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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de diciembre de 2011 455210 Que, mediante la Directiva N° 001-2005-MSB-A aprobada por Resolución de Alcaldía N° 253-2005- MSB-A de fecha 12 de julio de 2005, se ha regulado los procedimientos para la aceptación y entrega de donaciones en la municipalidad de San Borja. Asimismo, en el Artículo 54° del Reglamento de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, señala en relación a la donación que la aceptación de la misma, previa evaluación de los documentos presentados y emisión de un informe técnico – legal, se efectuará por Resolución de la autoridad administrativa de la entidad benefi ciaria, la SBN o el Gobierno Regional, de acuerdo con sus competencias. Que, el inciso 7) del Artículo 56° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que son bienes de Propiedad Municipal los legados o donaciones que se instituyan en su favor. El Artículo 64° de la mencionada Ley señala que las donaciones de bienes a favor de una municipalidad están exoneradas de todo impuesto, conforme a la ley de la materia, así como del pago de los derechos registrales y derechos arancelarios cuando los bienes provienen del extranjero. Asimismo, el Artículo 68° de la misma norma, establece que el acuerdo municipal de donación, cesión o concesión debe fijar de manera inequívoca el destino que tendrá el bien donado y su modalidad, siendo que el incumplimiento parcial o total de la finalidad que motivó la donación ocasiona la reversión del bien inmueble a la municipalidad, la cual incorpora a su patrimonio las mejoras, a título gratuito. Que, mediante Correspondencia N° 10355-2011 de fecha 05 de octubre de 2011, la empresa Patrimonio en Fideicomiso D.S. N° 093-2002-EF-INTERPROPERTIES PERU solicitó la aprobación del Concejo Municipal sobre la donación de US$ 15,000.00 (Quince Mil y 00/100 Dólares Americanos) a favor de la Cía. Cosmopolita 11 Bomberos de San Borja. Que, mediante el Memorando N° 469-2011-MSB- GAF de fecha 10 de noviembre de 2011, la Gerencia de Administración y Finanzas remite a la Gerencia de Planifi cación Estratégica la documentación referente a la donación de US$ 15,000.00 (Quince Mil y 00/100 Dólares Americanos) a favor de la Cía. Cosmopolita 11 Bomberos de San Borja, con el fi n de que se proceda con el trámite correspondiente. Que, conforme al Informe N° 140-2011-MSB-GM- GPE de fecha 11 de noviembre de 2011, la Gerencia de Planifi cación Estratégica, a efectos de proseguir con el trámite de donación, sugiere que se remita la documentación a Secretaría General para que sea considerado en próxima Sesión de Concejo y se evalúe la solicitud de la empresa para la aceptación de la donación en comento. Que, con Informe N° 826-2011-MSB-GAJ de fecha 25 de noviembre de 2011, la Gerencia de Asesoría Jurídica opinó que es conveniente aceptar la donación a favor de la Compañía Cosmopolita 11 de Bomberos de San Borja, de conformidad con el procedimiento previsto por la Directiva N° 001-2005-MSB-A. Que, la entidad benefi ciada es la Compañía Cosmopolita 11 de Bomberos de San Borja, que forma parte del Cuerpo General de Bomberos voluntarios del Perú, con personería jurídica de derecho público interno de la Presidencia del Consejo de Ministros con autonomía técnica, económica y administrativa. Que, el numeral 20) del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar las donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad. Estando a lo expuesto y conforme a lo establecido en el artículo 41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto aprobatorio de la mayoría de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Actas. ACUERDA: Artículo Primero.- Aceptar la Donación efectuada por la empresa Patrimonio en Fideicomiso D.S. N° 093-2002- EF-INTERPROPERTIES PERU, de la suma de US$ 15,000.00 (Quince Mil y 00/100 Dólares Americanos), a favor de la Cía. Cosmopolita 11 Bomberos de San Borja. Artículo Segundo.- Disponer a la Gerencia de Planifi cación Estratégica, que la citada Modifi cación Presupuestaria vía Acuerdo de Concejo, sea publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de la Municipalidad Distrital de San Borja (www.munisanborja. gob.pe). Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Planifi cación Estratégica y a la Gerencia de Administración y Finanzas, el uso de la donación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALBERTO VON DER HEYDE BIOSCA Teniente Alcalde Encargado de la Alcaldía 730488-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Amplían plazo para el otorgamiento del Plan de incentivos Tributarios y No Tributarios y las condonaciones y los descuentos parciales aprobados mediante Ordenanza Nº 207-2011- MDSJM DECRETO DE ALCALDÍA Nº 017-2011-MDSJM-A San Juan de Mirafl ores, 20 de diciembre de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES. Visto el Informe Nº 207-2011-GR/MDSJM de fecha 16 de diciembre de 2011, remitido por la Gerencia de Rentas y el Informe Nº 828-2011-GAJ-MDSJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 207-2011-MDSJM, publicada con fecha 26 de noviembre de 2011, en el Diario Ofi cial El Peruano la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores establece el Plan de Incentivos Tributarios y No tributarios, otorgándose facilidades de pago a los contribuyentes del distrito para que cumpla con sus obligaciones pendientes de pago; facultándose en la tercera disposición fi nal de la referida Ordenanza al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para su adecuación y mejor aplicación. Que, el plazo de la vigencia de la citada Ordenanza Municipal es hasta el 20 de Diciembre de 2011. Que, con el objeto de brindar mayores facilidades a los contribuyentes para que puedan cumplir sus obligaciones tributarias y no tributarias resulta necesario ampliar el plazo de vigencia del Plan de Incentivo Tributario y no Tributario hasta el 30 de diciembre de 2011. Que, mediante el Informe Nº 828-2011-GAJ-MDSJM de fecha 19 de diciembre de 2011, la Gerencia de Asesoría Jurídica opino favorablemente sobre la ampliación del plazo ara el otorgamiento del Plan de Incentivos Tributarios y No Tributarios y las condonaciones y descuentos parciales aprobados mediante Ordenanza Nº 207-2011-MDSJM, hasta el 30 de diciembre. Que en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 6 y 20 numeral 6) de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con el visto bueno de la Gerencia de Asesoría Jurídica. DECRETA: Artículo Primero.- Ampliar hasta el 30 de diciembre de 2011, el plazo para el otorgamiento del Plan de incentivos Tributarios y No Tributarios y las condonaciones y los