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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de diciembre de 2011 454553 Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619; así como el artículo 10.1 inciso d) de la Ley Nº 29626; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del siguiente funcionario diplomático, a la ciudad de San Petersburgo, Federación Rusa, del 11 al 14 de diciembre de 2011, para que participe en la Reunión de Altos Funcionarios del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífi co (APEC): • Embajador en el Servicio Diplomático de la República Elard Alberto Escala Sánchez-Barreto, Director de APEC y Foros Especializados, de la Dirección General de Asia y Oceanía y Alto Funcionario del Perú ante APEC; Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 01281: Promoción, Ejecución y Evaluación de las Acciones de Política Exterior, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Elard Alberto Escala Sánchez- Barreto 2,810.00 260.00 4+2 1,560.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará ante el Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros; cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 726123-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Declaran aprobada transferencia de autorización para operar estación de servicio de radiodifusión sonora en FM otorgada mediante R.VM. N° 330-2007- MTC/03 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 1008-2011-MTC/03 Lima, 1 de diciembre de 2011 VISTOS, los escritos de registro No. 2010-010051 de fecha 10 de marzo de 2010 y No. 2010-010051-A de fecha 28 de mayo de 2010, sobre aprobación de transferencia de la autorización otorgada al señor EZEQUIEL AMANCIO CENTENO ROJAS con Resolución Viceministerial No. 330-2007-MTC/03, a favor del señor LENIN EVER CHAVEZ COTRINA; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial No. 330-2007- MTC/03 del 16 de julio de 2007, se otorgó al señor EZEQUIEL AMANCIO CENTENO ROJAS autorización por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Pichanaqui, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín, con vigencia hasta el 20 de julio de 2017; Que, el artículo 27° de la Ley de Radio y Televisión – Ley No. 28278, dispone que los derechos otorgados para la prestación de un servicio de radiodifusión son transferibles previa aprobación del Ministerio, siempre que hayan transcurrido al menos dos (2) años contados a partir de la entrada en vigencia de la autorización y no se confi guren alguna de las causales establecidas en el artículo 23° de la Ley de Radio y Televisión. Asimismo, establece que las solicitudes de transferencia deberán ser atendidas en un plazo máximo de noventa (90) días para emitir su pronunciamiento, transcurrido el cual, sin que se haya expedido resolución pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla aprobada; Que, a su vez, el artículo 73º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo No. 005- 2005-MTC, establece que la autorización conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, podrán ser transferidos, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular; Que, con escritos de Vistos se solicita la aprobación de la transferencia de la autorización otorgada al señor EZEQUIEL AMANCIO CENTENO ROJAS por Resolución Viceministerial No. 330-2007-MTC/03, a favor del señor LENIN EVER CHAVEZ COTRINA; Que, teniendo en cuenta los requerimientos efectuados por la Administración en el presente procedimiento y el plazo máximo establecido en el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión para la atención de las solicitudes de transferencia de autorización, la solicitud de transferencia de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial No. 330-2007-MTC/03 a favor del señor LENIN EVER CHAVEZ COTRINA ha quedado aprobada al 5 de noviembre de 2010, al haberse confi gurado el silencio administrativo positivo; verifi cando la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones que se ha cumplido con los requisitos y las condiciones exigibles para aprobar la transferencia de la autorización solicitada, conforme a lo opinado en el Informe No. 3064-2011-MTC/28; Que, en ese sentido, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe No. 3064-2011-MTC/28, opina que si bien operó el silencio administrativo positivo con lo cual se da por aprobada la transferencia de autorización otorgada al señor EZEQUIEL AMANCIO CENTENO ROJAS a favor del señor LENIN EVER CHAVEZ COTRINA, se debe proceder a expedir la Resolución Viceministerial que así lo declare y reconozca a este último como el nuevo titular de la citada autorización, para prestar el servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en la localidad de Pichanaki, departamento de Junín; así como del permiso, licencia y autorización para la utilización de enlaces auxiliares a la radiodifusión relacionados y de los derechos y obligaciones derivadas de la misma; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley No. 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 005-2005-MTC, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo No. 008-2002-MTC y sus modifi catorias; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar aprobada al 5 de noviembre de 2010, en virtud del silencio administrativo positivo, la solicitud de transferencia de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial No. 330-2007-MTC/03 a favor del señor LENIN EVER CHAVEZ COTRINA, para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Pichanaki, departamento de Junín. Artículo 2º.- Reconocer al señor LENIN EVER CHAVEZ COTRINA como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial No. 330-2007-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo éste todos los derechos y obligaciones derivadas de la misma. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, para los fi nes de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Viceministro de Comunicaciones 725652-1