Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2011 (06/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

448129

VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 065-2011-GT-MPC de fecha 24 de junio de 2011, de la Gerencia de Transportes y Seguridad Vial, relacionado a la Ordenanza de Zonas Rigidas en el MORDAZA "Don Mariano", en el distrito de San MORDAZA de Canete. CONSIDERANDO : Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, el sub numeral 1.2 del numeral 1 del articulo 81º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que las Municipalidades, en materia de MORDAZA, vialidad y transporte, ejercen la funcion de normar y regular el servicio publico de transporte de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia; Que, en el articulo 11º, del Decreto Supremo Nº 0172009-MTC, suscribe; las Municipalidades Provinciales, en materia de transporte terrestre, cuentan con las competencias previstas en este Reglamento, y ademas estan facultadas para dictar normas aplicables a su jurisdiccion; Que, en el articulo 45º del D.S.Nº 017-2009-MTC Reglamento Nacional de Administracion de Transporteen donde especifica las condiciones de operaciones para prestar el servicio publico de mercancias, y en el numeral 45.1.3, indica que; cargar y/o descargar la mercancia en un lugar apropiado para ello. No esta permitido el uso de la via publica para realizar de manera habitual estas actividades, debiendo el generador de carga o el receptor facilitar el lugar apropiado para la carga y/o descarga; Que, en el articulo 77º del mismo Decreto Supremo, en el numeral 77.3.2.1, indica que el recibidor o destinatario en el transporte de mercancias, debe recibir las mercancias en los lugares autorizados o adecuados, a fin de no poner en riesgo la seguridad de las personas y/o vehiculos que hacen uso de la via publica; Que, la Gerencia de Transportes y Seguridad Vial realizo el trabajo de MORDAZA constatando que en el MORDAZA de frutas y verduras "DON MARIANO", ubicado en la Av. Evitamiento en el limite con el Distrito de Imperial y el MORDAZA de MORDAZA Angola hay congestion de vehiculos de cargas (camiones) en el frontis del mencionado MORDAZA, asi como vendedores de jabas de maderas, vendedoras ambulantes de comida al paso, que obstaculizan el MORDAZA vehicular, congestionando toda clase de transporte por dicha via; Que, teniendo en cuenta el considerando precedente, se hace necesario tomar medidas correctivas para solucionar esta problematica, evitando congestionamientos vehiculares y mejorar el ornato en dicho centro de abasto; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, el Informe favorable de la Comision de Transportes, contando con la visacion de la Gerencia Municipal y Asesoria Legal, con el MORDAZA mayoritario del pleno del Concejo, y con la dispensa del tramite de aprobacion del Acta se aprueba la siguiente: ORDENANZA: Articulo 1º.- DECLARAR "ZONA RIGIDA" todo el frontis del MORDAZA de Frutas y Verduras "DON MARIANO", para el estacionamiento de vehiculos de carga (camiones, camionetas), venta de jabas de MORDAZA y comercio ambulatorio. Articulo 2º.- Encargar al Gerente de Transportes y Seguridad Vial y Gerente de Servicios Publicos, tomar las acciones correctivas para las senalizaciones correspondientes.

Articulo 3º.- Facultese a la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial a reglamentar las disposiciones que MORDAZA necesarias para el mejor cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo 4º.- Comunicar la presente disposicion a los Inspectores Municipales de Transportes y Policia Nacional del Peru, para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo 5º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 673432-1

Otorgan beneficio de amnistia no tributaria en el pago de deudas por infracciones al MORDAZA y transportes
ORDENANZA Nº 14-2011-MPC Canete, 22 de MORDAZA de 2011 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 065-2011-GT-MPC de fecha 24 de junio de 2011, de la Gerencia de Transportes y Seguridad Vial, relacionado a la Ordenanza para el Otorgamiento de Beneficio de Amnistia No Tributaria en el Pago de Deudas por Infracciones al MORDAZA y Transportes de la Municipalidad Provincial de Canete. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre Nº 27181 y su Reglamento, reserva para las Municipalidades Provinciales facultades especificas sobre el ordenamiento y control del MORDAZA en general dentro de su jurisdiccion, incluyendo el servicio especial de transporte de pasajeros en vehiculos menores, Ley Nº 27189; Que, en aplicacion de los dispositivos de la ley tendientes al ordenamiento y control del MORDAZA, por medio de las Denuncias de Infraccion y Actas de Verificacion, por infracciones al MORDAZA y transporte respectivamente, ha originado la acumulacion de una serie de deudas por multas que se encuentran en MORDAZA de cobranza en la via administrativa, como tambien en la via coactiva; Que, mediante Ordenanza Nº 020-2010-MPC de fecha 28 de setiembre de 2010, se otorgo Beneficio No Tributario en el Pago de Deudas por Infracciones al MORDAZA y Transportes; por lo que es conveniente se brinde nuevas facilidades a los contribuyentes deudores, para que regularicen su situacion de moroso; Estando en lo expuesto, a las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, al Informe favorable de la Comision de Transporte, contando con el visto MORDAZA de la Gerencia Municipal y Asesoria Legal, con la aprobacion unanime de los senores regidores y con la dispensa del tramite de aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente:

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