Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2011 (15/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

441125

Complementarias para el MORDAZA 3 de MORDAZA de 2011, en los treinta y cuatro (34) distritos en los que se declaro la nulidad de las Elecciones Municipales del ano 2010: Olleros y Pira (Huaraz, Ancash), Anta (Carhuaz, Ancash), Huata y MORDAZA MORDAZA (Huaylas, Ancash), MORDAZA y Rapayan (Huari, Ancash), Mangas y Canis (Bolognesi, Ancash), Acochaca (Asuncion, Ancash), Culebras (Huarmey, Ancash), MORDAZA y MORDAZA (Cajamarca, Cajamarca), Cujillo (Cutervo, Cajamarca), Bellavista (Jaen, Cajamarca), MORDAZA (Huancavelica, Huancavelica), Chuquis y Shunqui (Dos de MORDAZA, Huanuco), MORDAZA (Puerto MORDAZA, Huanuco), Huancano (Pisco, Ica), Curgos (Sanchez MORDAZA, La Libertad), Patapo (Chiclayo, Lambayeque), Tucume (Lambayeque, Lambayeque), Cochamarca (Oyon, Lima), Paccho (Huaura, Lima), Chicla y MORDAZA (Huarochiri, Lima), Quinocay (Yauyos, Lima), Antaura (Melgar, Puno), Usicayos (Carabaya, Puno), El Porvenir (San MORDAZA, San Martin), San MORDAZA (Bellavista, San Martin), Nueva MORDAZA (Coronel Portillo, Ucayali) y Tahuania (Atalaya, Ucayali). 2. El sistema electoral tiene por finalidad asegurar que las votaciones traduzcan la expresion autentica de los ciudadanos, por lo que es competencia del MORDAZA Nacional de Elecciones fiscalizar el ejercicio del sufragio, la realizacion de los procesos electorales y la elaboracion de los padrones electorales a utilizarse en elecciones y consultas populares, a tenor de lo dispuesto en los articulos 176 y 178 de la Constitucion Politica del Peru. Asimismo, el articulo 201 de la Ley N° 26859, Ley Organica de Elecciones, establece que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil remite el padron electoral actualizado al MORDAZA Nacional de Elecciones, con 90 dias de anticipacion a la fecha de los comicios, para su aprobacion dentro de los 10 dias siguientes. 3. Como resultado de la fiscalizacion al padron remitido el 5 de MORDAZA de 2011, se identificaron dos casos de ciudadanos fallecidos que figuraban como habiles, asi como cuarenta y dos cambios de domicilio en los que se concluye que el ciudadano no reside en el domicilio verificado o la direccion domiciliaria no existe; observaciones estas que fueron remitidas al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, mediante Oficios 1476, 1590 y 1591-2011-SG/JNE, para su levantamiento. 4. Con el Oficio N° 000567-2011/SGEN/RENIEC el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil remite el padron electoral luego de procesar las observaciones senaladas, y conforme se senala en el informe de la Direccion Nacional de Fiscalizacion y Procesos Electorales remitido con Memorando N° 314-2011-DNFPE/JNE, al haberse subsanado las observaciones, el padron electoral se encuentra MORDAZA para su aprobacion. Por tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- APROBAR el uso del padron electoral elaborado por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil para el MORDAZA de Elecciones Municipales Complementarias del ano 2011 para la eleccion de autoridades locales en los distritos de: Olleros y Pira (Huaraz, Ancash), Anta (Carhuaz, Ancash), Huata y MORDAZA MORDAZA (Huaylas, Ancash), MORDAZA y Rapayan (Huari, Ancash), Mangas y Canis (Bolognesi, Ancash), Acochaca (Asuncion, Ancash), Culebras (Huarmey, Ancash), MORDAZA y MORDAZA (Cajamarca, Cajamarca), Cujillo (Cutervo, Cajamarca), Bellavista (Jaen, Cajamarca), MORDAZA (Huancavelica, Huancavelica), Chuquis y Shunqui (Dos de MORDAZA, Huanuco), MORDAZA (Puerto MORDAZA, Huanuco), Huancano (Pisco, Ica), Curgos (Sanchez MORDAZA, La Libertad), Patapo (Chiclayo, Lambayeque), Tucume (Lambayeque, Lambayeque), Cochamarca (Oyon, Lima), Paccho (Huaura, Lima), Chicla y MORDAZA (Huarochiri, Lima), Quinocay (Yauyos, Lima), Antaura (Melgar, Puno), Usicayos (Carabaya, Puno), El Porvenir (San MORDAZA, San Martin), San MORDAZA (Bellavista, San Martin), Nueva MORDAZA (Coronel Portillo, Ucayali) y Tahuania (Atalaya, Ucayali). Articulo Segundo.- REMITIR a la Oficina Nacional de Procesos Electorales los medios tecnicos

entregados por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, conteniendo el padron electoral aprobado. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones www.jne.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SIVINA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 628715-1

MINISTERIO PUBLICO
Eligen Fiscal de la Nacion
RESOLUCION DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS N° 030-2011-MP-FN-JFS MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, el articulo 158º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico, modificado por Ley Nº 27362, MORDAZA la eleccion del Fiscal de la Nacion por la Junta de Fiscales Supremos. Que, en sesion Extraordinaria de la Junta de Fiscales Supremos de la fecha, bajo la Presidencia de la doctora MORDAZA MORDAZA Echaiz MORDAZA, Fiscal de la Nacion y con la asistencia de los doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscales Supremos Titulares, se procedio a la eleccion del Fiscal de la Nacion. Que, la Junta de Fiscales Supremos, mediante Acuerdo Nº 2215 de fecha 14 de MORDAZA de 2011, MORDAZA por mayoria al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal de la Nacion por el periodo de tres anos, comprendido del 12 de MORDAZA de 2011 al 12 de MORDAZA de 2014. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Elegir al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Supremo Titular, como Fiscal de la Nacion por el periodo de tres anos, asumiendo sus funciones a partir del 12 de MORDAZA de 2011. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolucion al Presidente Constitucional de la Republica, Presidente del Congreso de la Republica, Presidente del Poder Judicial, Ministro de Justicia y al Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ECHAIZ MORDAZA Fiscal de la Nacion Presidenta de la Junta de Fiscales Supremos 629152-2

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