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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de agosto de 2011 448125 colegiado, el cual emitirá acuerdos mediante mayoría califi cada de sus integrantes. Existen mayoría califi cada cuando en el órgano colegiado se verifi ca la aprobación de las dos terceras partes de los representantes de las gerencias presentes al momento de tomar la decisión. El referido Primer Nivel de Gobierno Municipal del organismo promotor de la Inversión Privada podrá contar con el apoyo o asesoramiento de las otras gerencia de la Municipalidad de Comas, así como, de asesoramiento externo. El órgano máximo del organismo promotor de la Inversión Privada es el Concejo Municipal. Artículo Cuarto.- Encargar al Alcalde del Distrito aprobar, a propuesta del Primer Nivel de Gobierno Municipal del organismo promotor de la Inversión Privada, la creación y/o designación de los miembros del (los) Comité (s) Especial (es) de Promoción de la Inversión Privada (CEPRI) que se encargará de llevar a cabo la ejecución de los procedimientos vinculados para el otorgamiento y regulación de las asociaciones públicos privadas, una vez que sean declarados de interés distrital por parte del Concejo Municipal, los proyectos municipales cuya ejecución se efectuará de acuerdo a la modalidad de asociación pública-privada. Artículo Quinto.- Las funciones y facultades del (los) CEPRI (s) se encuentran reguladas por el Decreto Legislativo Nº 1012, el Decreto Supremo Nº 146-2008- EF y el Reglamento para la Promoción de la Inversión Privada en Lima Metropolitana, en tanto no se oponga a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1012, asimismo, resultaran de aplicación las demás disposiciones a que se hace referencia en el artículo segundo de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- Autorizar al Primer Nivel de Gobierno Municipal del organismo promotor de la Inversión Privada, la potestad de delegar al (los) CEPRI (s) de las facultades y funciones que corresponden a dicho organismo en el régimen de iniciativas privadas, regulado por el Decreto Legislativo Nº 1012, normas reglamentarias y complementarias y por el Reglamento para la Promoción de la Inversión Privada en Lima Metropolitana, en lo que no se oponga a la precitada norma. De ser el caso, las iniciativas privadas serán declaradas de interés por acuerdo del Concejo Municipal. Artículo Séptimo.- El Primer Nivel de Gobierno Municipal del organismo promotor de la Inversión Privada deberá informar periódicamente al Concejo Municipal, el estado de situación de los procesos de promoción de la Inversión Privada a que se refi ere la presente Ordenanza, incluyendo las iniciativas privadas presentadas. Artículo Octavo.- Constitúyase el Fondo Municipal de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad de Comas (FOMPRI). Los recursos de FOMPRI serán destinados a fi nanciar todos aquellos gastos imputables, directa o indirectamente, al proceso de promoción de la Inversión Privada a cargo del organismo promotor de la Inversión Privada. Por Decreto de Alcaldía se establecerá las Disposiciones Complementarias destinadas a regular el funcionamiento de FOMPRI. Artículo Noveno.- DEROGAR la Ordenanza Nº 245- C/MC, que declara de interés Distrital la Promoción de la Inversión privada en el ámbito Municipal Distrital de Comas, conforme a las atribuciones contempladas en el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Décimo.- Autorizar a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, a fi nanciar los gastos en que incurra (n) el (los) CEPRI por la ejecución de los procesos de promoción de la Inversión Privada; los recursos empleados deberán ser reembolsados con los recursos propios que genere el FOMPRI. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los veinte días del mes de julio del dos mil once. NICOLAS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO Alcalde 673835-1 Modifican la “Guía Metodológica y Cronograma para el Proceso Articulado de Formulación del Plan de Desarrollo Concertado 2011-2021 y Presupuesto Participativo 2012” en la actividad Nº 12 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2011-MDC EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO; El Informe Nº 93-2011-GPP/MDC de fecha 04.07.2011, emitido por la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, mediante el cual solicita la ampliación del plazo de inscripción de Agentes Participantes para el proceso del Presupuesto Participativo correspondiente al Año 2012, hasta el 16 de julio de 2011; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales se constituyen en órganos de Gobierno Local y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en el Título Preliminar, Artículo IX Planeación Local establece que “El proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho proceso se establecen las políticas públicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones específi cas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales; Que, en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, Título IV del Régimen Económico Municipal, Artículo 53º se establece que “Las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. El presupuesto participativo forma parte del sistema de planifi cación”; Que, la Ley Nº 28056 Ley Marco del Presupuesto Participativo y modifi catorias, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 142-2009-EF establecen las disposiciones generales para la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto de los Gobiernos Regionales y Locales; Que, mediante Ordenanza Nº 330-MDC publicada el 19 de Mayo de 2011, se aprueba el “Reglamento para el Proceso de Presupuesto Participativo en el distrito de Comas”, marco normativo que regula la participación democrática de los ciudadanos del distrito de Comas en la determinación de las decisiones de inversión en el ámbito local; contribuyendo en tal sentido con el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 003-2011-MDC, se aprueba la Guía Metodológica y Cronograma para el proceso Articulado de Formulación y Aprobación del Plan de Desarrollo Concertado 2011-2021 y Presupuesto Participativo 2012; Que, con Memorando Nº 161-2011-GPV/MC, la Gerencia de Participación Vecinal, hace de conocimiento que estando al cierre del plazo de inscripción de Agentes Participantes al Presupuesto Participativo 2012, se ha evidenciado la gran afl uencia de representantes de las organizaciones sociales y ciudadanos, por lo que considera conveniente ampliar el plazo de fecha de inscripción a dicho proceso, hasta el 16 de julio de 2011; Estando a las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972;