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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (15/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 65

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de abril de 2011 441117 Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, en lo que resulta aplicable OSINERGMIN; Con la opinión favorable de la Gerencia Legal y de la Gerencia General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Precísese que los viajes de funcionarios públicos de OSINERGMIN que se enmarquen dentro de los supuestos de excepción previstos por el numeral 1 del Artículo 10º de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, serán aprobados mediante Resolución del Presidente del Consejo Directivo en su calidad de titular de la Entidad, conforme a lo dispuesto por dicha norma. Los viajes al exterior que realicen los funcionarios de OSINERGMIN que no se enmarquen dentro de la referida excepción serán aprobados acuerdo con lo dispuesto en el numeral 2.1 del Artículo 2º de la Resolución Nº 097- 2011-OS/PRES. Artículo 2º.- Modifíquese el Artículo 2.1º de la Resolución Nº 97-2010-OS/PRES, el que queda redactado en los siguientes términos: Los viajes al exterior que realicen los funcionarios de OSINERGMIN serán aprobados por el Presidente del Consejo Directivo de la Entidad con excepción de los viajes de éste que serán aprobados por el Consejo Directivo de la Entidad. En ambos casos se seguirán los trámites correspondientes de conformidad a la normatividad vigente. Los viajes por capacitación de funcionarios públicos que no irroguen gastos al Estado pero que requieran de una licencia al trabajador con goce de haber se aprueban conforme al Reglamento Interno de Trabajo de OSINERGMIN por el Gerente General. Los viajes que se autoricen el marco de la presente disposición deben realizarse en categoría económica. Artículo 3º.- La presente Resolución deberá publicarse en la página WEB de OSINERGMIN y en el Diario Ofi cial El Peruano. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 628722-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO Disponen publicar relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de marzo de 2011 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 005-2011-INGEMMET/DC Lima, 11 de abril de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 171-2010- INGEMMET/PCD de fecha 10 de diciembre de 2010, el Presidente del Consejo Directivo del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, resuelve delegar en el Director de la Dirección de Catastro Minero la facultad de autorizar la publicación en el diario ofi cial El Peruano la relación de concesiones mineras cuyos títulos se encuentren aprobados, según lo dispuesto en los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; Que, por Decreto Supremo Nº 008-2007-EM se aprueba la fusión del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero – INACC con el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET, correspondiéndole al Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET la calidad de entidad incorporante; Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM del 05 de julio del 2007, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero – INACC (hoy INGEMMET), publicará mensualmente en el diario ofi cial El Peruano, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior, con la visación de la Dirección de Concesiones Mineras; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el artículo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Publíquese en el diario ofi cial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de marzo de 2011, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese y publíquese. ELOY CÉSAR SALAZAR LOAYZA Director (e) de Catastro Minero INGEMMET 627860-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Inician procedimiento administrativo sancionador contra la empresa Comercializadora y Distribuidora de Maquinarias S.A.C. TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO EN SESIÓN DEL 28.02.2011, LA SEGUNDA SALA DEL TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO, HA APROBADO EL SIGUIENTE ACUERDO: EXPEDIENTE Nº 0830/2010.TC. RELACIONADO CON EL INICIO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR A LA EMPRESA COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA DE MAQUINARIAS S.A.C. ACUERDO Nº 125/2011.TC-S2 28 de febrero de 2011 VISTO, los antecedentes del Expediente Nº 0830/2010. TC; CONSIDERANDO: (i) Que, el 26 de noviembre de 2008, la Municipalidad Distrital de Jacobo Hunter, en lo sucesivo la Entidad, convocó a proceso de selección por Adjudicación Directa Pública Nº 004-2008-MDJH, para la “Adquisición de un Tracto Camión 4X2 con Cisterna de 6000 Galones”, por un valor referencial ascendente a S/. 365,000.00 (Trescientos sesenta y cinco mil con 00/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos de ley. (ii) El 12 de diciembre de 2008, se llevó a cabo el Acto de Otorgamiento de la Buena Pro, siendo adjudicado el postor Comercializadora y Distribuidora de Maquinarias S.A.C., en lo sucesivo la Contratista. (iii) El 08 de enero de 2009, la Entidad y el Contratista suscriben el “Contrato de Adjudicación Directa Pública 004-2008-MDJH”,