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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de agosto de 2011 448113 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a Profuturo AFP el cambio de dirección de agencia ubicada en la ciudad de Cajamarca RESOLUCIÓN SBS Nº 8321-2011 Lima, 19 de julio de 2011 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTOS: La comunicación de Profuturo AFP N° LEG-SBS- N°062-2011, ingresadas el 30.06.2011 con registro N° 2011-32757 y el Informe N° 46-2011-DSI del Departamento de Supervisión de Instituciones. CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación de vistos, Profuturo AFP solicita a esta Superintendencia se autorice el cambio de dirección de su agencia ubicada en el Jr. Comercio N° 916, a la nueva dirección signada como Jr. Cinco Esquinas N° 433, en la Ciudad de Cajamarca, Distrito, Provincia y Departamento de Cajamarca; Que, la citada AFP ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca el cambio de la dirección de la agencia mencionada; Que, mediante Resolución N° 0202-2008-EF-SAFP de fecha 21 de mayo de 1998 y Certifi cado N° PR065 del 21 de mayo de 1998, se autorizó a Profuturo AFP el funcionamiento de la agencia ubicada en el Jr. Comercio N° 916, en la ciudad de Cajamarca, Distrito, Provincia y Departamento de Cajamarca; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Instituciones, mediante Informe N° 046- 2011-DSI de fecha 13 de julio de 2011; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modifi catorias, el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo N° 054-97-EF y sus modifi catorias, la Resolución N° 053- 98-EF/SAFP y sus modifi catorias y la Resolución SBS N° 949-2000; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a Profuturo AFP el cambio de dirección de su agencia ubicada en el Jr. Comercio N° 916, a la nueva dirección de Jr. Cinco Esquinas N° 433, en la Ciudad de Cajamarca, Distrito, Provincia y Departamento de Cajamarca. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el Certifi cado N° PR065 que fuera emitido al amparo de lo dispuesto en la Resolución N° 00202-1998-EF-SAFP. Artículo Tercero.- Expedir y otorgar el Certifi cado Defi nitivo N° PR075, con la nueva dirección referida en el Artículo Primero de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Profuturo AFP, a efecto del cambio de dirección que se autoriza por la presente Resolución, deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 15° del Título III del Compendio de Normas Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondo de Pensiones, referido a Gestión Empresarial, aprobado por Resolución N° 053-98-EF/SAFP. Artículo Quinto.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LORENA MASÍAS QUIROGA Superintendente Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 674060-1 Autorizan al Banco Interamericano de Finanzas la apertura de agencia ubicada en el distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno RESOLUCIÓN SBS Nº 8730-2011 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA Lima, 2 de agosto de 2011 VISTA: La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas, el día 25 de julio de 2011, para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (01) agencia de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca la apertura de la citada agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B”, mediante Informe Nº 109-2011- DSB “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Interamericano de Finanzas, la apertura de una (01) agencia, ubicada en Avenida San Román Nº 233, distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 673435-1 Autorizan viaje de funcionarios para realizar visita de inspección a la subsidiaria del Banco de Crédito del Perú en Bolivia RESOLUCIÓN SBS Nº 8884-2011 Lima, 5 de agosto de 2011 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (A.I.) VISTA: La comunicación cursada por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero de Bolivia (ASFI) a la Superintendencia