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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 25 de abril de 2011 441516 Corporación Edil (www.munihuaral.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAIME C. URIBE OCHOA Alcalde 631683-1 Aprueban el Reglamento del Proceso de Selección para el Otorgamiento y Permanencia del Beneficio de Becas de Estudios DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2011-MPH Huaral, 30 de marzo de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: El Informe Nº 103-2011/MPH/GDH de fecha 23 de Marzo de 2011, de la Gerencia de Desarrollo Humano respecto al Reglamento del Proceso de Selección para el Otorgamiento y Permanencia del Benefi cio de una Beca de Estudios en el Marco del Programa Educa Joven; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, con personería de Derecho Público y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, consagrada en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972. Que, de conformidad al Artículo 82º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, es competencia de las Municipalidades en materia de Educación, Cultura, Deportes y Recreación, “Promover el desarrollo humano sostenible en el nivel local, propiciando el desarrollo de comunidades educadoras”. Que, en el marco de tales competencias la Municipalidad Provincial de Huaral viene ejecutando el Programa Educa Joven, que contempla en uno de sus componentes el otorgamiento de Becas de estudios Pre Universitario en la Provincia de Huaral, que tiene por fi nalidad el establecimiento de un servicio municipal para contribuir a mejorar el nivel educativo – competitivo de los jóvenes egresados del nivel secundario. Que, mediante documento del exordio, la Gerencia de Desarrollo Humano emite Informe Técnico sustentatorio respecto a la aprobación del Reglamento del Proceso de Selección para el Otorgamiento y Permanencia del Benefi cio de una Beca de Estudios en el marco del Programa Educa Joven, a efecto de regular la selección, otorgamiento y permanencia del benefi cio de una Beca Pre Universitaria en el marco del Programa “Educa Joven”. Que, a través de Informe Nº 0132-2011-MPH- OAJ/CCCH de fecha 30 de marzo de 2011, la Ofi cina de Asesoría Jurídica opina que la presente propuesta merece su aprobación mediante Decreto de Alcaldía de conformidad al Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972. Estando a lo expuesto, a las normas vigentes señaladas y en uso de sus atribuciones conferidas por el inciso 6) del Artículo 20º y Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Proceso de Selección para el Otorgamiento y Permanencia del Benefi cio de Becas de Estudios en el Marco del Programa Educa Joven, que consta de ocho (08) puntos: Finalidad, Objetivo General, Objetivo Específi co, Base Legal, Alcances, Disposiciones Generales, Cronograma y Disposiciones Complementarias y dos (02) Anexos, los mismos que forman parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- Encomendar a la Sub Gerencia de Sistemas y Cooperación Internacional, la publicación del presente Decreto, su Reglamento y Anexos en la página web de la Corporación Edil (www.munihuaral.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAIME C. URIBE OCHOA Alcalde 631684-1 Prorrogan el plazo que establece el Régimen de Incentivos Tributarios a favor de los contribuyentes de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2011-MPH Huaral, 12 de abril de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: El informe Técnico Nº 008-2011-GAT/MPH de fecha 05 de Abril de 2011, a través del cual la Gerencia de Administración Tributaria propone se prorrogue la Ordenanza Municipal Nº 014-2010-MPH; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por el Artículo único de la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972. Que, por medio de la Ordenanza Municipal N° 014-2010- MPH de fecha 30 de Noviembre de 2010, publicada en el diario Ofi cial El Peruano el 15 de Diciembre de 2010, se establece el Régimen de Incentivos Tributarios a favor de los Contribuyentes de la Municipalidad Provincial de Huaral. Que, el Artículo Tercero de la citada Ordenanza, faculta al Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huaral, para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue los plazos y dicte las disposiciones complementarias que sean necesarias para la adecuada aplicación de la misma. Que, mediante documento del exordio, la Gerencia de Administración Tributaria señala que mediante Decreto de Alcaldía Nº 001-2011-MPH publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 19 de febrero de 2011, se prorrogó la Ordenanza Municipal que establece el Régimen de Incentivos Tributarios por el Plazo de 30 días útiles contados a partir del día siguiente de su publicación, lográndose el incremento de la recaudación; por lo que, solicita se prorrogue la Ordenanza Municipal Nº 014-2010-MPH. Que, la presente propuesta de prórroga de Plazo establecido en el Artículo Segundo de la Ordenanza Municipal Nº 014-2010-MPH, cuenta con opiniones favorables de la Ofi cina de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 141-2011-MPH-OAJ/CCCH y de la Gerencia Municipal mediante Informes Nº 096-2011-MPH-GM. Estando a lo expuesto, a las normas vigentes señaladas y en uso de sus atribuciones conferidas por el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Único.- Prorróguese el plazo establecido en el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 014-2010-MPH, que establece el Régimen de Incentivos Tributarios a favor de los Contribuyentes de la Municipalidad Provincial de Huaral, por 30 días útiles contados a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAIME C. URIBE OCHOA Alcalde 631670-1