Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2011 (06/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de agosto de 2011

Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680 "Ley de Reforma Constitucional", precisa que las Municipalidades provinciales y distritales son organos de Gobierno Local y personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, la fundacion del Pueblo Santisimo MORDAZA de MORDAZA esta vinculado a las ordenanzas dictadas por el Virrey MORDAZA de MORDAZA y Leyva; sistema que ya funcionaba desde 1570. El cual consistia en reunir en un solo pueblo a los indigenas que se encontraban dispersos en los valles. La dispersion impedia y demoraba la recaudacion agil y rapida de los tributos. Ingresos que nutrian las arcas fiscales de la Colonia, que eran indispensables para la MORDAZA espanola. Que, partiendo de esta premisa, la reduccion de indigenas de MORDAZA nace bajo la advocacion del Santisimo MORDAZA, segun documentacion fue fundado el 06 de Agosto de 1573, integrado por los Ayllus Caringas, Manchay y Pachacamac. Para reafirmar aun mas este hecho historico apoyemoslos en el SANTORAL, calendario liturgico que funciona como indicador de la fecha en que se celebran las festividades en honor de un MORDAZA u otra figura religiosa. De igual manera, el nombre de pila de los infantes solia asignarse segun la festividad que se celebrase en el dia de su nacimiento o bautismo; Que, de otro lado, de acuerdo al Santoral Catolico el 6 de Agosto, celebra la festividad del Santisimo MORDAZA o de la Transfiguracion del Senor, festividad liturgica que conmemora el MORDAZA biblico de la transfiguracion del senor en el monte Tabor, cuando en presencia de San MORDAZA, San MORDAZA y MORDAZA se presento, segun los Evangelios, MORDAZA ante MORDAZA y Elias. Esta solemnidad liturgica de la Iglesia Catolica Apostolica MORDAZA fue instituida en 1457, por el Papa MORDAZA III, por la constitucion intitulada: "Interdivinae despentationas arcana", en accion de MORDAZA al Divino MORDAZA del MORDAZA, por la MORDAZA que el ano precedente obtuvieron en las puertas de Belgrado los ejercitos cristianos sobre las fuerzas invasoras musulmanas capitaneadas por Mahomet III, MORDAZA que detuvo la penetracion de los Turcos en la peninsula de los Balcanes. Que, a partir de estos hechos, muchas poblaciones y lugares fueron designados en la Europa y MORDAZA MORDAZA con el nombre de San MORDAZA y muchas MORDAZA colocadas bajo la advocacion o patronato del Divino MORDAZA del Mundo. Si ademas, en otros lugares del Peru y MORDAZA, existen zonas que llevan el nombre de San MORDAZA y su fecha patronal es el dia 6 de Agosto. Por ende, para el pueblo de MORDAZA, su fiesta patronal tiene que ser del mismo dia y mes. Veamos ejemplos: San MORDAZA, capital de El MORDAZA ­ Centro America; San MORDAZA, provincia de Antabamba, departamento de Apurimac; San MORDAZA de Huancapon, provincia de Cajatambo, Departamento de Lima; San MORDAZA de Pucyura, Provincia de Anta, departamento de Cuzco, aun mas, la figura del Santisimo MORDAZA esta ubicado en el Atrio de la Iglesia y al interior del templo, en el Retablo Mayor del Altar Mayor, lugares relevantes donde se colocan al patron. Es decir, que el pueblo de MORDAZA, nacio bajo la advocacion del Santisimo Salvador. Que, las esculturas del espanol e MORDAZA ubicadas en el cruce entre la Antigua Panamericana Sur y la Av. MORDAZA Poblet Lind, es en remembranza por el encuentro de Dos Culturas, las autoridades de aquella epoca al parecer eran unos convencidos que el dia de la llegada de MORDAZA MORDAZA, el veedor Estete y un grupo de jinetes, al MORDAZA de MORDAZA, era la fecha de fundacion del pueblo (30 de enero de 1533). Hecho historico que no tiene nada que ver con la fundacion del Pueblo Colonial de San Salvador. Razon por la cual equivocadamente colocaron la escultura del espanol, representando a MORDAZA MORDAZA y al otro extremo la escultura de Capac Yupanqui. MORDAZA esculturas no son representativas de la realidad pachacamina y de la grandeza historica de su pasado.

Que, si hay que recordar la estadia de los espanoles, es en forma nefasta: invasion y destruccion del Santuario de MORDAZA, comenzando por derribar el aposento y destruir al idolo MORDAZA, creando un estupor y miedo entre los sacerdotes e indigenas del lugar, actitud desmedida por la fiebre del saqueo del oro y la plata del Templo. Asimismo, su presencia ocasiona una disminucion demografica del pueblo indigena MORDAZA tanto asi que fue catastrofico, segun el cronista MORDAZA de MORDAZA el MORDAZA ascendia a 25,000 habitantes y para 1574 solo alcanzaba los 2,000. La destruccion tuvo como causa los ejercitos espanoles, quienes robaban, vejaban y mataban. Que, en cambio el desarrollo cultural del MORDAZA se dio a traves del senorio Ychsma quien tenia como su MORDAZA exponente al MORDAZA MORDAZA, asimismo el representante de la fe MORDAZA catolica y que bajo su advocacion se fundo el Pueblo de MORDAZA es "El Santisimo Salvador" Patron del pueblo y de la Iglesia del Distrito de MORDAZA, por lo que estas imagenes deben exhibirse, en vez del estatuas que se encuentran ubicadas en el Cruce entre la Antigua Panamericana Sur y la Av. MORDAZA Poblet Lind. Que, segun el Articulo 41º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, los acuerdos son decisiones, que toma el Concejo Municipal, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; En uso de las facultades conferidas en el Articulo 9º y Articulo 41º de la Ley Nº 27972 ­ "Ley Organica de Municipalidades", contando con el MORDAZA UNANIME de los senores Regidores; ACUERDA: Articulo Primero.- RECONOCER el Dia 06 de Agosto de 1573 como la fecha de Fundacion del Pueblo Santisimo MORDAZA de Pachacamac". Articulo Segundo.- DISPONER el retiro de las estatuas que se encuentran ubicadas en la entrada del Distrito y colocar en su lugar las estatuas del MORDAZA MORDAZA y el Santisimo Salvador. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, a la Oficina de Informatica y Estadistica en el MORDAZA Institucional y a la Oficina de Relaciones Publicas su difusion. Articulo Cuarto.- DISPENSAR del tramite de la aprobacion del acta para proceder a la ejecucion inmediata del presente Acuerdo. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA L. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 673778-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE
Declaran MORDAZA Rigida el frontis del MORDAZA de Frutas y Verduras "Don Mariano"
ORDENANZA Nº 13-2011-MPC Canete, 22 de MORDAZA de 2011 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE

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