Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2011 (06/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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DECRETA:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de agosto de 2011

Articulo Primero.- Modificar, en via de regularizacion, la "Guia Metodologica y Cronograma para el MORDAZA Articulado de Formulacion del Plan de Desarrollo Concertado 2011-2021 y Presupuesto Participativo 2012", aprobado mediante Decreto de Alcaldia Nº 003-2011MDC; en la actividad Nº 12 "Identificacion, Registro y Acreditacion de Agentes Participantes para el Presupuesto Participativo 2012", ampliando el plazo hasta el 16 de MORDAZA de 2011. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia Municipal y al Equipo Tecnico Municipal 2011 para la Implementacion del Sistema de Gestion Descentralizada y Participativa ­SGDP y procesos participativos. Dado en el local de la Municipalidad de Comas a los catorce dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA KUSUNOKI FUERO MORDAZA 673675-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA
Aprueban Dictamen Nº 002-2011MDP/CDURT y declaran intangibles e inalienables diversos terrenos ubicados en el distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 040-2011-MDP/C MORDAZA, 5 de MORDAZA del 2011 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA VISTO: En sesion de Concejo Ordinaria de fecha 5 de MORDAZA del 2011, el Dictamen Nº 002-2011-MDP/CDURT de fecha 5 de MORDAZA del 2011 emitido por la Comision Permanente de Regidores de Desarrollo MORDAZA, Rural y Transporte de la Municipalidad Distrital De MORDAZA, a traves del cual se pronuncia sobre la declaracion de la intangibilidad de las areas destinadas para uso publico de recreacion y de proteccion del medio ambiente en el Distrito de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 64° de la Constitucion Politica del Estado establece que el Estado determina la politica Nacional del ambiente. Promueve el uso sostenible de sus recursos naturales; es decir que la politica del ambiente esta destinada a preservar la naturaleza de todas las actividades humanas que la afectan. Esto incluye lograr el uso sostenible y adecuado de las areas naturales y de proteccion del medio ambiente; desarrollando tecnologias y procedimientos que garanticen la continuidad y calidad de estos, evitando que su utilizacion los extinga o degraden en detrimento de la persona humana y del Sistema ecologico. Que, el articulo 13° de la Ley N° 28611, Ley General de: Ambiente, MORDAZA que desarrolla el supracitado articulo constitucional, senala que la gestion ambiental es un MORDAZA permanente y continuo, constituido por el conjunto estructurado de principios, normas tecnicas, procesos y actividades, orientado a administrar los intereses, expectativas y recursos relacionados con los objetivos de la politica ambiental, con la finalidad de alcanzar una mejor calidad de MORDAZA y el desarrollo

integral de la poblacion, el desarrollo de las actividades economicas y la conservacion del patrimonio ambiental y natural del pais. Que, el Articulo 23º de la Ley General del Ambiente dispone que los gobiernos locales deben evitar que actividades o usos incompatibles, por razones ambientales, se desarrollen dentro de una misma MORDAZA o en zonas colindantes dentro de sus jurisdicciones. Estableciendo ademas en su articulo 99° que las bahias son ecosistemas fragiles que requieren que las autoridades publicas adopten medidas de proteccion especiales. Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680 "Ley de Reforma Constitucional", precisa que las Municipalidades provinciales y distritales son organos de Gobierno Local y personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, el numeral 6) del articulo 195° de la Constitucion Politica del Peru, senala que.los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local, y la prestacion de los. Servicios Publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Son competentes para: Planificar el Desarrollo MORDAZA y Rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial. Que, el articulo X del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades dispone que los gobiernos locales promueven el desarrollo integral para viabilizar el crecimiento economico, la Justicia Social y la sostenibilidad social. De la misma forma el sub numeral 1.2 del numeral 1 del articulo 79° de la Ley N° 27972, dispone que las municipalidades, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejerce la funcion de aprobar el Plan de Desarrollo MORDAZA, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demas planes especificos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial. Que, la Ley Nº 26664, establece que los parques metropolitanos, zonales, plazas, plazuelas, jardines y demas areas verdes de uso publico bajo administracion municipal, forman parte del sistema de areas recreacionales y de reserva ambiental con caracter de intangibles, inalienables e imprescriptibles; Que, mediante Ordenanza Nº 525-MML, se establece que las areas verdes de uso publico existentes o que se generen en el area MORDAZA de MORDAZA Metropolitana, constituyen areas de naturaleza intangible, inalienable e imprescriptible. Su conservacion, defensa y mantenimiento son acciones que por razones de equilibro ecologico, bienestar colectivo y calidad de MORDAZA forman parte de la politica municipal ambiental, asimismo la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y las Municipalidades Distritales, estan obligadas a conservar, defender, proteger y mantener las areas verdes de uso publico de su localidad, sea de manera directa o indirecta. Que, el MORDAZA desarrollo urbanistico del distrito de MORDAZA, ejecutado de acuerdo al Plan de Desarrollo Concertado al 2015 y al Plano de Reajuste de la Zonificacion para el distrito de MORDAZA, va generando cambios en el entorno paisajistico que debe ser armonico con el mantenimiento del medio ambiente y la conservacion de la MORDAZA local de las areas de dominio Publico, de acuerdo con el Plan Integral de Desarrollo de Areas verdes que debera estar orientado a afianzar el distrito como pulmon ecologico y comunidad saludable, acorde con la declaracion de necesidad y utilidad Publica, la creacion, incremento y conservacion de areas verdes dentro de la jurisdiccion de MORDAZA Metropolitana. Sin embargo, en reiteradas oportunidades se ha tenido conocimiento de posesiones informales (invasiones) que se vienen llevando a cabo en la Quebrada de Manchay, en la Quebrada de Retamal y en los diferentes pueblos del distrito invasiones que ocurren no solo en las laderas de los cerros que circundan a las Quebradas y que estan destinadas a una MORDAZA de Proteccion y Tratamiento Paisajista, sino tambien en areas de equipamiento MORDAZA

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