Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2011 (06/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

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a) Coordinador General b) Secretario de Economia c) Secretario de Actas d) Promotor y animador del Deporte y Recreacion: Necesariamente sera un representante de las organizaciones deportivas (ligas de futbol, Asoc. de deportivas, etc.) e) Secretario de Cultura y Defensa del Medio Ambiente: Necesariamente sera un representante de organizaciones de indole ambiental y/o cultural que esten constituidas dentro de la zonal a la que pertenece la infraestructura, en caso que no hubiera se escogera entre los jovenes de 18 a 29 anos de edad asistentes a la asamblea convocada para tal fin. f) Fiscal: Representante de una organizacion social vecinal, de una Asoc. De propietarios, de comites vecinales de la Urbanizacion, o la que haga sus veces, donde se encuentra ubicado la infraestructura deportiva. Articulo 15º.- De la constitucion del Comite de Gestion de Deporte y Recreacion La constitucion de un Comite de Gestion de Deporte y Recreacion se realiza mediante asamblea publica de vecinos residentes en un radio de cinco cuadras desde el punto de ubicacion del espacio publico recreativo autorizado. Sin perjuicio, de lo dispuesto por el articulo 14º de la presente ordenanza respecto a los cargos que pueden ser ocupados por personas residentes en la zonal. Articulo 16º.- Reglas generales de MORDAZA de eleccion El MORDAZA eleccionario se llevara cabo necesariamente en cumplimiento de un Reglamento de Elecciones, el mismo que debera ser aprobado por mayoria en asamblea, convocada para tal fin. El secretario tecnico del Comite Distrital de Deporte y Recreacion encargado de Participacion Vecinal, debera asistir como veedor en el MORDAZA de eleccion y garantizar que este se realice de la mejor manera. Articulo 17º.- Periodo y reconocimiento del Comite de Gestion de Deporte y Recreacion Los cargos elegidos del Comite de Gestion de Deporte y Recreacion tendran un periodo de vigencia de un ano, contados desde la emision de la resolucion de formalizacion. MORDAZA de culminar su vigencia, el Comite de Gestion de Deporte y Recreacion convocara a elecciones, no siendo posible la reeleccion del comite en pleno. La Sub. Gerencia de Participacion Vecinal y Organizaciones Sociales de la Municipalidad sera la encargada de tramitar el reconocimiento del Comite de Gestion de Deporte y Recreacion, conforme el procedimiento legal establecido para tal fin. Mediante Resolucion de Alcaldia y con la firma del convenio senalado en el Art. 13º de la presente ordenanza, se procedera a la formalizacion del Comite de Gestion de Deporte y Recreacion. Articulo 18º.- Del Convenio MORDAZA y funcionamiento del Comite de Gestion de Deporte y Recreacion El funcionamiento del Comite se realizara de acuerdo a lo senalado en el articulo 13º de la presente ordenanza, siendo de especial importancia el cumplimiento del Convenio MORDAZA suscrito por el Comite y la Municipalidad a fin de gestionar correctamente el uso del espacio publico recreativo autorizado. Dicho convenio regulara entre otros temas: La redaccion de un Plan de trabajo, Balance anual economico, inventario de bienes, enseres e inmuebles, costo a cobrar por el uso de las infraestructuras deportivas y el horario de su funcionamiento y otros temas que consideren conveniente regular los secretarios tecnicos del Comite Local de Deporte y Recreacion Municipal. TITULO V DEL DESTINO DE LOS RECURSOS RECAUDADOS Articulo 19º.- Los fondos que se generen en la administracion de los Comites de Gestion de Espacio

Publico Recreativo seran destinados en el siguiente orden prioritario: a) Mantenimiento de las areas verdes b) Promocion de la Recreacion, Cultura y Deporte c) Mantenimiento de infraestructura deportiva y elementos que lo componen d) Equipamiento ludico o accesorios necesarios para el trabajo de recreacion, deporte y animacion con la comunidad. TITULO VI DEL USO DE LA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA Articulo 20º.- Del uso de la Infraestructura Deportiva El uso de la infraestructura deportiva es libre y de acceso publico en el horario establecido por el Comite de Gestion de Deporte y Recreacion. Se otorgara preferencia de uso a los ninos y jovenes que lo necesiten. Las instituciones publicas o privadas que MORDAZA uso de las instalaciones deportivas en forma permanente o periodica, firmaran un convenio de uso entre el Comite de Gestion de Deporte y Recreacion, estableciendo horarios de acceso y de ser el caso alguna forma de especial retribucion hacia el objetivo del Comite. TITULO VII DE LOS ESTIMULOS AL BUEN VECINO Articulo 21º.- Beneficios La Municipalidad reconocera el desempeno individual y grupal de los vecinos interesados en construir una comunidad educativa, sostenible y pacifica alrededor de la administracion de un espacio publico. Si un Comite de Gestion de Deporte y Recreacion cumpliese al 100% su Plan Anual de Trabajo, la Municipalidad le brindara la posibilidad de obtener beneficios de MORDAZA educativo, recreativo o de atencion ciudadana preferencial. Se evaluara por resultados visibles en terminos de eficiencia y eficacia en la solucion de los problemas, capacidad innovadora, posibilidad de replicabilidad y sustentabilidad. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- En un lapso de ciento veinte dias (120) dias calendario a partir de la publicacion de la presente, los Comites de administracion de MORDAZA y/o losa deportiva formados hasta la fecha, deberan regularizar su situacion en Asamblea General, que les permita cumplir con el diseno y disposiciones que senala la presente norma. El MORDAZA de implementacion de la presente MORDAZA sera progresivo, implementandolo mediante proyectos pilotos. Segunda.- A partir de la vigencia de la presente Ordenanza, la Sub Gerencia de Participacion Vecinal y la Sub Gerencia de Juventudes y Deportes brindaran a los vecinos la asesoria necesaria. Tercera.- La Municipalidad Distrital de Comas en un plazo no mayor de (90) dias calendario a partir de la publicacion de la presente ordenanza, calificara y determinara aquellos complejos deportivos que no forman parten de la infraestructura del sistema Local de Deporte y Recreacion Municipal de Comas. TRANSITORIAS Y FINALES Primero.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Ambiental, Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Gerencia de Desarrollo Humano, Gerencia de Participacion Vecinal, el cumplimiento de la presente ordenanza. Segundo.- Deroguese la Ordenanza Nº 063-C/ MC, "Normas de Funcionamiento de los Comites de Administracion de Instalaciones Deportivas en el distrito de Comas".

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