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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (08/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de diciembre de 2011 454562 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley N° 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, ahora Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI; de acuerdo con la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos; Que, por Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI como instrumento técnico que organiza la Estructura Orgánica de la Entidad, conteniendo las funciones generales de ésta y las específi cas de cada uno de sus Órganos y Unidades Orgánicas, y que establece en su artículo 9 que el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad y del Pliego Presupuestal de COFOPRI; Que, mediante Resolución Directoral Nº 055-2007- COFOPRI/DE de fecha 23 de agosto del 2007, se delega en la Secretaría General la función de la Dirección Ejecutiva de COFOPRI, referida a la aprobación de directivas y normas técnico-administrativas para mejorar la calidad de los servicios públicos que brinda la Entidad, prevista en el literal c) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA; Que, por Decreto Supremo N° 006-2009-VIVIENDA, se establecen disposiciones aplicables durante la vigencia del Régimen Temporal Extraordinario aprobado por Ley N° 28923, específi camente, a los procedimientos de formalización de lotes a que hace referencia los literales a) y g) del numeral 8.2 del artículo 8 del Reglamento del Título I de la Ley N° 28687, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2006-VIVIENDA; Que, para una mejor aplicación del dispositivo antes citado, resulta conveniente aprobar una Directiva que establezca los lineamientos y criterios uniformes para el desarrollo de los procedimientos de formalización de los lotes referidos con anterioridad; Estando a lo dispuesto y con el visado de las Direcciones de Formalización Individual, Integral, Normalización y Desarrollo y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 004-2009- COFOPRI, “Normas que regulan la aplicación del Decreto Supremo N° 006-2009-VIVIENDA en los procedimientos de formalización de la propiedad en terrenos del Estado”, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- La presente resolución deberá publicarse en la página web de la Entidad. Artículo Tercero.- Notifíquese la presente resolución a los órganos estructurados de COFOPRI. Artículo Cuarto.- La presente resolución entrará en vigencia el mismo día de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ÁNGEL CANDELA GÓMEZ DE LA TORRE Secretario General COFOPRI RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 025-2009-COFOPRI/SG Lima, 22 de mayo de 2009 CONSIDERANDO; Que, mediante el Decreto Legislativo 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley Nº 27406, se creó la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, ahora Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, conforme a la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 28923 - Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de predios; Que, los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 28923, Ley que establece un Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos, facultan a COFOPRI a asumir de manera excepcional y por un periodo de tres (3) años, las funciones de ejecución de los procedimientos de saneamiento físico, legal y titulación de predios urbanos, ubicados en posesión informal, a que se refi ere el Titulo I de la Ley Nº 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de Servidos Básicos y sus demás normas complementarias; Que mediante Decreto Legislativo Nº 1089, se declara de interés nacional la formalización y titulación de los predios rústicos y tierras eriazas habilitadas, a nivel nacional, para lo cual se crea un régimen temporal extraordinario por cuatro años, asignando competencia para la realización de tales acciones al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal- COFOPRI; Que, la Décimo Tercera Disposición Complementaria y Final, del Reglamento del Título I de la Ley 28687, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2006-VIVIENDA, modifi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 013- 2008-Vivienda, dispone que la entidad formalizadora podrá regular los procedimientos que sean necesarios para correcta implementación de las normas de formalización de la propiedad informal, asimismo la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto. Legislativo Nº 1089, aprobado por Decreto Supremo Nº 032- 2008-VIVIENDA, faculta a COFOPRI a aprobar, entre otros, las directivas que sean necesarias para la ejecución de los procedimientos establecidos en el Reglamento en mención; Que, en cumplimiento de la normatividad precitada, resulta necesario, aprobar la Directiva, para establecer los Lineamientos para la Formalización de Posesiones Informales y Predios Rurales en Superposición con Zonas Arqueológicas. Que mediante la Resolución Directoral Nº 055-2007- COFOPRI/DE, el Director Ejecutivo de COFOPRI delegó en la Secretaria General, entre otras, la función previstas en el literal c) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA, relacionada con la facultad de aprobar las directivas y las normas técnico administrativas para mejorar los servicios públicos que brinda la Entidad; Con el visado de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Formalización Integral y la Dirección de Normalización y Desarrollo: SE RESUELVE Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 005 - 2009-COFOPRI -”Lineamientos para la Formalización de Posesiones Informales y Predios Rurales en Superposición con Zonas Arqueológicas’’, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución; Artículo Segundo.- Lo dispuesto en esta Directiva será de aplicación a nivel nacional a través de las Ofi cinas Zonales de COFOPRI y a manera de plan piloto, el artículo VII de la Directiva en mención, será aplicado por la Ofi cina Zonal de lima y Callao al momento que se realicen trabajos de formalización en posesiones Informales o predios rurales que se encuentren colindantes o presenten posible superposición respecto a la zona arqueológica monumental Lapa Lapa ubicada en el distrito de Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima: declarada como Patrimonio Cultural de la Nación mediante Resolución Directoral Nacional Nº 1081/INC, del 22.09.2000. Artículo Tercero.- Publíquese la presente Resolución y la Directiva que la aprueba, en el Portal Institucional (www.cofopri.gob.pe), Artículo Cuarto.- Notifíquese la presente resolución y los órganos estructurados de COFOPRI. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ANGEL CANDELA GÓMEZ DE LA TORRE Secretario General COFOPRI RESOLUCIÓN SECRETARIA GENERAL N° 017-2011-COFOPRI/SG Lima, 11 de abril de 2011 VISTO: Los Memorándums Nos. 130-2011-COFOPRI/UTDA y 145-2011-COFOPRI/OPP, emitidos por la Unidad