Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (25/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 25 de abril de 2011 441514 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Aprueban Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de Arequipa - Período 2012 ORDENANZA REGIONAL Nº 138-AREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, por el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, los recursos públicos en materia de gastos de inversión, se asignan, ejecutan y evalúan en función a cambios específi cos que se deben alcanzar para elevar el bienestar de la población, cuyos resultados se refl ejen en mejores condiciones de vida; es por eso que los Gobiernos Regionales, deben organizar su gestión en torno a objetivos y metas a ser identifi cadas en el Plan Concertado y el Presupuesto Participativo. Que, si bien es cierto el procedimiento básico del presupuesto participativo está regulado en el Instructivo Nro. 001-2010-EF/76.01 aprobado por Resolución Directoral Nro. 007-2010-EF/76.01; sin embargo, por disposición expresa del primer párrafo del Capítulo II del mismo Instructivo, el proceso del presupuesto participativo debe ordenarse y realizarse tomando en cuenta la realidad territorial y organizativa de cada Gobierno Regional, en función a sus participantes y experiencias previas. Que, por estas consideraciones, al amparo de lo regulado en la Ley 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, y, el marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 001- AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nro. 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nro. 055-AREQUIPA; SE ORDENA: Artículo 1º.- Aprobación APROBAR el Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de Arequipa – Período 2012; Norma Regional que consta de (VI) Títulos, (23) artículos y (02) Disposiciones Complementarias Finales. Artículo 2º.- Vigencia La Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3º.- Publicación Ofi cial y Electrónica DISPONER la publicación de la presente Norma Regional tanto en el Diario Oficial “El Peruano”, como en el Diario Regional de Avisos Judiciales; asimismo, SE ENCARGA a la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el Diario Oficial, inmediatamente, publique electrónicamente en la Página Web el texto íntegro del Reglamento aprobado de conformidad con lo regulado en el artículo 9 del Decreto Supremo Nro. 001-2009-JUS. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los doce días del mes de abril de 2011 HENRRY IBÁÑEZ BARREDA Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los quince días del mes de abril del dos mil once. JUAN MANUEL GUILLEN BENAVIDES Presidente del Gobierno Regional Arequipa 631228-1 REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL