Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2011 (15/04/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

441133

MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA
Fijan Tasa de Interes Moratorio aplicable a deudas tributarias administrativas y/o recaudadas por la Municipalidad
ORDENANZA N° 093-11/MDP Pucusana, 26 de marzo de 2011 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA POR CUANTO: El Concejo Municipal de Pucusana, en Sesion Ordinaria de fecha; VISTOS: El Informe Nº 181-2011-OAT/MDP de la Oficina de Administracion Tributaria, y el Informe Legal Nº119-2011-OAJ/MDP de la Oficina de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA parrafo del articulo 33º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, establece que en los casos de los tributos administrados por los Gobiernos Locales, la Tasa de Interes Moratorio (TIM) sera fijada por Ordenanza Municipal, la misma que no podra ser mayor a la que establezca la SUNAT. Que, mediante Resolucion de Superintendencia Nº 0322003/SUNAT, se fijo en uno y cinco decimas por ciento (1.5%) la TIM, la misma que tuvo vigencia desde el 07 de febrero del 2003, asimismo el 17 de febrero del 2010 se publico la Resolucion de Superintendencia Nº053-2010/ SUNAT en la cual se rebajo la TIM, fijandose a partir del 01 de marzo del 2010 en uno y dos decimas por ciento (1.2%), la misma que en la actualidad se encuentra vigente. De conformidad con la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificado por Decreto Legislativo Nº 953 y modificatorias, el Concejo Municipal aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE FIJAN LA TASA DE INTERES MORATORIO APLICABLE A DEUDAS TRIBUTARIAS ADMINISTRATIVAS Y/O RECAUDADAS POR LA MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA Articulo Primero.- FIJESE en uno y dos decimas por ciento (1.2%) mensual, la Tasa de Interes Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional, correspondiente a tributos que administra o cuya recaudacion estuviera a cargo de la Municipalidad de Pucusana. Articulo Segundo.- ESTABLEZCASE el incremento o reduccion automatica cuando se produzca variacion en la tasa de Interes Moratorio ­ TIM, que para tal efecto fije la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT, la misma que sera aplicable a las deudas no canceladas a su vencimiento, generadas por los Tributos Administrados por la Municipalidad de Pucusana. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Administracion Tributaria, el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Unidad de Informatica la implementacion en los sistemas que hubiera lugar. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 628686-1

Otorgan exoneracion parcial de Arbitrios Municipales de Limpieza Publica
ORDENANZA N° 094-2011/MDP Pucusana, 31 de marzo de 2011 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA POR CUANTO: El Concejo Municipal de Pucusana, VISTO: El Informe Nº 038-2011-DGASP/MDP de la Direccion de Gestion Ambiental y Servicios Publicos, Informe Nº 281-2011-OAT-MDP de la Oficina de Administracion Tributaria, y el Informe Legal Nº 143-2011-OAJ/MDP de la Oficina de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado, y su modificatoria dispuesta por Ley N° 27680, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia: lo cual es confirmado por el Articulo II del Titulo preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, el Articulo 74° de la Constitucion dispone que los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, el inciso a) del articulo 68 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobada por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y la MORDAZA MORDAZA del TUO del Codigo Tributario senalan que los arbitrios son tasas que se MORDAZA por la prestacion o mantenimiento de un servicio publico individualizado en el contribuyente. Que, de conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del articulo 9 y por el articulo 40 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por Unanimidad, aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA EXONERACION PARCIAL DE ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PUBLICA Articulo Primero.- Apruebese la exoneracion del 50% de los Arbitrios Municipales de Barrido de Calles y Recojo de Residuos Solidos correspondiente al ejercicio 2011, para los Contribuyentes de las zonas del Yacht Club Quipa, Club La Honda, Club Nautico Pelicanos, Club Mincamar y Urbanizacion Portobello. Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina de Administracion Tributaria, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la Oficina de Informatica su debida implementacion, a la Secretaria General su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 627448-1

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Designan funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0396-2011-MDR MORDAZA, 11 de MORDAZA del 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.