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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de diciembre de 2011 455204 descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional, conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, señala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo 15, inciso a) y artículo 39 de la precitada ley. Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 054-2011, de fecha 19 de septiembre del 2011, que Establece Medidas Excepcionales para Agilizar la Ejecución de Proyectos de Inversión Pública y otras medidas, el Gobierno Regional de Madre de Dios, ha recibido un Crédito Suplementario de S/. 30’794,445.00 (TREINTA MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 00/100 NUEVOS SOLES). Que, el artículo 39 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que en el caso de los Gobiernos Regionales los Créditos Suplementarios de los fondos públicos administrados se aprueban por Acuerdo del Consejo Regional. Que, mediante Ofi cio Nº 1350-2011-GOREMAD/PR, el señor José Luís Aguirre Pastor, Presidente Regional, solicita al Consejo Regional la aprobación del Crédito Suplementario otorgado al Gobierno Regional de Madre de Dios, a través del Decreto de Urgencia Nº 054-2011, para lo que adjunta en anexo la relación de Proyectos de Inversión Pública y el Mantenimiento de Infraestructura Vial. Que, estando a la solicitud en mención, el Consejo Regional en pleno en Sesión Ordinaria, luego del análisis y debate correspondiente, con el voto por unanimidad de los Consejeros Regionales, aprobó el mismo, conforme a lo peticionado. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias. ACUERDA: Artículo Primero: APROBAR, el Crédito Suplementario de S/. 30’794,445.00 (TREINTA MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 00/100 NUEVOS SOLES), otorgado al Gobierno Regional de Madre de Dios, a través del Decreto de Urgencia Nº 054-2011. El mismo que es para la Ejecución de Proyectos de Inversión Pública y el Mantenimiento de Infraestructura Vial, según relación que en forma anexa forma parte del presente acuerdo. Artículo Segundo: ENCARGAR, a la Ofi cina de Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, la publicación del presente acuerdo regional en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. AURELIO PANTALEÓN ALPACA RUÍZ Consejero Delegado Consejo Regional Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los veintidós días del mes de septiembre del año dos mil once. JOSE LUIS AGUIRRE PASTOR Presidente regional 730756-1 Designan responsable de coordinar con las distintas áreas del Gobierno Regional de Madre de Dios el cumplimiento de las metas establecidas en el D.S. N° 174- 2011-EF RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 571-2011-GOREMAD/PR Puerto Maldonado, 19 de octubre de 2011 VISTOS: El Informe N° 065-2011-GOREMAD/ORA, de fecha 30 de septiembre de 2011, emitido por la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional de Madre de Dios y Decreto Supremo N° 174-2011-EF, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de urgencia N° 054-2011, se creó el Bono de Incentivo por la Ejecución Efi caz de Inversiones – BOI, con el objeto de incentivar a los Gobiernos Regionales y Locales a mejorar los niveles de ejecución del gasto en inversión para el Año Fiscal 2011; Que, en fecha 29 de septiembre de 2011 se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano el Decreto Supremo N° 174- 2011-EF, por el cual se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Bono de Incentivo por la Ejecución Efi caz de Inversiones (BOI); Que, conforme a lo prescrito en el artículo 9° del Decreto Supremo N° 174-2011-EF, los Gobiernos Regionales en un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir de la vigencia del Decreto Supremo descrito precedentemente, mediante Resolución Ejecutiva Regional, designará un funcionario responsable de coordinar con las distintas áreas del Gobierno Regional el cumplimiento de las metas establecidas en el Decreto Supremo N° 174-2011-EF; Con las visaciones de la Dirección Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios; En uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, modifi cado por las Leyes Nº 27950 y 28139, Ley Nº 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales modifi cado por Ley Nº 27902, y Resolución Nº 5002-A-2010-JNE. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al Director Regional de Administración del Gobierno Regional de Madre de Dios, Lic Marit. JESÚS CHRISTIAN ADRIANZEN TORRES, como responsable de coordinar con las distintas áreas del Gobierno Regional de Madre de Dios, el cumplimiento de las metas establecidas en el Decreto Supremo N° 174-2011-EF, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano en fecha 29 de septiembre de 2011. Artículo Segundo.- PONER en conocimiento el contenido de la presente resolución al Ministerio de Economía y Finanzas, al interesado y a las instancias que correspondan para los fi nes legales correspondientes. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSE LUIS AGUIRRE PASTOR Presidente Regional 731082-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban adecuación del Sistema Vial Metropolitano, correspondiente al distrito de Carabayllo ORDENANZA N° 1573 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15 de diciembre del 2011 el Dictamen N°155-2011-MML- CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura;