TEXTO PAGINA: 43
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de abril de 2011 440891 Que, asimismo, la citada Dirección General señala que, en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, sus modifi catorias y en el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, sus modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021- 2007-MTC; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Viceministerial Nº 172-2004-MTC/03 y ratifi cada mediante Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, a fi n de modifi car el plan de canalización y asignación de frecuencias del servicio de radiodifusión por televisión en UHF de la localidad de Piura, incluyendo los canales disponibles para televisión digital terrestre, conforme se indica a continuación: Localidad: Piura Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias Canal Norma Rango (MHz) Frecuencias (MHz) 15 ISDB-T 476 - 482 Fc: 479+1/7 16 ISDB-T 482 - 488 Fc: 485+1/7 17 ISDB-T 488 - 494 Fc: 491+1/7 18 ISDB-T 494 - 500 Fc: 497+1/7 19 ISDB-T 500 - 506 Fc: 503+1/7 20 ISDB-T 506 - 512 Fc: 509+1/7 21 ISDB-T 512 - 518 Fc: 515+1/7 22 ISDB-T 518 - 524 Fc: 521+1/7 23 ISDB-T 524 - 530 Fc: 527+1/7 24 ISDB-T 530 - 536 Fc: 533+1/7 25 ISDB-T 536 - 542 Fc: 539+1/7 26 ISDB-T 542 - 548 Fc: 545+1/7 27 ISDB-T 548 - 554 Fc: 551+1/7 28 ISDB-T 554 - 560 Fc: 557+1/7 29 ISDB-T 560 - 566 Fc: 563+1/7 30 ISDB-T 566 - 572 Fc: 569+1/7 31 ISDB-T 572 - 578 Fc: 575+1/7 32 ISDB-T 578 - 584 Fc: 581+1/7 33 ISDB-T 584 - 590 Fc: 587+1/7 34 ISDB-T 590 - 596 Fc: 593+1/7 35 ISDB-T 596 - 602 Fc: 599+1/7 36 ISDB-T 602 - 608 Fc: 605+1/7 38 ISDB-T 614 - 620 Fc: 617+1/7 39 ISDB-T 620 - 626 Fc: 623+1/7 40 ISDB-T 626 - 632 Fc: 629+1/7 41 ISDB-T 632 - 638 Fc: 635+1/7 42 ISDB-T 638 - 644 Fc: 641+1/7 43 ISDB-T 644 - 650 Fc: 647+1/7 44 ISDB-T 650 - 656 Fc: 653+1/7 45 ISDB-T 656 - 662 Fc: 659+1/7 46 ISDB-T 662 - 668 Fc: 665+1/7 47 ISDB-T 668 - 674 Fc: 671+1/7 48 ISDB-T 674 - 680 Fc: 677+1/7 49 ISDB-T 680 - 686 Fc: 683+1/7 50 ISDB-T 686 - 692 Fc: 689+1/7 51 ISDB-T 692 - 698 Fc: 695+1/7 53 NTSC-M 704 - 710 Fv: 705.25 Fa: 709.75 57 NTSC-M 728 - 734 Fv: 729.25 Fa: 733.75 59 NTSC-M 740 - 746 Fv: 741.25 Fa: 745.75 Total de Canales ISDB-T: 36 Código de Área: 001110000001 (binario) Fv: Frecuencia de Video Fa: Frecuencia de Audio Fc: Frecuencia Central Condiciones Técnicas í Las plantas de transmisión deben ubicarse en la zona comprendida dentro la circunferencia de 1 Km de radio, cuyo centro es la intersección de la Av. Country con Sullana Norte (Coordenadas: L.S.: 5º 11’ 15.8’’ L.O.: 80º 37’ 56.8’’), previo cumplimiento del marco normativo aplicable. í Los patrones de radiación de las estaciones de la localidad de Piura deben ser conformados, a fi n de evitar posibles interferencias con las estaciones de la localidad de Sullana í Se debe cumplir con las especifi caciones de la Máscara Crítica, defi nida en el numeral 7.5.1 (Característica de la máscara del espectro de transmisión) de la Norma ABTN NBR 15601 í La máxima e.r.p. para las estaciones de televisión digital terrestre (ISDB- T) es de 20 KW. í La máxima e.r.p. para las estaciones de televisión analógica (NTSC-M) es de 40 KW. Nota: í De acuerdo a lo establecido en la Nota P11A del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias –PNAF, los canales previamente asignados podrán continuar siendo utilizados para la transmisión de señales analógicas y los canales asignados en la banda 698-746 MHz (Canales 53, 57 y 59) deberán migrar pudiendo utilizar para la transmisión señales analógicas, sujetos a los plazos y condiciones que determine el Ministerio. Artículo 2º.- Los titulares de autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión por televisión en la banda UHF utilizando tecnología analógica, deberán trasladar sus plantas de transmisión a la zona comprendida dentro la circunferencia de 1 Km de radio, cuyo centro es la intersección de la Av. Country con Sullana Norte (Coordenadas: L.S.: 5º 11’ 15.8’’ L.O.: 80º 37’ 56.8’’) en el plazo y condiciones que establezca el Ministerio una vez fi nalizada la evaluación de las expresiones de interés presentadas. Artículo 3º.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modifi cación de características técnicas observará su estricto cumplimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS CUBA HIDALGO Viceministro de Comunicaciones 626553-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Aprueban Directiva sobre “Procesos de selección electrónicos de Adjudicación de Menor Cuantía para la contratación de bienes y servicios” RESOLUCIÓN Nº 226-2011-OSCE/PRE Jesús María, 31 de marzo de 2011 VISTA: El Acta de Sesión de Consejo Directivo Nº 006-2011/ OSCE-CD de fecha 21 de marzo de 2011, correspondiente a la Sesión Ordinaria Nº 005-2011/OSCE-CD; CONSIDERANDO: Que, el artículo 57º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, en adelante la Ley, establece que el Organismo Supervisor