guion SJ guion OA guion CSJTU diagonal PJ, de fecha diecinueve de MORDAZA de dos mil nueve, obrante a fojas treinta y dos. Estas acciones asi como la reiterada negativa del servidor judicial MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a realizar la devolucion que le fue requerida por el responsable del Area de Notificaciones han sido calificadas como faltas a los deberes funcionales inherentes a los auxiliares jurisdiccionales, de acuerdo al Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial y al Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial, asi consta en la resolucion de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de fojas cincuenta con la que se inicio la investigacion, cuya fecha de expedicion fue el veintiocho de MORDAZA de dos mil nueve; y c) Asimismo, se le atribuye permanente resistencia a cumplir las obligaciones propias de su cargo, como tambien actitudes y respuestas verbales fuera de lugar a su jefe inmediato superior, demostrando irrespeto y animo de no trabajar; Tercero: Solicitada la suspension preventiva, la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial evaluo la concurrencia de los requisitos de procedibilidad de tal medida cautelar, adoptandola; la cual al haber sido recurrida, fue confirmada por este Organo de Gobierno

mediante resolucion de fecha quince de setiembre de dos mil diez, obrante en el cuaderno de medida cautelar. Posteriormente con la resolucion numero veintiuno, con la que se formula el pedido de destitucion, dicha medida cautelar se prorrogo; Cuarto: En la investigacion realizada se han acreditado los elementos objetivos que vinculan al recurrente MORDAZA MORDAZA con el incumplimiento de sus labores como notificador y su mal desempeno en el cargo que desempenaba en el Primer Juzgado Especializado Civil de Tumbes. Asimismo, se justifica la necesidad de apartarlo definitivamente de su cargo en tanto este Poder del Estado no puede contar con personal que no este seriamente comprometido con su funcion. El articulo treinta y nueve de la Constitucion Politica del Estado prescribe que "todos los funcionarios y trabajadores publicos estan al servicio de la Nacion". Esto implica que se demuestre en la practica cotidiana del trabajo un comportamiento orientado a servir al publico. La celeridad procesal depende en gran medida de la notificacion judicial, como de todos los servicios auxiliares al desempeno jurisdiccional que sirven para que se agilice la tramitacion de los procesos. Si esto no se ha internalizado voluntariamente por el trabajador e incumple sus funciones, no es posible que continue en el servicio publico sin cometer infraccion de deberes. No se puede arriesgar el servicio de imparticion de justicia, exponiendo al ciudadano usuario a dilaciones indebidas o baja calidad en el servicio; Quinto: Este Organo de Gobierno concuerda con las valoraciones realizadas por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura acerca de la necesidad de destituir al servidor investigado por las conductas disfunciones que ha cometido. En la propuesta de destitucion contenida en la resolucion numero veintiuno, de fojas cuatrocientos ocho a cuatrocientos treinta se describen los hechos con objetividad, se les califica sobre la base de la infraccion a los deberes establecidos para los servidores judiciales, pero tambien, teniendo en cuenta el articulo cuarenta y uno, inciso b), del Reglamento Interno de Trabajo de este Poder del Estado, aprobado por Resolucion Administrativa numero diez guion dos mil cuatro guion CE guion PJ; resultando de aplicacion la sancion de destitucion prevista en el articulo diecisiete de la Ley de la MORDAZA Judicial, vigente al momento de cometida la infraccion -norma que derogo el articulo doscientos once del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Se asocia la conducta disfuncional del servidor judicial MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con la demora y el perjuicio ocasionado a la administracion de justicia por la paralizacion de procesos judiciales y el riesgo de generarse nulidades procesales que perjudicarian a las partes, por lo que su conducta es una que sin ser delito (que solo es declarado judicialmente) ha causado menoscabo a la funcion y desmerecimiento del Poder Judicial ante la ciudadania; por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA Saldana, en sesion de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Primero: Imponer la medida disciplinaria de Destitucion al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por su desempeno como servidor judicial del Primer Juzgado Especializado Civil de la Corte Superior de Justicia de Tumbes. Segundo: Disponer la inscripcion de la medida disciplinaria impuesta en el Registro Nacional de Sanciones de Destitucion y Despido. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYAR CHAPARRO MORDAZA 627799-4

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.