Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2011 (06/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de agosto de 2011

ORDENANZA MUNICIPAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BENEFICIO DE AMNISTIA NO TRIBUTARIA EN EL PAGO DE DEUDAS POR INFRACCIONES AL MORDAZA Y TRANSPORTES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE Articulo 1º.- El Plazo de vigencia del beneficio es de 30 dias calendario, que empezara al dia siguiente de su publicacion, otorgandose el Beneficio de Amnistia No Tributaria en el Pago de Deudas por Infracciones al MORDAZA y Transportes, aplicadas hasta el 31 de diciembre del 2010, estableciendo una rebaja o descuento porcentual de las deudas, segun se pormenoriza en la presente Ordenanza. Articulo 2º.- El descuento que se aprueba por el articulo que antecede es efectivo en tanto el pago de la deuda se ejecute al contado, segun el monto establecido en la liquidacion que se practicara en forma individual por cada infraccion, segun su naturaleza y en estricto orden de antiguedad, de la infraccion de mayor antiguedad a la de menor antiguedad, bajo responsabilidad administrativa del funcionario que autorice. Articulo 3º.- Los administrados que con anterioridad a esta MORDAZA, hubieran asumido el compromiso de pago fraccionado, mediante la suscripcion del documento correspondiente, tambien podran acogerse a los beneficios de la presente MORDAZA, en cuyo caso la deuda esta representada por el saldo aun pendiente de pago, sobre la cual se ejercera la correspondiente liquidacion. Articulo 4º.- El administrado cancelara solo el 20% de las deudas que se tenga por las Infracciones tanto al MORDAZA como al Transporte, que se aplican a los que voluntariamente, en el plazo de la presente Ordenanza, se apersonen a las Oficinas de la Municipalidad de la via Administrativa o Coactiva para cancelar sus deudas. Articulo 5º.- Los Administrados deudores por infracciones de MORDAZA y/o Transporte que se presenten a la Oficina de Ejecutoria Coactiva como consecuencia de embargo, captura de vehiculo, internamiento en el Deposito Municipal, el beneficio sera cancelar solo el 20% de la deuda que se tenga por deudas de Infracciones tanto al MORDAZA como al Transporte. Asi mismo se exonerara de los gastos accesorios, intereses, costas, o gastos administrativos que se hubieran generado en el tramite de cobro de la obligacion. Articulo 6º.- Durante la vigencia de la presente Ordenanza queda suspendido y por lo tanto no aplicable, el tramite "Fraccionamiento de Pago" por deudas que se refieran a Infraccion al MORDAZA y al Transporte. Articulo 7º.- Establezcase que concluido el periodo de excepcion que se aprueba por la presente y bajo responsabilidad del funcionario que corresponda, se reiniciara la ejecucion de la cobranza a favor de la Municipalidad asi como las acciones legales y administrativas contra los deudores que no se acogieron a los beneficios otorgados por la presente Ordenanza. Articulo 8º.- Encarguese a la Gerencia de Secretaria General de la Municipalidad Provincial de Canete la publicacion efectiva de la presente MORDAZA al dia siguiente de la fecha de su aprobacion en Sesion de Concejo y difusion a traves de los medios informativos. Articulo 9º.- La Gerencia de Tributacion Municipal y en su caso el Ejecutor Coactivo, alcanzaran para conocimiento y evaluacion en Sesion de Concejo, un informe General del resultado de la aplicacion del beneficio otorgado, luego de vencido el periodo de su vigencia, precisando la cobranza puesta a cobro y el monto cobrado como se indica. Articulo 10º.- Tambien tienen beneficios los vehiculos que no han regularizado el pago del Impuesto Vehicular hasta el 31 de Diciembre del 2010, exonerandosele el 100% de los intereses moratorios y factor reajuste, excepto el pago del impuesto vehicular; asi tambien se exoneran los montos y gastos administrativos que se encuentren en la via Coactiva. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 673432-2

Establecen disposiciones para la senalizacion de zonas rigidas, sentidos de MORDAZA y paraderos
ORDENANZA Nº 15-2011-MPC Canete, 22 de MORDAZA de 2011 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE: VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 065-2011-GT-MPC de fecha 24 de junio de 2011, de la Gerencia de Transportes y Seguridad Vial, relacionado a la Ordenanza para senalar Zonas Rigidas, sentidos de MORDAZA y Paraderos. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, de conformidad a lo establecido en el articulo VIII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades, los gobiernos locales estan a las leyes que, de manera general y de conformidad a la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Transporte; asi como las normas tecnicas referidas a los servicios y bienes publicos. Las competencias y funciones especificas municipales, se cumplen en MORDAZA con las politicas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, de acuerdo a la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, la accion estatal en materia de transporte y MORDAZA se orienta a la satisfaccion de necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, asi como la proteccion del medio ambiente y la comunidad en su conjunto. Asimismo, dentro de las facultades, que otorga a las Municipalidades Provinciales se encuentra las de emitir normas y disposiciones asi como de realizar los actos necesarios para la aplicacion de los reglamentos dentro de su respectivo ambito territorial; Que, en el MORDAZA de demarcacion, senalizacion y regulacion del MORDAZA en la red vial MORDAZA de la MORDAZA de San MORDAZA regulada a traves de la Ordenanza Municipal Nº 0018-2000-MPC, la Municipalidad dicto diversas disposiciones declarando zonas rigidas, sentidos de MORDAZA, zonas restringidas para estacionamiento, siendo necesario continuar con el MORDAZA para mejorar la fluidez del MORDAZA vehicular; Que, igualmente la Municipalidad Provincial, es competente para disponer las variaciones de MORDAZA, zonas rigidas y ubicaciones de paraderos en el ambito de toda la Provincia de Canete, atendiendo las necesidades de la poblacion para solucionar la problematica que se presentan en el transporte publico de pasajeros; Estando a lo expuesto, con las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27181 ­ Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, con el MORDAZA unanime de los senores regidores, el Informe favorable de la Comision de Transporte, con el visto MORDAZA del Gerente General y Asesoria Legal, y con la dispensa del tramite de aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA PARA SENALAR ZONAS RIGIDAS, SENTIDOS DE MORDAZA Y PARADEROS Articulo 1º.- A partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, modifiquese el sentido del MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA de San MORDAZA de Canete, aprobandose lo siguiente:

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