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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (21/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de diciembre de 2011 455211 descuentos parciales aprobados mediante Ordenanza Nº 207-2011-MDSJM. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración, Gerencia de Informática, y Gerencia de Imagen Institucional así como las unidades orgánicas que la conforman el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Tercero.- Disponer a la Gerencia de Secretaria General la publicación del presente Decreto en el Diario Ofi cial El Peruano el cual entrará en vigencia apartir de su publicación. Regístrese, publíquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 731086-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Aprueban el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al Año Fiscal 2012 de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 082-2011-MDSM San Miguel, 13 de diciembre de 2011 VISTOS, en sesión ordinaria de concejo celebrada en la fecha, el memorando N°828-2011-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el informe Nº544-2011-GAJ/ MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos y el memorando Nº1028-2011-GPP/MDSM emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 54º de la Ley Nº28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, los gobiernos locales aprueban su respectivo presupuesto institucional, hasta el 31 de diciembre del año fi scal anterior a su entrada en vigencia; Que, en ese sentido es necesario aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura para el año fi scal 2012, dentro del plazo previsto y de conformidad con lo dispuesto por la Directiva Nº001-2011-EF/50.01, Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público aprobado por Resolución Directoral Nº002- 2011-EF/50.01; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas al concejo municipal, por el artículo 9°, inciso 16) de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades; POR UNANIMIDAD SE ACORDÓ: Artículo 1º.- APROBAR el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al Año Fiscal 2012 de la Municipalidad Distrital de San Miguel por Fuente de Financiamiento, de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS Tipo de Transacción 1: Ingresos Fuente de Financiamiento En Nuevos Soles 1. Recursos Ordinarios 606,417.00 2. Recursos Directamente Recauda 30,518,809.00 5. Recursos Determinados 22,893,525.00 TOTAL 54,018,751.00 GASTOS Tipo de Transacción 2: Gastos Genérica de Gasto En Nuevos Soles 1. Personal y Obligaciones Sociales 9,429,061.00 2. Pensiones y Otras Prestaciones 3,313,607.00 3. Bienes y Servicios 36,678,325.00 4. Donaciones y Transferencias 189,782.00 5. Otros Gastos 434,200.00 6. Adquisición de Activos No Financieros 2,553,710.00 8. Servicio de la Deuda 1,420,066.00 TOTAL 54,018,751.00 Artículo 2º.- DESTINAR los recursos provenientes del Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN) ascendente a S/. 1,884,732.00 (Un Millón ochocientos ochenta y cuatro mil setecientos treinta y dos con 00/100 Nuevos Soles) integradamente a gastos de inversión (100%). Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración y Finanzas y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto el fi el cumplimiento del presente acuerdo. Artículo 4º.- DISPENSAR el presente acuerdo de concejo del trámite de comisiones. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 731533-2 Prorrogan Beneficio Tributario y No Tributario establecido en la Ordenanza N° 226-MDSM DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005/2011-MDSM San Miguel, 16 de diciembre de 2011 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL; VISTOS, el memorando Nº 848-2011-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal y el informe Nº139- 2011-GRAT/MDSM emitido por la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, y; CONSIDERANDO: Que, mediante ordenanza Nº 226-MDSM, se aprobó el benefi cio tributario y no tributario en el distrito de San Miguel, en cuya segunda disposición fi nal se faculta al alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de aquella; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en efecto señala que los decretos de alcaldía establecen, entre otras disposiciones y de aplicación de las ordenanzas, normas que regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario; Que, mediante informe de vistos la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria manifi esta que existen solicitudes de los vecinos porque se amplíe la vigencia del benefi cio y de parte de la administración tributaria disposición por corresponder, por lo que resulta necesario prorrogar la vigencia de dicho benefi cio hasta el 31 de diciembre de 2011; Estando a lo expuesto, y con cargo a dar cuenta al concejo municipal, en uso de las facultades que le confi ere el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;