Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (20/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de agosto de 2011 448744 Nacional de los Registros Públicos procederá a inscribir la desafectación dispuesta en el artículo precedente. Regístrese y publíquese. CARLOS REATEGUI SANCHEZ Subdirector de Desarrollo Inmobiliario 679456-1 SUBDIRECCION DE DESARROLLO INMOBILIARIO RESOLUCIÓN Nº 088-2011/SBN-DGPE-SDDI San Isidro, 15 de agosto de 2011 Visto el Expediente Nº 125-2011/SBNSDAPE, que contiene el trámite de cesión en uso promovida por el Centro de Desarrollo Técnico Productivo del predio de propiedad del Estado de 4 817,90 m², ubicado en el lote 2 de la Manzana 50G, Parcela B, Pueblo Joven Villa Poeta II José Gálvez, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, y la sustentación del trámite de desafectación de dominio público a dominio privado de dicho predio; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, en mérito a la Ley N° 29151, Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo N° 004-2007- VIVIENDA y Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, es el Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo el Ente Rector responsable de normar los actos de adquisición, disposición, administración y supervisión de los bienes estatales, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración está a su cargo y tiene como fi nalidad buscar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social; Que, el Estado-Superintendencia Nacional de Bienes Estatales es propietario del predio de 4 817,90 m², ubicado en el lote 2 de la Manzana 50G, Parcela B, Pueblo Joven Villa Poeta II José Gálvez, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº P03256098 de la Zona Registral N° IX – Sede Lima del Registro de Predios de Lima y con Registro SINABIP Nº 14903 correspondiente al Libro de Lima, el predio tiene la condición de equipamiento urbano; Que, mediante Resolución Nº 149-2008/SBN-GO-JAD de fecha 18 de diciembre de 2008, se aprobó la cesión en uso del predio antes descrito a favor del Centro de Desarrollo Técnico Productivo – CEDETEP, para que lo destine al funcionamiento de su sede institucional, Centro de Capacitación, Talleres Productivos y Hogar Temporal, por un plazo de 2 años; Que, con Memorándum Nº 8998-2011/SBN-DGPE- SDAPE de fecha 14 de julio de 2011, la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, solicita la desafectación de dominio público del predio antes descrito, en la medida que ha considerado conveniente renovar la cesión en uso a favor del Centro de Desarrollo Técnico Productivo CEDETEP, formulado mediante escrito de fecha 17 de diciembre de 2010; Que, el artículo 43° del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, establece que la desafectación de un bien de dominio público, procederá cuando haya perdido la naturaleza o condición apropiada para su uso público o para prestar un servicio público y deberá ser aprobada por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, excepcionalmente, a solicitud de la entidad previo informe sustentatorio, la SBN procederá a aprobar la desafectación de los predios de dominio público; Que, la cesión en uso se otorga sobre terrenos de dominio privado, acto que se omitió en la emisión de la Resolución Nº 149-2008/SBN-GO-JAD, que asimismo, profesionales de la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario de esta Superintendencia, en la inspección técnica de fecha 17 de febrero de 2011, ha verifi cado que el predio se encuentra ocupado por el Centro de Desarrollo Técnico Productivo – CEDETEP, un centro capacitación de madres adolescentes, por lo que, a efectos de renovar la cesión en uso a favor del CEDETEP, procede de manera excepcional la desafectación de dominio público del terreno submateria; Que, de acuerdo a lo señalado en el literal f) del artículo 48° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 016-2010/ VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, corresponde a la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, aprobar la desafectación de bienes de dominio público al dominio privado del Estado, de conformidad con la normatividad vigente; Que, estando a los fundamentos señalados en el Informe Técnico Legal N° 0397-2011/SBN-DGPE-SDDI de fecha 26 de julio de 2011, corresponde declarar la desafectación de su condición de dominio público del predio antes descrito; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29151 – Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008- VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Decreto Supremo N° 016-2010/VIVIENDA y Resolución Nº 035-2011/SBN-SG; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar la desafectación de su condición de dominio público del predio de propiedad del Estado del predio de 4 817,90 m², ubicado en el lote 2 de la Manzana 50G, Parcela B, Pueblo Joven Villa Poeta II José Gálvez, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº P03256098 de la Zona Registral N° IX – Sede Lima del Registro de Predios de Lima y con Registro SINABIP Nº 14903 correspondiente al Libro de Lima, a fi n que se incorpore al dominio privado del Estado. Artículo 2°.- Por el mérito de la presente Resolución, la Zona Registral IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos procederá a inscribir la desafectación dispuesta en el artículo precedente. Regístrese y publíquese. CARLOS REATEGUI SANCHEZ Subdirector de Desarrollo Inmobiliario 679456-2 Aprueban adjudicación en venta directa de terreno de propiedad del Estado ubicado en el distrito de Punta Hermosa, provincia y departamento de Lima SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO INMOBILIARIO RESOLUCIÓN N° 090-2011/SBN-DGPE-SDDI Lima, 15 de agosto de 2011 Visto, el Expediente Nº 052-2009/SBN-JAD, que contiene la solicitud de adjudicación en venta directa promovida por el señor Carlos Augusto Enrique Llosa Larrabure, del terreno de propiedad del Estado, signado como Área 3 del terreno ubicado entre la Curva Generada por la Av. El Silencio y el Océano Pacífi co, distrito de Punta Hermosa, provincia y departamento de Lima, y; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es un organismo público, adscrito al