Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2011 (15/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de MORDAZA de 2011

administrativa contenidos en su articulo 2, asi como las normas reglamentarias pertinentes. La Comision podra imponer sanciones y multas al funcionario o funcionarios que impongan la MORDAZA burocratica declarada ilegal, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa y la formulacion de la denuncia penal correspondiente, de ser el caso. La escala de sanciones es la siguiente: falta leve con sancion de amonestacion; falta grave con multa de hasta dos (2) UIT y falta muy grave con multa de hasta cinco (5) UIT."; Que, mediante Oficio Nº 0245-2011/INDECOPI-CEB de fecha 08.03.2011 Emitido por la Secretaria Tecnica de la Comision de Eliminacion de Barreras Burocraticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual, se senala que se ha podido apreciar que el 03 de marzo del presente ano, se publico en el Diario Oficial "El Peruano" el Acuerdo de Concejo Nº 017-2011-MDC, mediante el cual, el Concejo Municipal suspende la recepcion y tramitacion de Solicitudes de Certificados de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, proyectos de Habilitaciones Urbanas, Anteproyectos de Edificacion y Licencias de Edificacion en todas sus modalidades, asi como los procedimientos administrativos vinculados a ellas. Al respecto, cabe indicar que de acuerdo al MORDAZA legal vigente, las unidades de recepcion se encuentran obligadas a recibir las solicitudes y formularios de los administrados y darles ingreso para iniciar o impulsar los procedimientos, sin que en ningun caso se pueda calificar, negar o diferir su admision. En tal sentido, recomienda tener en cuenta la informacion MORDAZA mencionada y adecuarse al MORDAZA legal vigente al regular el tramite de las licencias de construccion asi como los procedimientos administrativos vinculados a ellas en el distrito de Comas. Ello considerando que la Comision tiene competencias para velar por el cumplimiento de los principios generales de la simplificacion administrativa asi como para iniciar procedimientos sancionadores en caso los funcionarios impongan barreras burocraticas declaradas ilegales, los mismos que pueden culminar en la imposicion de una multa de hasta cinco (5) UIT's; Que, mediante Informe Nº 378-2011-GAJ/MDC de fecha 07 de MORDAZA del 2011, la Gerencia de Asuntos Juridicos establece que el Acuerdo de Concejo Nº 017-2011-MDC, al contener barreras burocraticas que obstaculizan actos y disposiciones de la Municipalidad, en contra de los administrados interesados en los procedimientos que estan a cargo de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, debe ser derogado, a fin de evitar incurrir en responsabilidad de los funcionarios y no MORDAZA sancionados ni multados por el INDECOPI, este acuerdo de concejo mencionado, mediante el cual se declaro en estado de emergencia la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, contraviene el caracter inalienable de la competencia administrativa e impone barreras burocraticas al impedir que se reciban expedientes (en general) para cualquier MORDAZA de tramite, a cargo de dicha Gerencia, por lo que recomienda Derogar, a traves del Concejo Municipal, el Acuerdo de Concejo Nº 017-2011-MDC del 23 de febrero del 2011, MORDAZA que el INDECOPI lo declare ilegal, pudiendo ratificarse en el Acuerdo de Concejo derogatorio el encargo conferido a la Gerencia Municipal para disponer que la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios determine las responsabilidades de los ex funcionarios, cuya conducta origino la configuracion de la causal de emergencia en la Gerencia de Desarrollo Urbano; Estando a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y demas normas pertinentes, con el MORDAZA mayoritario de los senores regidores; con la dispensa de lectura y aprobacion del acta; ACUERDA: Articulo Primero.- DEROGAR el Acuerdo de Concejo Nº 017-2011-MDC de fecha 23.02.2011, que declara en Estado de Emergencia la Gerencia de Desarrollo MORDAZA por un periodo de sesenta (60) dias, por lo expuesto en la parte considerativa del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal disponer que la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios - CEPAD, determine las responsabilidades de los ex funcionarios cuya conducta MORDAZA originado la configuracion de la causal de emergencia en la Gerencia de Desarrollo Urbano; asimismo de

los funcionarios en ejercicio que hayan permitido la elaboracion del acto administrativo derogado. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Secretaria General, Gerencia de Administracion y Finanzas y la Gerencia de Desarrollo MORDAZA el cumplimiento del presente acuerdo. Dado en el Palacio Municipal, a los once dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA KUSUNOKI FUERO MORDAZA 628453-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Designan funcionarios responsables de entregar informacion de acceso publico y de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia en Internet de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 187-2011 La MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2011 El MORDAZA DISTRITAL DE LA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el numeral 5) del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru, es un derecho fundamental de toda persona solicitar sin expresion de causa la informacion que requiera y a recibirla de cualquier entidad publica, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido; Que, mediante Ley Nº 27806 modificada por la Ley Nº 27927, se aprobo la "Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica", la misma que promueve la transparencia en los actos del Estado y regula el derecho fundamental del acceso a la informacion consagrado en el numeral 5) del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru; Que, a traves del Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM se aprobo el Texto Unico Ordenando de la Ley Nº 27806, "Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica", estableciendose en su articulo 3º que el Estado debe adoptar medidas basicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuacion de las entidades de la Administracion Publica y tiene la obligacion de entregar la informacion que demanden las personas en aplicacion del MORDAZA de publicidad; Que, conforme a lo establecido en el articulo 8º del Texto Unico Ordenando de la Ley Nº 27806, "Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica", en concordancia con el articulo 3º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, existe la obligatoriedad de la MORDAZA autoridad de la Entidad de designar al funcionario responsable de brindar la informacion de acceso al publico que en virtud de la normativa resenada soliciten los ciudadanos; Que, segun el articulo 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, la designacion del funcionario responsable de entregar la informacion solicitada, se efectua mediante Resolucion de la MORDAZA autoridad de la Entidad, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y colocada en lugar visible de cada una de las sedes administrativas; Que, con Resolucion de Alcaldia Nº 041-2011 de fecha 19 de Enero del 2011 se designo al Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de Secretario General de la Municipalidad de La MORDAZA, como funcionario responsable de entregar la informacion que soliciten los ciudadanos a la Municipalidad Distrital de La Molina; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 178-2011 de fecha 31 de Marzo del 2011, se dio por concluida

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